En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa legal sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, Real decreto 1040/1981, artículo 2 e), para los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general se presentó el 15 de marzo de 2000 certificación del secretario de la comisión paritaria del III convenio colectivo único de la Xunta de Galicia, en la que se hace constar el acuerdo alcanzado sobre ropa de trabajo y calzado profesional.
La Dirección General de Relaciones Laborales
ACUERDA:
Primero.-Ordenar la inscripción de dicho acuerdo en el registro correspondiente a esta dirección general.
Segundo.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 15 de marzo de 2000.
José María Fernández Olea
Director general de Relaciones Laborales
Acuerdo entre la Administración de la Xunta de Galicia y el Comité Intercentros del Personal Laboral
El artículo 40.2º de la Constitución española de 1978 dice:
«Los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales, velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de los centros adecuados».
A nivel de la Unión Europea nos encontramos, entre otras, con la Directiva marco 89/391, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, y la Directiva 89/656, de 30 de noviembre de 1989, relativa a las prescripciones mínimas que deben tener los equipos de protección personal de los trabajadores.
La ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales garantiza en su artículo 14.1º el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y de salud en el trabajo, y en el artículo 17.2º establece el deber del empresario de proporcionar a sus trabajadores de los equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones.
Por otra parte, el artículo 33.1º de dicha Ley 31/1995, perceptúa el deber del empresario de consultar a los representantes de los trabajadores la adopción de decisiones relativas, entre otras, la pla
nificación y la organización del trabajo en la empresa y la introducción de nuevas tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivadas de la elección de los equipos, la determinación y la adecuación de las condiciones de trabajo y el impacto de los factores ambientales en el trabajo.
Por último, el artículo 42 del III convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia obliga a facilitar al personal al servicio de la Xunta de Galicia ropa y calzado profesional, cuando las condiciones y la naturaleza del trabajo lo requieran, comprometiéndose las partes firmantes del convenio a adaptar el contenido de dicho artículo a las peculiaridades de cada categoría.
En virtud de todo lo anterior y con la autorización de la Consellería de Economía y Hacienda los representates de la Administración en la comisión paritaria y las organizaciónes sindicales, UGE, CC.OO, CSI-CSIF y CIG acuerdan:
Primero.-El presente acuerdo es de aplicación al personal laboral que esté activo y preste sus servicios en la Xunta de Galica desde el 1 de enero de 1999.
Segundo.-Este acuerdo tiene el carácter de mínimo y no impide que las consellerías puedan mejorarlo, sometiéndose, en todo caso, a las condiciones ya pactadas o que se puedan pactar en el futuro entre los comités de empresa y las consellerías respectivas. En el supuesto de desacuerdo entre la consellería y el comité de empresa, la comisión paritaria de vigilancia, interpretación y desarrollo del convenio determinará la solución más adecuada al supuesto formulado.
Tercero.-El personal sometido al presente acuerdo tiene derecho a que se le entregue la cantidad y clase de ropa especificada en el anexo I de dicho acuerdo.
Cuarto.-La ropa y calzado profesional facilitada se adaptará a las trabajadoras que se encuentren en situación de embarazo o lactancia.
Quinto.-Si se observase en la ropa de trabajo facilitada un deterioro superior al normal de forma que imposibilite o menoscabe su utilización, siempre que el deterioro no responda a la acción voluntaria del trabajador, será repuesta en el momento anterior al vencimiento de la fecha de entrega establecida.
Sexto.-En el supuesto de cobertura temporal de puestos de trabajo, si la duración del contrato se prevé que será de un tiempo mínimo de seis meses, se les entregará la ropa prevista para su categoría, obligándose al trabajador/a a devolver la ropa usada en el momento de su cese.
Los stoks existentes en almacenes de uniformes usados y devueltos que puedan ser reutilizables, se aprovecharán asignándolos al personal no fijo de las distintas categorías que tengan un contrato temporal de una duración inferior a seis meses.
El calzado profesional que se entregue al personal laboral temporal tendrá que poseer unas adecuadas condiciones mínimas de higiene y calidad. Si existiese conflicto entre el trabajador temporal y la consellería
respectiva sobre la calidad del calzado entregado, será la comisión paritaria de vigilancia, interpretación y desarrollo del convenio la encargada de dirimir el conflicto planteado.
Séptimo.-La Xunta de Galicia se compromete a entregar al personal sometido a este acuerdo, además de la ropa y calzado profesional relacionado en el anexo I de este acuerdo, la ropa prevista en la normativa específica y que sea de obligado cumplimiento.
Octavo.-El personal a que se refiere el presente acuerdo estará obligado a vestir, durante la relación de su trabajo. La ropa o elementos de identificación facilitados por la Xunta de Galicia. El uniforme es de uso exclusivo durante la fornada laboral, a excepción de que se realicen gestiones o trabajos específicos que requieran su utilización.
Noveno.-Los equipos de protección individual de riesgos para la salud y la seguridad que se entregue al personal afectado por el presente acuerdo deberán contar con la correspondiente certificación de prototipos expedida por el Centro Nacional de Medios de Protección dependiente del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene.
Décima.-El presente acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG por un período de cuatro años, prorrogables anualmente, a no ser que exista denuncia del mismo por alguna de las partes firmantes.
Y para que conste se finaliza la firma del presente acuerdo en Santiago de Compostela a veintinueve de febrero de dos mil.
Ramón del Valle López
Presidente
Rafael López Aguilera
Secretario
Por las consellerías:
Consellería de la Presidencia y Administración Pública: Santiago Suárez Martínez.
Consellería de Economía y Hacienda: Alejandro Fernández Rodríguez.
Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda: José Antonio Fraga Calza.
Consellería de Industria y Comercio: Lourdes Courtier Ramos.
Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo: Miguel Ares Casal.
Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria: Elena Nimo Mayo.
Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura: Marta Ramos Lage.
Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales: Mª Dolores Sáez Madrid.
Consellería de Medio Ambiente: Jaime Baltar Tojo.
Consellería de Educación y Ordenación Universitaria: Marina García Valeiras.
Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud: Alfonso Barros Castro.
Consellería de Sanidad y Servicios Sociales: Rodrigo López Asorey.
Por las organizaciones sindicales:
El representante de CC.OO.: Manuela Domínguez Amoscótegui.
El representante de UGT: Manuel Pena Santar.
El representante de la CIG: Manuel Faccorro Casal.
El representante de CSI-CSIF: Inés Seoane Díaz.
ANEXO I
Ropa y calzado profesional para el personal laboral de la Xunta de Galicia
Categoría Número Descripción Entrega
Ropa de agua para el persoal que trabaja en los departamentos de condiciones oceanográficos y fitoplancton y microbiología y patología, en el centro de control de cultivos marinos, que consiste en:
Grupo I
(11) Pedagogo (6) Psicólogo 2 Batas blancas Anual (23) Documentalista 2 Pares zuecos o tenis
(2) Médico 2 Batas o pijamas (15) Médico rehabilitador 2 Pares de zuecos o tenis Anual
(3) Químico 2 Batas blancas Anual (10) Biólogo (22) Farmacéutico 2 Pares zuecos o tenis
-1 chaquetón y pantalón de agua Bienal -1 par de botas de agua Anual -1 forro polar Bienal -1 chaleco salvavidas Bienal -1 Mandilón antiácidos para la categoría (3) Químico C/3 años
Categoría Número Descripción Entrega
Grupo II
(2) ATS 2 Pijamas sanitarios o batas Anual (3) Estimulador 2 Pares zuecos Anual (11) Fisioterapeuta 1 Chaqueta punto azul Bienal
(20) Terap. ocupacional 2 Batas blancas o 2 pijamas sanitarios Anual (13) Logopeda 2 Pares zuecos Anual (3) Psicomotricista (21) Monitor ocupacional
(6) Educadores 2 Batas Anual 1 Par de zuecos o tenis
(6) Educador de centros de menores 1 Par tenis Anual 1 Chándal Anual
(31) Restaurador 2 Batas blancas Anual 2 Pares tenis Anual
Grupo III
(4) Gobernante 1 Falda o pantalón Anual (78) Subgobernante 2 Camisas Anual 2 Pares zapatos Anual 1 Chaqueta punto azul Bienal
(32) Encargado reprografía 2 Batas Anual
(5) Encargado almacén (6) Encargado mantenimiento 2 Conjunto cazadora/pantalón o buzo Bienal (1) Encarg. Equip. Mecán. 2 Camisas Anual (81) Almacenero (10) Encargado trabajos 1 Par zapatos de goma Anual Cuando las circunstancias del trabajo lo requieran, unas botas de agua y anorak Bienal
(8) Encargado CPTOPV 2 Conjuntos cazadora/pantalón o buzo Bienal (23) Celador-caminero 1 Par zapatos goma o botas Anual (60) Aux. Téc. obras 1 Par botas de agua Anual (64) Oper. máquina pesada 1 Traje de agua Bienal (67) Capataz obras 1 Anorak Bienal (68) Capataz agrícola 1 Jersei Anual (7) Técnico Vig. obras (19) Capataz de brigada (92) Capataz forestal 2 Camisas Anual
(3) Controlador pecuario 1 Conjunto cazadora/pantalón o buzo Anual (11) Encargado agrario 1 Par zapatos goma o botas Anual 1 Par botas de agua Bienal 1 Traje agua Bienal 1 Anorak Bienal 2 Camisas Anual
(88) Capataz explotación marisquera 1 Par de botas de goma Anual (25) Capataz Coord. pesca 1 Vadeadores Anual 1 Ropa de agua verano: pantalón y chaqueta Bienal 1 Ropa de agua invierno: pantalón y chaqueta Bienal 1 Guantes de goma Anual 1 Guantes de trabajo Anual
(95) Topógrafo 1 Par botas de seguridad Bienal 1 Par botas de agua Trienal 1 Anorak Bienal 1 Traje de agua Trienal
(63) Conductores 1 Camisa verano m/c Anual 1 Camisa invierno m/l Anual 1 Par zapatos de goma Anual 1 Conjunto cazadora/pantalón Anual
(12) Maestro taller 1 Par tenis Anual (66) Ayud. taller 1 Bata Anual
(16) Especialistas oficios (86) Oficial 1ª mecánico 2 Conjunto cazadora/pantalón Bienal (69) Oficial 1ª mantenimiento (84) Oficial 1ª calefactor 2 Camisas Anual (70) Oficial 1ª fontanero (72) Oficial 1ª 1 Par zapatos de goma Anual (73) Oficial 1ª carpintero (74) Oficial 1ª albañil (75) Oficial 1ª pintor 1 Par de botas de agua y 1 anorak cuando las circunstancias del trabajo lo requieran Bienal (76) Oficial 1ª electricista (67) Jefe equipo
Categoría Número Descripción Entrega
1 Chándal Bienal
Para los centros de menores
(14) Jefe cocina 2 Pantalones y 2 blusones o guerrera m/c o guerreira m/l Anual (65) Oficial 1ª cocina 2 Gorros o 2 picos Anual 2 Mandiles (hule-tela) Anual 2 Zuecos Anual 2 Manguitos Anual
(20) Maestro industrial 2 Conjunto cazadora/pantalón Bienal 2 Camisas Anual 1 Par zapatos Anual
(17) Analista laboratorio 1 Mandilón antiácidos C/3 años (18) Marcador metales 2 Batas blancas Anual (26) Ayud. Técnic. laboratorio 2 Pares zuecos Anual (61) Oficial laboratorio (8) Encargado laboratorio Cuando las circunstancias de trabajo lo requieran 1 traje de agua y 1 par de botas de agua Bienal
(98) Auxiliar de luces (37) Técnico de sonido 1 Anorak negro C/2 años (43) Encarga. Estruc. Esc. 2 Viseras negras Anual (45) Técnico de luces 2 Conjunto cazadora/pantalón negro Anual 2 Pares botas de seguridad Anual 1 Chaleco negro Anual 4 Calcetines o medias negras Anual
(46) Técnico Máquin. 1 Anorak negro C/2 años (39) Regidor escena 2 Viseras negras Anual (97) Auxiliar de sonido 2 Conjunto cazadora/pantalón negro C/2 años 2 Pares botas de seguridad Anual 1 Chaleco negro Anual 3 Calcetines o medias negras Anual
(50) Técnico especialista en jardín de infancia 1*
Pijama
Anual
1* Par zuecos Anual 1 Par zapatillas deportivas Bienal 1 Chaqueta punto azul Bienal
Grupo IV
(2) Oficial 2ª mecánico 2 Cazadora/pantalón Bienal (6) Oficial 2ª mantenimiento 1 Par zapatos goma Anual (18) Oficial 2ª 2 Camisas Anual Cuando las circunstancias del trabajo lo requieran 1 par de botas de agua y 1 anorak Bienal
(3) Auxiliar de clínica 2 Pijamas sanitarios Anual 1 Chaqueta punto azul Bienal 2 Pares zuecos Anual
(4) Auxiliar cuidador 2 Batas y zuecos Anual (10) Auxiliar puericultor
1 Chándal y 1 par zapatillas deportivas Anual
(5) Oficial 2ª cocina 2 Pantalones y 2 blusones o guerrera m/c o guerrera m/l Anual 2 Gorros o 2 picos Anual 2 Mandiles (hule-tela) Anual 2 Pares zuecos Anual 2 Manguitos Anual
(7) Guarda jurado fluvial Guarda explotación vigilante de explotación 2 Camisas Anual 2 Conjunto cazadora/pantalón Bienal (8) Oficial 2ª topógrafo 1 Par botas Anual (9) Oficial 2ª agrícola 1 Par botas de agua Bienal (31) Peón caminero 1 Traje de agua Bienal 1 Anorak Bienal
(16) Conductores 2 Pares buzos o 2 conjuntos cazadora/pantalón Bienal 1 Par zapatos de goma o botas de goma Anual 2 Camisas Anual
(25) Tramoyista 1 Anorak negro C/2 años 2 Viseras negras Anual 2 Conjunto cazadora/pantalón negro C/2 años 2 Pares botas de seguridad Anual 1 Chaleco negro Anual 3 Calcetines o medias negras Anual
Grupo V
(1) Camarera-limpiadora 2 Batas o pijamas Anual (11) Limpiadora 1 Chaqueta punto azul Bienal (12) Mozos de servicio 2 Par zuecos o tenis Anual
Categoría Número Descripción Entrega
(1) Ayudante cocina 2 Pantalones y blusones o guerreras m/c o guerreras m/l Anual 2 Gorros o 2 picos Anual 2 Mandiles (hule-tela) Anual 2 Pares zuecos Anual 2 Manguitos Anual
(2) Ayud. trabajos 2 Conjunto cazadora/pantalón o buzo o bata Bienal (12) Peón 1 Par botas o zapatos de goma Anual (12) Mozos de servicio 2 Camisas Anual Consellería de Sanidad 1 Par de botas de agua y 1 anorak cuando las circunstancias del trabajo lo requieran Bienal
(8) Peón agrario 2 Buzos azules Anual 2 Botas Anual 1 Anorak C/2 años 1 Traje agua C/2 años 1 Botas agua C/2 años
(5) Peluquero 2 Batas o pijamas Anual 2 Pares zuecos Anual
(9) Vigilante recursos 2 Camisas Anual 2 Conjunto cazadora/pantalón Bienal 1 Par botas Anual 1 Par botas de agua Bienal 1 Traje de agua Bienal 1 Anorak Bienal
(3) Ordenanza 1 Traje verano Bienal (4) Guarda jurado 1 Traje invierno Bienal 2 Camisas Anual 1 Corbata negra o lazo o foulard Anual 1 Par zapatos piso suela Bienal 1 Par zapatos piso goma Bienal
(13) Mozo de autopsia 1 Pijama sanitario Anual 1 Máscara quirúrgica Anual 1 Gorro de quirófano Anual 1 Par de zuecos Anual 1 Par guantes tejido anticortes protección anti-sida Anual 1 Gafas protección anti-salpicaduras Anual 1 Mandil plástico Anual
(63) Conductores del parque móvil: la establecida en la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 23-11-1994 que desarrolla el Decreto 327/1994.
(*) Excepto en la 1ª entrega que será de dos piezas.