Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Jueves, 16 de marzo de 2000 Pág. 3.668

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 24 de enero de 2000 por la que se otorga a Fernández Mariño, S.L. autorización para modificar las instalaciones de un establecimiento auxiliar de cultivos marinos, estación depuradora, sito en el lugar de Abanqueiro, Triñáns, Boiro (A Coruña).

Vista la documentación presentada por José Fernández Dieste, en representación de Fernández Mariño, S.L., en la que solicita autorización para modificar las instalaciones de la estación depuradora ubicada en Abanqueiro, Triñáns, Boiro (A Coruña).

Considerando que la tramitación del expediente se realizó de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, en el Decreto 193/1997, de 5 de junio, por el que se determinan las condiciones para el otorgamiento del permiso de actividad para los establecimientos de cultivos marinos y auxiliares ubicados en la zona terrestre y demás legislación de aplicación.

Esta consellería, en virtud de las atribuciones conferidas, teniendo en cuenta los informes que obran en el expediente, a la vista del informe del Servicio Técnico Jurídico y a propuesta de la Dirección General de Recursos Marinos,

RESUELVE:

Autorizar a Fernández Mariño, S.L. (CIF B-15.327.885) la modificación y ampliación de la instalación, con las siguientes características:

Tipo de establecimiento: estación depuradora.

Especie: ostra, ostión, almeja fina, almeja babosa, mejillón y berberecho.

Otorgamiento: Orden de 29-3-1994 (DOG nº 81, del 28 de abril).

Vigencia: hasta el 28-4-2004.

Las modificaciones se realizarán de acuerdo con el proyecto titulado «Anteproyecto de nueva piscina y depósito decantador» elaborado por el arquitecto técnico J. Ventura Fernández Sarasquete y que se incluye en el expediente. Las características básicas

de la ampliación y modificación de la estación depuradora se corresponderán con las señaladas a continuación y su distribución estará de acuerdo con el plano que figura anexo a esta orden:

a) Superficie total del establecimiento: 1.390,75 m.

b) Características de las instalaciones:

Entreplanta: 108 m (oficina, laboratorio, gerencia, almacén, aseos y vestuarios).

Planta baja: 825 m. (Nº de piscinas de depuración: 6):

Superficie de las piscinas:

Piscina nº 1: 66 m.

Piscina nº 2: 74 m.

Piscina nº 3: 115 m.

Piscina nº 4: 70 m.

Piscina nº 5: 47 m.

Piscina nº 6: 77 m.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera: la superficie de dominio público marítimo-terrestre no se modifica, siendo la especificada en la orden de otorgamiento de 29 de marzo de 1994.

Segunda: las obras, que podrán dar comienzo en el momento de la publicación de la presente orden, deberán estar finalizadas en el plazo máximo de dos años, y a su término se comunicará a la Delegación Territorial de esta consellería en A Coruña, para su inspección y elaboración del preceptivo informe.

Tercera: al establecimiento le será de aplicación lo dispuesto en la orden inicial de otorgamiento y en las disposiciones legales concordantes de conformidad con la normativa vigente sobre esta clase de establecimientos.

Cuarta: el otorgamiento de esta autorización no exime al titular de la obtención de las licencias u otras autorizaciones legalmente procedentes, exigibles por otros organismos en función de sus competencias.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, que se interpondrá en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa; ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 24 de enero de 2000.

P.D. (Orden 17-12-1997, DOG nº 246,

del 22 de diciembre)

Juan José Álvarez Pérez

Secretario general de la Consellería de Pesca,

Marisqueo y Acuicultura