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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Lunes, 29 de mayo de 2000 Pág. 8.330

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación electrica que se describe. (Expediente IN407A 98/282-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se detalla:

Solicitante: Unión Fenosa, S.A.

Domicilio social: Avda. García Barbón, 38, 36201 Vigo.

Título: L.M.T., C.T. y R.B.T. A Costeira.

Situación: Redondela.

Características técnicas: L.M.T. aérea desnuda, a 15 kV, de 60 m de longitud, con conductor tipo LA-56, sobre apoyos de hormigón, desde el apoyo 2 de la L.M.T. RDN 7.04 finalizando en el C.T. que se proyecta en A Costeira, ayuntamiento de Redondela. C.T. de 50 kVA, relación de transformación 15 kV-380/220 V. R.B.T., aérea, con conductor tipo R.Z., sobre apoyos de hormigón, de 2.665 m de longitud el tramo que parte del C.T. Quintela I y 740 m de longitud el tramo que parte del C.T. A Costeira.

Realizada la información pública y la notificación individual a cada uno de los afectados, presenta alegaciones los propietarios de las fincas nº 1 y 2 para que la línea sea desviada y cause menos daño a sus fincas. Trasladado el escrito a la empresa eléctrica, ésta informa que el trazado es el menos perjudicial para el conjunto de la zona y que el entronque está situado en el lindero entre las fincas 1 y 2. Se dio traslado del escrito de la empresa a los afectados.

Considerando que la línea proyectada pasa por la linde entre las fincas 1 y 2, que dichas fincas ya tienen impuesta una servidumbre sensiblemente paralela, que por la misma pasa un arroyo y una línea de baja tensión y que no se indica que se vaya a dedicar a usos distintos de los actuales y que en principio no se vería afectado, y que en ningún momento se recibió el croquis mencionado pese a su reiterado requerimiento.

Vistos y cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en los capítulos III y IV de los decretos 2617 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas, esta delegacion provincial,

RESUELVE:

Autorizar, declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en los expedientes.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 12 de abril de 2000.

Carmen Bianchi Valcarce

Delegada provincial de Pontevedra