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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Viernes, 07 de abril de 2000 Pág. 4.893

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2000, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación del acuerdo de iniciación del expediente sancionador de epizootias OU-T-17/2000.

De conformidad con lo estipulado en el artículo 59.4º de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha, he resuelto publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley de 20 de diciembre de 1952, sobre epizootias (BOE del 23 de diciembre), y de su Reglamento de 4 de febrero de 1955, modificado, entre otros, por el R.D. 1665/1976, de 7 de mayo (BOE del 21 de junio), por el que se actualizan las sanciones, puesto que, intentada la notificación, ésta no ha podido practicarse, por el servicio de correos.

Se nombra instructora del procedimiento a María Isabel Biempica González, funcionaria de esta delegación provincial, pudiendo promover la recusación, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992 citada.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería. El interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en la delegación provincial de esta consellería, ubicada en la c/ Florentino López Cuevillas, nº 4-6 bajo, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas estime convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993 (BOE nº 189, del 9 de agosto), de no efectuar alegaciones en el plazo señalado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá implicar la terminación del procedimiento. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta delegación provincial, en la dirección anteriormente indicada.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa anteriormente citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.

Ourense, 13 de marzo de 2000.

José Manuel Baltar Blanco

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-T-17/2000.

Interesado: Antero Alves Carneiro.

DNI: 3.111.220.

Última dirección conocida: Cela, Chaves. Vila Real. Portugal.

Hechos denunciados: transportar desde el mercado de Verín a Portugal en el vehículo matrícula 69-04-AO, cuatro cabezas de ganado porcino, careciendo de autorización oficial de traslado y sin estar el vehículo inscrito en el Registro de la Jefatura de Ganadería.

Tipificación de la infracción: artículos 32 y 52 del reglamento de epizootias. Artículos 1 y 3 del Decreto 355/1994, de 4 de diciembre (DOG nº 240, del 15 de diciembre), artículo 1 de la Orden de 23 de agosto de 1995 (DOG nº 169, del 4 de septiembre).

Sanción: veinte mil pesetas (20.000) ptas.