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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 20 de marzo de 2000 Pág. 3.808

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 7 de febrero de 2000 por la que se aprueba el cambio de dominio mortis-causa de dos bateas de cultivo de mejillón denominadas Viturro 2 y L.V.V., a favor de Dolores Ordóñez Comojo, Manuel, Mª Dolores, Óscar José y Juan Mosquera Ordóñez.

Visto el expediente de cambio de dominio que a continuación se menciona, instruido a efectos de la transmisión de la concesión administrativa pertinente y del establecimiento que la ampara; teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 59.3º de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia (DOG nº 101, de 31 de mayo de 1993) y 10.1º del Decreto 406/1996 de 7 de noviembre (DOG nº 228, del 21) y que fue acreditada la transmisión de derechos invocada y abonado el impuesto correspondiente.

Esta consellería, en virtud de las atribuciones conferidas, a la vista del informe favorable del Servicio Técnico-Jurídico, acordó acceder a lo solicitado, proclamando la nueva titularidad de las concesiones y de los establecimientos que se relacionan a continuación:

Denominación de la batea: Viturro nº 2.

Cultivo: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Localización: Caramiñal E, cuadrícula 175.

Fecha de la concesión: 25-6-1957.

Fecha de finalización de la última prórroga: 2-8-2002.

Denominación de la batea: L.V.V.

Cultivo: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Localización: Caramiñal E, cuadrícula 127.

Fecha de la concesión: 29-2-1964

Fecha de finalización de la última prórroga: 30-3-2004.

Anterior concesionario: Manuel Mosquera Martínez (33.075.955) y Mª Dolores Ordóñez Comojo (33.075.382).

Nuevos titulares de las concesiones y bateas: M? Dolores Ordóñez Comojo (33.075.382), 4/8 indivisos; Manuel Mosquera Ordóñez (33.209.862), 1/8 indiviso; Mª Dolores Mosquera Ordóñez (76.509.610), 1/8 indiviso; Óscar José Mosquera Ordóñez (33.239.055), 1/8 indiviso; y Juan Mosquera Ordóñez (33.279.279), 1/8 indiviso.

Los nuevos titulares quedan subrogados en los mismos derechos y obligaciones del anterior concesionario, así como obligados al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que le sean aplicables y de categoría suficiente.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las admi

nistraciones públicas y del procedimiento administrativo común y en el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, do 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 7 de febrero de 2000.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24).

María José Cancelo Baquero

Delegada territorial de A Coruña