De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y de la Ley 4/1999, que modifica parcialmente la citada Ley 30/1992, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo la resolución del delegado de esta consellería en Pontevedra, recaída en el expediente sancionador por los hechos señalados, constitutivos de una infracción a la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas (en adelante L.C.) y su reglamento general para desarrollo y ejecución de la L.C., aprobado por el R.D. 1471/1989, de 1 de diciembre y modificado por los reales decretos 1112/1992, de 18 de septiembre y 1771/1994, de 5 de agosto (en adelante R.C.).
Contra la presente resolución se puede interponer, según el artículo 114 y siguientes de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.
Pontevedra, 26 de abril de 2000.
José Luis Díez Yañez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente número: 71.4/1997.
Denunciada: Mercedes Gándara Otero.
Condición: promotora.
Último domicilio conocido: c/ Camiño de Bouciña, nº 29, Covelo-Samieira-Poio.
Hechos sancionados: construcción de un ático y cierre de un porche.
Lugar: Camiño de Bouciña, nº 29, Covelo-Samieira.
Ayuntamiento: Poio.
Preceptos infringidos: artículos 25.1º a), 25.2º y 26.1º de la L.C; artícilos 45.1º a), 46.1º y 48.1º del R.C. y DD.TT. cuarta 2 C) de la L.C. y decimotercera 1 c) del R.C.
Preceptos sancionadores: artículos 90 c) 91.2º e) y 97.1º b) de la L.C. y artículos 174 c), 175.2º e) y 183 b) del R.C.
Calificación de la infracción: grave.
Sanción: 1.198.225 ptas.
Medidas correctoras: al amparo de lo establecido en los articulos 95.1º de la L.C. y 179.1º del R.C., el infractor estará obligado a la restitución de las cosas y reposición a su estado anterior, debiendo realizarlo en el plazo de un mes desde que la resolución sea definitiva en vía administrativa.