Advertida la omisión del acta a la que se hace referencia en la publicación de dicho convenio en el Diario Oficial de Galicia número 105, del pasado miércoles 31 de mayo de 2000, procede publicarla a continuación:
«En Ourense, siendo las veinte horas del lunes 3 de abril de 2000, se reúnen en los locales de la ACO los abajo firmantes, miembros integrantes de la comisión paritaria convencional, autorizados expresamente y al efecto por las partes firmantes del convenio, previamente convocados, con el objeto de cumplimentar el requerimiento remitido por la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, adoptando, previa deliberación, examen y debate, y posterior votación, los siguientes acuerdos por unanimidad:
Acuerdo primero (forma y condiciones de la denuncia del convenio, así como el plazo de preaviso).
Las partes, de común acuerdo, aprueban por unanimidad, adicionar al artículo 41 -duración- del convenio el siguiente texto:
«...La denuncia será siempre expresa y por escrito, y con una antelación mínima de un mes a la fecha de su vencimiento o de cualquiera de sus prórrogas, en su caso».
Acuerdo segundo.-Que tal y como se deduce del tenor literal de las actas firmadas por los negociadores, las partes que lo han suscrito fueron el Fecoma-CC.OO. y la MCA-UGT por la parte social y la ACO por la económico-empresarial, por lo que por unanimidad acuerdan ratificar dicha firma, pacto y convenio.
Y leído que fue por todos los intervinientes, encontrándolo del todo conforme, lo firman por decaduplicado ejemplar, y a un sólo efecto, en el lugar y fecha mencionados en el encabezamiento».
Siguen tres rúbricas y tres sellos.