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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Miercoles, 12 de abril de 2000 Pág. 5.094

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2000, de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, por la que se convocan premios a la mejor idea creativa de tipo práctico y a la capacidad de invención e iniciativa para transformarla en algo realizable.

La Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, da respuesta a la necesidad de adecuar nuestro sistema a una sociedad en acelerado proceso de modernización, con continuos cambios culturales, tecnológicos y productivos, que camina hacia una horizonte común para Europa.

La apremiante necesidad de contar con personas mas creativas en los campos de la investigación y el desarrollo obliga a que se hagan los esfuerzos necesarios para impulsar y potenciar la creatividad. La educación creativa se relaciona con unha persona con iniciativa, con recursos y capaz de enfrentar problemas personales o de cualquier otra índole. En esta línea, la Secretaría General de Investigación y Desarrollo está impulsando actividades relacionadas con la creatividad y la capacidad de invención como medio de promover en el alumnado de bachillerato actitudes que los motiven en este campo.

Por todo ello, la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, establece, por la presente resolución, las bases para la convocatoria de premios a la mejor idea creativa de tipo práctico y a la capacidad de invención e iniciativa para transformarla en algo realizable.

En consecuencia con lo anteriormente expuesto,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Objeto.

El objeto de esta resolución es la convocatoria de dos premios por provincia, en la primera fase provincial, y dos premios en la fase autonómica, para el alumnado de cualquiera de los cursos de bachillerato de los centros de Galicia, públicos y privados, y la aprobación de sus bases de concesión. Estos premios están destinados a galardonar la mejor idea creativa de tipo práctico y la capacidad de invención e iniciativa para transformarla en algo realizable.

Artículo 2º.-Fases de la convocatoria.

La convocatoria se desarrollará en dos fases, una primera fase provincial y otra autonómica, a la que concurrirán los trabajos que resulten seleccionados en la fase provincial.

Artículo 3º.-Dotación económica.

Los premios a los que se alude en el artículo 1º tendrán la siguiente dotación económica:

Fase provincial:

-Un primero por provincia consistente en un ordenador personal o una cámara de vídeo, de un valor aproximado de 200.000 ptas. con una compensación de 100.000 pesetas para el centro educativo en libros u otro material didáctico.

-Un segundo premio por cada provincia consistente en una cámara de fotos, con un valor aproximado de 100.000 ptas. con una compensación de 50.000 pesetas para el centro educativo en libros u otro material didáctico.

Fase autonómica:

-Un primer premio consistente en un ordenador personal portátil con un valor aproximado de 500.000 ptas. y una compensación para el centro educativo de 250.000 pesetas en libros u otro material didáctico.

-Un segundo premio consistente en una cámara de vídeo con un valor aproximado de 250.000 ptas. con una compensación para el centro educativo de 125.000 pesetas en libros u otro material didáctico.

A los premios de los alumnos se les aplicará la correspondiente retención fiscal.

Los gastos relativos a las acciones de esta convocatoria se imputará a las aplicaciones presupuestarias 04.07.432A.480.0 para los premios de los alumnos que ascienden a un importe máximo de 2.371.200 y 04.07.432A.442.0 para las compensaciones a los centros por un importe de 975.000 pesetas.

Artículo 4º.-Condiciones.

1. Podrán participar en la presente convocatoria los alumnos y alumnas de cualquiera de los cursos de bachillerato de los centros de Galicia, públicos y privados.

2. El concursante deberá presentar un invento, sobre tema libre, del que se valorará su originalidad, su grado de utilidad y el rigor de su presentación.

3. El plazo de presentación de los trabajos finaliza el 22 de mayo de 2000.

4. El concursante deberá presentar el trabajo en su propio centro educativo acompañado de su modelo de solicitud normalizada PSS02 (que se publica como anexo I de la presente resolución). El centro, en caso de recibir mas de cuatro solicitudes, procederá a la selección de los cuatro mejores inventos

creándose a estos efectos una comisión presidida por el director del centro en el que participarán como vocales cuatro profesores, dos de ámbito científico-tecnológico y dos del ámbito humanístico-lingüístico. Los inventos seleccionados serán remitidos a la delegación provincial correspondiente de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, antes del 30 de mayo de 2000.

5. La participación en la convocatoria supone la aceptación de todas sus bases, así como la cesión del derecho de propiedad del invento premiado.

Artículo 5º.-Composición y funciones de los jurados.

Los inventos seleccionados por los centros educativos serán examinados y evaludados por un jurado en cada una de sus fases.

En la fase provincial, el jurado estará formado en cada provincia por:

-Un representante de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo que actuará como presidente.

Actuarán como vocales:

-Un representante de la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

-Un director de un instituto de Educación Secundaria nombrado por la delegación correspondiente.

-Actuará como secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

En la fase autonómica el jurado estará formado por:

-El secretario general de Investigación y Desarrollo, o persona en la que delegue, que actuará como presidente.

Actuarán como vocales:

-Los delegados provinciales de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, o personas en las que deleguen.

-Un director de IES de cada provincia nombrado por la delegación correspondiente.

-Actuará como secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo.

2. Los jurados provinciales seleccionarán los inventos premiados en la fase provincial antes del 9 de junio de 2000 y remitirán, antes del 14 de junio de 2000, los inventos de los adjudicatarios de los primeros premios, que serán los candidatos a la fase autonómica, a la Secretaría General de Investigación y Desarrollo.

3. El jurado autonómico se encargará de seleccionar los inventos premiados de entre los ganadores en la fase provincial, todo ello antes del 20 de junio de 2000.

4. Las decisiones de los correspondientes jurados son inapelables.

Artículo 6º.-Retirada de la documentación.

Las personas responsables de los inventos o sus representantes legales podrán retirar los no premiados en el centro educativo o en la delegación provincial correspondiente, según el caso, en el plazo de 30 días contados a partir de la resolución de los jurados correspondientes.

Artículo 7º.-Entrega de los premios.

Los premios se entregarán en actos públicos celebrados en las respectivas capitales de provincia en el caso de los premios provinciales, y en Santiago de Compostela en el caso de la fase autonómica.

Artículo 8º

La convocatoria, sus bases, y todos los actos administrativos derivados de ella podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Artículo 9º

A los efectos establecidos en los artículos 42.2º y 43.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el plazo máximo para resolver las solicitudes correspondientes será de 6 meses, contados desde la fecha de publicación de la presente convocatoria, dictándose resolución expresa con respecto a la antedicha línea de ayudas.

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2000.

Miguel Ángel Ríos Fernández

Secretario general de Investigación y Desarrollo