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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Martes, 25 de abril de 2000 Pág. 6.680

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

DECRETO 95/2000, de 6 de abril, por el que se acepta la cesión a título gratuito de una parcela de 5.102 m, propiedad del Ayuntamiento de A Coruña, a segregar de la parcela número 32 del proyecto de compensación del polígono de Mato Grande, con destino a la construcción de un centro de salud.

El Pleno del Ayuntamiento de A Coruña, en sesión celebrada el 18 de octubre de 1999, acordó segregar una parcela de 5.102 m de extensión superficial, procedente de la parcela número 32 del proyecto de compensación del polígono de Mato Grande y cederla al Servicio Gallego de Salud, previa depuración de la situación física y jurídica de la finca a segregar, para la construcción de un centro de salud.

Conforme al artículo 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma, se requiere decreto del Consello de la Xunta de Galicia para la adquisición de bienes a título gratuito. Por otra parte, el artículo 23.1º de la misma ley establece que no podrán adquirirse bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor global de los gravámenes, cargas y afecciones impuestas sobre los mismos sobrepase su valor intrínseco. No se considerarán carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma, de conformidad con la propuesta del conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales y presidente del Servicio Gallego de Salud previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día seis de abril de dos mil,

DISPONGO:

Artículo 1º

1. Se acepta la cesión a título gratuito de una finca realizada por el Ayuntamiento de A Coruña a favor

del Servicio Gallego de Salud con destino a la construcción de un centro de salud.

2. La finca cedida, que forma parte de la parcela número 32 del proyecto de compensación del polígono de Mato Grande, mide 5.102 m de extensión superficial y tiene los siguientes lindes:

-Norte: carretera de circunvalación que separa del Barrio de las Flores y, en una porción, con la finca de la que se segrega.

-Sur: calle del polígono de Mato Grande.

-Este: resto de la finca matriz.

-Oeste: parcelas M.6 y M.5 (calle en medio) también del polígono de Mato Grande.

Artículo 2º

El inmueble se acepta según lo establecido en los artículos 23.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma y 38 de su Reglamento y se destinará al fin para el que se cede.

Artículo 3º

El Servicio Gallego de Salud, a través de su órgano competente, procederá a la formalización de la aceptación en el correspondiente documento público, previa segregación de la parcela cedida de la finca matriz de la que forma parte, y a la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad a su nombre, integrándose en su patrimonio propio.

Disposición final

El Servicio Gallego de Salud, a través de su órgano competente, llevará a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en este decreto.

Santiago de Compostela, seis de abril de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales