Visto el texto del acta firmada el día 15 de marzo de 2000 por la comisión paritaria del convenio colectivo del sector del comercio textil de la provincia de A Coruña, integrada en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresarios del Comercio Textil de la Provincia de A Coruña y de la parte social por la CIG, CC.OO. y UGT, con objeto de subsanar el error advertido en la confección de las tablas salariales para el año 2000 del convenio colectivo del sector del comercio textil de la provincia de A Coruña, publicado en el DOG nº 48, del 9 de marzo de 2000, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del
Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 27 de marzo de 2000.
Mª Reyes Carabel Pedreira
Delegada provincial de A Coruña
Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de comercio textil de A Coruña (15-3-2000)
Asistentes:
-Por la parte empresarial: Antonio Vila, Julio Diéguez, Belén Chaver (Asociación Provincial de Empresarios de Comercio Textil de A Coruña), Marina Graña (asesora laboral CEC).
-Por la parte social: Luis Soto (CIG), Elvira Martínez (CC.OO.), Nieves Montes (UGT).
En A Coruña, siendo las 9.30 horas del día 15 de marzo de 2000, en los locales de la Confederación de Empresarios de A Coruña, se reúnen los integrantes de la comisión paritaria del convenio colectivo de comercio textil de A Coruña, al objeto de llevar a cabo la subsanación del error advertido al publicarse las tablas salariales del año 2000 de este convenio colectivo.
Ambas partes acuerdan que el plus de transporte establecido en el artículo 14 del convenio colectivo, que quedó sin fijar por omisión, queda fijado para el año 2000 en la cantidad de 9.287 pesetas mensuales, en 11 pagas.
Se acuerda facultar a Marina Graña Bermúdez para que proceda a realizar los trámites oportunos ante la delegación provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales para el registro y publicación de este acta.
Y, no habiendo más asuntos que tratar se levanta la reunión, siendo las 10 horas de la fecha arriba indicada.