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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Jueves, 30 de marzo de 2000 Pág. 4.425

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 18 de febrero de 2000, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador de incendios 67/1999.

De conformidad con lo disposto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedemiento administrativo común, se notifíca a las personas que en el anexo se mencionan la resolución del expediente sancionador por presunta infracción a la Ley sobre incendios forestales 81/1968, de 5 de diciembre, y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre.

No obstante, de acuerdo con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra esta resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día seguinte al de la presente publicación.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectivo en la cuenta nº 2091-0388-90-3110001181 de Caixa Galicia, empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día seguinte al de la presente publicación y una vez producida la firmeza de esta resolución -la firmeza se producirá al no interponer recurso en el plazo indicado-. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.

Ourense, 18 de febrero de 2000.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: 67/1999 I.

Denunciado: Manuel González Vázquez.

DNI: 34.426.883.

Última dirección conocida: calle Costeira, Carballeda de Avia (Ourense).

Hecho denunciado: quema de rastrojos y monte bajo: 4 m, sin autorización.

Precepto infringido y sancionador: Art. 137 b) del Reglamento de 23 de diciembre de 1972 de la Ley sobre incendios forestales de 5-12-1968, en relación con la Resolución de 21-12-1998.

Sanción: 10.000 pesetas.