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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Miercoles, 31 de mayo de 2000 Pág. 8.433

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2000, de la Dirección General de Universidades, por la que se autoriza, con carácter provisional, la impartición de las enseñanzas conducentes a la obtención del certificado de aptitud pedagógica en la Universidad de A Coruña.

La Universidad de A Coruña presentó solicitud para la impartición del Curso de Adaptación Pedagógica (CAP) en el Centro Universitario de Formación e Innovación Educativa (CUFIE) para el curso 1999-2000.

La Dirección General de Universidades de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria solicitó informe sobre la legalidad de la autorización a la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia.

Teniendo en cuenta que, en base a lo dispuesto en el R.D. 1692/1995, de 20 de octubre, que regula el título profesional de especialización didáctica, modificado por los reales decretos 173/1998, de 16 de febrero, y 321/2000, de 3 de marzo, por el que se modifica el R.D. 1692/1995, de 20 de octubre, que regula el título profesional de especialización didáctica, el informe recoge que en vista de la prórroga del período de transitoriedad, es conveniente adoptar soluciones, también transitorias, que permitan a las universidades gallegas que lo deseen, y tengan medios para ello, la organización de los cursos de aptitud pedagógica, a través de los centros o institutos que establezcan, y con un diseño curricular homogéneo con los ya existentes,

RESUELVO:

Autorizar con carácter provisional, en tanto no se implanten las enseñanzas conducentes a la obtención del título profesional de especialización didáctica en la Comunidad Autónoma, la impartición de las enseñanzas conducentes a la obtención del certificado de aptitud pedagógica en el Centro Universitario de Formación e Innovación Educativa (CUFIE) en la Universidad de A Coruña.

Contra la presente resolución podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de

un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 4/1999, por la que se modifica la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 29 de marzo de 2000.

J. Eduardo López Pereira

Director general de Universidades