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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Jueves, 01 de junio de 2000 Pág. 8.510

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2000, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se ordena el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Bebidas Gaseosas del Noroeste, S.A. (Begano, S.A.), para el año 2000.

Visto el texto para la revisión salarial del convenio colectivo de trabajo de la empresa Bebidas Gaseosas del Noroeste, S.A. (Begano, S.A.), subscrito entre la Dirección de Recursos Humanos y el Comité Intercentros el 16 de marzo de 2000, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real

decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores y el artículo 2 del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo.

Esta Dirección General de Relaciones Laborales

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el registro general de convenios de esta dirección general.

Segundo.-Remitir el texto original al correspondiente servicio de este centro directivo.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de abril de 2000.

José María Fernández Olea

Director general de Relaciones Laborales

Acta de la reunión de la Dirección de Recursos

Humanos con el Comité Intercentros,

de 16 de marzo de 2000

Convocada en plazo y forma esta reunión para dar soluciones a las diferencias interpretativas surgidas con motivo de la aplicación de la revisión salarial para el presente año, acuden a ella:

Por la empresa:

José Picado, director de Recursos Humanos.

Comité Intercentros:

José Luis Fuentes.

Jorge Amoedo.

Teodoro Castro.

Rafael Campoy.

Manuel Añón.

José Manuel Souto.

Mª Carmen Barba.

José Rodríguez.

José Esmorís.

Ambas partes, después de mantener diferentes reuniones y exponer sus puntos de vista, acuerdan aceptar la propuesta presentada por el director de Recursos Humanos, que tiene como finalidad dar salida a una situación, en la que tanto la parte social como la dirección consideran actuar de manera correcta e interpretar adecuadamente lo recogido en el artículo 14 del convenio, recogiendo el espíritu de negociación colectiva e interpretando fielmente los acuerdos que llevaron a su firma.

La propuesta presenta por la dirección consiste en:

-Revisar la tabla salarial de 1999 en un 0,6%. El importe de esta revisión se hará efectivo en la nómina del mes de abril, en concepto de incentivo.

-Las cantidades resultantes de aplicar este 0,6% a la tabla salarial de 1999 se incrementarán a la vigente para el año 2000, que ya había sido aumentada en un 4,1% (3+1,1), con lo que esta subida quedará consolidada.

-La nueva tabla figurará anexa a esta acta, y será firmada en esta misma reunión por el director de Recursos Humanos y los integrantes de la comisión paritaria para la interpretación del convenio, que ya había firmado el acta de revisión de 18 de enero, y son miembros de este Comité Intercentros.

Este acuerdo tiene aplicación para el año 2000 exclusivamente, manteniéndose vigente a todos los efectos el actual convenio 1999, 2000 y 2001.

Y al no haber más asuntos que tratar, se levanta la sesión, firmando los asistentes en prueba de conformidad.

Tablas de salarios y pluses año 2000

CategoríaSalariosPlus convenioPlus transporte

Salario

diario

Salario

mes

P. Conv.

diario

P. Conv.

mensual

Penaliz.

diaria

P. Tran.

mensual

Peón (eventual)2.89186.73069820.94056514.125
Ayudante (eventual)3.32199.63068920.67056514.125
Ayudante y auxiliar Adm.3.32199.63079623.88056514.125
Oficial 2ª3.517105.51074922.47056514.125

CategoríaSalariosPlus convenioPlus transporte

Salario

diario

Salario

mes

P. Conv.

diario

P. Conv.

mensual

Penaliz.

diaria

P. Tran.

mensual

Oficial 1ª y monitor3.683110.49072921.87056514.125
Enc. grupo y preventista4.062121.86065019.50056514.125
Encargado de sección4.813144.39057917.37056514.125
Encargado general5.644169.32046513.95056514.125

C.T.I. U.G.T. CC.OO. C.I.G.