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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Lunes, 08 de mayo de 2000 Pág. 7.249

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 27 de abril de 2000 por la que se clasifica como de interés social la Fundación Progreso. De Amigos da Escola Pública.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Progreso. De Amigos da Escola Pública, con domicilio en A Coruña.

Supuestos de hecho.

1. La fundación, en escrito de 25 de enero de 2000, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en A Coruña, el día 30 de diciembre de 1999, ante el notario Luis Santiago Gil Carnicer, con el número cuatro mil doscientos sesenta y ocho de su protocolo, por Juan José Sánchez Arévalo, José Luis Méndez Romeu, José Luis Mañana Varela, Francisco Javier Ramírez Núñez, Agustín Antonio Lorenzo López y José Luis González Fernández; intervienen todos en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, el objeto de la fundación es, entre otros, promover el modelo de escuela pública en la sociedad gallega como forma más eficaz de fomentar los valores de igualdad, tolerancia y solidaridad en el marco de una ciudadanía participativa y laica.

4. El patronato de la fundación estará constituido por Juan José Sánchez Arévalo como presidente, José Luis Méndez Romeu como vicepresidente, José Luis Mañana Varela como secretario, Javier Ramírez Núñez como tesorero y Agustín Lorenzo López y José Luis González Fernández como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés social de la Fundación Progreso. De Amigos da Escola Pública, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés social y su adscripción a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la pro

puesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 25 de abril de 2000.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés social la Fundación Progreso. De Amigos da Escola Pública adscribiéndola a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 27 de abril de 2000.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública