Advertidos errores en la Resolución conjunta de 4 de febrero de 2000, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y de la División de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 39, del 25 de febrero, es preciso hacer las siguientes correcciones:
En la página 2.519 en el punto 4 del apartado IV. Experiencia profesional, donde dice: «2 puntos por cada pacto hasta un máximo de 6 o puntuación proporcional», debe decir: «2 puntos por cada año, o la puntuación proporcional para cada fracción con un máximo de 6 puntos».
En la página 2.521, en el punto 4 del apartado IV. Experiencia profesional, donde dice: «2 puntos por cada pacto hasta un máximo de 6 puntos o puntuación proporcional», debe decir: «2 puntos por cada año, o la puntuación proporcional para cada fracción con un máximo de 6 puntos».
En la página 2.526, en el punto 4 del apartado IV. Experiencia profesional, donde dice: «2 puntos por cada pacto en la puntuación que corresponde por período fraccionado, hasta un máximo de 6 puntos», debe decir: «2 puntos por cada año, o la puntuación proporcional para cada fracción con un máximo de 6 puntos».