Visto el texto del acta firmada el día 24-1-2000 por la comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa Radio Marineda, S.A. integrada en representación de la parte económica por la empresa y de la parte social, por la delegada de personal, con el fin de corregir errores detectados en la actualización de la tabla salarial para el año 2000 publicada en el DOG nº 32 de fecha 16-2-2000 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo existente en esta
delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 18 de febrero de 2000.
Mª Reyes Carabel Pedreira
Delegada provincial de A Coruña
Acta del acuerdo de revisión salarial del convenio
colectivo de Radio Marineda, S.A.
En A Coruña, a las 16 horas del día 24 de enero de 2000, se reúnen en el centro de trabajo de la empresa Pablo Vilar Díaz, en nombre y representación de la entidad mercantil Radio Marineda, S.A. y Ana María Blanco Remuiñán, representante legal de los trabajadores, al objeto de proceder a la corrección y aprobación, en su caso, de la tabla salarial del convenio colectivo de la empresa para el año 2000, ya que en su confección anterior se han cometido algunos errores.
Examinada la tabla salarial para el año 2000, se acuerda su aprobación, que se adjunta a este ecta como anexo I.
No habiendo más asuntos que tratar, finaliza la reunión siendo las 16.30 horas del día indicado.
Pablo Vilar DíazAna Mª Blanco Remuiñan
ANEXO I
Tabla salarial de 2000
laboral día base Rend. anual
Categoría
S.B.
Salario
PI
I.D.T. I.C.1º I.C.2º Bruto
Redactor jefe 4.172 125.160 12.510 13.862 1.904.722
Redactor/locutor 3.842 115.260 11.520 13.862 1.766.122
Auxiliar de redacción 3.525 105.750 10.590 13.862 1.632.982
Téc. de control y Mant. 3.382 101.470 10.140 13.862 1.573.062
Jefe de administración 3.899 116.970 11.700 13.862 1.790.062
Oficial administrativo 3.639 109.170 10.920 13.862 1.680.862
Aux. administrativo 3.382 101.470 10.140 13.862 1.573.062
Jefe comercial 4.172 125.160 30.000 24.000 2.346.240
Comercial 3.053 91.600 15.000 24.000 1.711.400
Notas:
I.D.T.: indemnización de distancia y transporte. Artículo 16.6º a).
I.C.1º: indemnización de comerciales. Artículo 16.6º b)1.
I.C.2º: indemnización de comerciales. Artículo 16.6º b)2.
Bruto anual: salario base por 14 pagas+indeminizaciones por 11 pagas.
Por la empresaRepre. legal trabajadores
Pablo Vilar DíazAna Mª Remuiñan