Visto el expediente de la revisión salarial para el año 2000 del convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales de la provincia de A Coruña (código 1500945), que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 15-1-2000, suscrito por la comisión paritaria del convenio colectivo, integrada en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresarios de Limpieza de Edificios y Locales de A Coruña y de la parte social, por CIG, UGT y CC.OO el día 21-1-2000, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo existente en esta delegación provincial y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 28 de enero de 2000.
Mª Reyes Carabel Pedreira
Delegada provincial de A Coruña
Acta de la reunión de la comisión paritaria
del convenio colectivo de limpieza de edificios
y locales de la provincia de A Coruña
En A Coruña, en los locales de la Confederación de Empresarios, siendo las 12 horas del día 21 de enero de 2000, se reúnen en representación de la parte empresarial Jesús Gómez Vázquez, Arsenio Mezquiriz Andrade, Ubaldo Pérez Rodríguez, Ramón Salgado Fuentes y J. Félix Valderrey de la Huerga, y en representación de la parte social Alfredo Santomil García (CIG), Luis Soto Sabio (CIG), Carmen Brea Iglesias (UGT) y Victoria Pumar Carrón (CC.OO), todos/as ellos/as como miembros de la comisión paritaria del convenio colectivo provincial de A Coruña para las empresas de limpieza de edificios y locales, regulada en el artículo 6º del citado convenio.
El objetivo de esta junta es proceder a la revisión salarial para el año 2000.
Inicialmente se procede a realizar la revisión salarial que establece el artículo 28º por el exceso del IPC de 1999. Las tablas salariales resultantes servirán de base para la confección de las tablas salariales para el 2000.
A continuación se aplica la subida salarial para el año 2000 de acuerdo con lo establecido en los artículos 17º, 19º y 20º. La tabla salarial resultante es la que figura como anexo I de esta acta.
El complemento de antigüedad consolidada de aquellos trabajadores/as que lo tuvieran reconocido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18º, será revisado en el 2,5% para el año 2000.
El importe máximo de dietas establecidas en el artículo 26º para el año 2000 quedará de la siguiente forma:
-Cuando se tenga que comer y pernoctar fuera de casa: 5.544 ptas.
-Cuando se realicen las dos comidas principales fuera del domicilio: 3.386 ptas.
-Cuando se realice una sola comida: 1.896 ptas.
El salario mínimo de convenio para el año 2000 será de 1.599.819 ptas.
Se faculta a Luis Soto Sabio para que proceda a realizar los trámites oportunos delante de la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales para el registro y posterior publicación de la presente acta.
Sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión siendo las 13.30 horas del día del encabezamiento, firmando todos los presentes en prueba de acuerdo y conformidad.
ANEXO I
pesetas euros
Salario base 2000
Salario base 2000
Mensual Anual Mensual Anual
Administrativos Jefe/a de primera 144.322 2.164.830 867,39 13.010,89 Jefe/a de segunda 138.898 2.083.470 834,79 12.521,91 Cajero/a 135.623 2.034.345 315,11 12.226,66 Oficial de primera 130.710 1.960.650 785,58 11.783,74 Oficial de segunda 116.656 1.749.840 701,12 10.516,75 Auxiliar 106.829 1.602.435 642,06 9.630,83 Telefonista 103.813 1.557.195 623,93 9.358,93 Cobrador/a 103.813 1.557.195 623,93 9.358,93
Mandos intermedios Encargado/a general 134.270 2.014.050 806,98 12.104,68 Encargado/a de zona 124.809 1.872.135 750,12 11.251,76 Encargado/a de sector 119.723 1.795.845 719,55 10.793,25
Subalternos/as Ordenanza 97.009 1.455.135 583,04 8.745,54 Almacenero/a 95.220 1.428.300 572,28 8.584,26 Mozo/a de recados 76.882 1.153.230 462,07 6.931,05
Personal de limpieza Encargado/a 103.202 1.548.030 620,26 9.303,85 Responsable de equipo 98.258 1.473.870 590,54 8.858,14 Especialista 111.510 1.672.650 670,19 10.052,83 Conductor/a-limpiador/a 116.761 1.751.415 701,75 10.526,22 Peón especialista 99.185 1.487.775 596,11 8.941,71 Peón 96.749 1.451.235 581,47 8.722,10 Limpiador/a 96.749 1.451.235 581,47 8.722,10
Plus de asistencia 7.666 91.992 46,07 552,88 Plus de transporte 4.716 56.592 28,34 340,12