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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miercoles, 08 de marzo de 2000 Pág. 3.135

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2000, de la Dirección General de Formación Pesquera e Investigación, por la que se anuncia la convocatoria de un programa de visitas didácticas por el litoral de Galicia para alumnos del último ciclo de enseñanza primaria, enseñanza secundaria obligatoria y enseñanza postobligatoria no universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La presencia e importancia que el mar tiene en Galicia no está reflejada en el conocimiento que tiene la sociedad gallega de lo que realmente representa el sector marítimopesquero para nuestra Comunidad Autónoma, siendo este distanciamiento mucho mayor en el interior y en las zonas rurales.

En un tiempo en que el concepto de pesca responsable orienta las actuaciones de las administraciones del sector, en las que es preciso involucrar a todos los estamentos de la sociedad, es de interés, para lograr una mayor participación de la población en estas actuaciones, programar actividades destinadas a dar a conocer la realidad del mar y lo que significa para Galicia, y su costa dependiente de la pesca, dirigidas sobre todo a gente joven en edad escolar. En consecuencia, esta dirección general

RESUELVE:

Articulo 1º.-Objeto.

Convocar un programa de visitas didácticas por el litoral de Galicia, para escolares y alumnos del último ciclo de enseñanza primaria, enseñanza secundaria obligatoria y enseñanza post obligatoria no universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia, que se regirá por la presente resolución.

Articulo 2º.-Destinatarios.

Podrán solicitar su participación en el programa los centros escolares públicos de enseñanzas primaria (último ciclo) enseñanza secundaria obligatoria y enseñanza post obligatoria no universitaria de toda la Comunidad Autónoma gallega.

El número máximo de centros participantes se fíja en 60.

En la visita podrán participar un máximo de 55 personas por centro (alumnos más profesores), con un mínimo de 3 profesores o tutores y un máximo de 5.

Para los centros de enseñanza primaria, los alumnos deberán ser del último ciclo.

Articulo 3º.-Finalidad.

El programa consistirá en una visita en embarcación por las zonas del litoral de Galicia que se establecen, con salida y finalización desde el puerto que oportunamente se comunique.

Las zonas iniciales en las que se establecen visitas y el nº de las disponibles en cada zona es la siguiente:

Zona 1: Mariña de Lugo15 viajes.

Zona 2: Fisterra-Corcubión15 viajes.

Zona 3: Ría de Muros-Noia15 viajes.

Zona 4: Ría de Arousa15 viajes.

Zona 5: Ría de Pontevedra15 viajes.

Zona 6: Ría de Vigo15 viajes.

Los desplazamientos desde el origen al punto de salida, visitas adicionales por tierra, del punto de finalización al origen, así como las comidas, correrán a cargo de los solicitantes.

Articulo 4º.-Fechas de realización.

Las visitas se realizarán entre los días 24 de abril y el 31 de mayo de 2000, en días laborables excepto sábados, domingos y festivos.

Articulo 5º.-Solicitudes.

Se presentarán según el modelo del anexo, en el registro general de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura (edificios administrativos San Caetano, s/n, Santiago de Compostela) antes del vigésimo día hábil siguiente a la publicación de esta resolución, a la que se adjuntará un informe favorable del consejo escolar del centro para la realización de la actividad y autorización escrita de los padres de los alumnos, cuando éstos sean menores de edad.

En la solicitud se indicará por orden de preferencia la zona en la que se desea realizar el viaje.

Las solicitudes se acompañarán de una memoria justificativa explicando los motivos por los que se solicita el viaje, así como la relación con actividades o programas educativos que se estén realizando o vayan a realizarse en el centro. En tal caso se podrá adjuntar la información documental que se considere de interés.

Articulo 6º.-Selección.

La Dirección General de Formación Pesquera e Investigación seleccionará los centros participantes entre las solicitudes presentadas, teniendo en cuenta la adecuación de la visita a las actividades pedagógicas realizadas en el centro, el entorno social en el que se ubica y si el centro ha realizado esta visita en años anteriores.

La resolución de concesión o denegación de la misma será comunicada por escrito a los centros solicitantes y no pone fin a la vía administrativa. Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, en el prazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación y según lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Santiago de Compostela, 23 de febrero de 2000.

Joaquín Mariño Cadarso

Director general de Formación Pesquera

e Investigación