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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 02 de marzo de 2000 Pág. 2.887

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

EDICTO de 31 de enero de 2000 por el que se notifica a Olga Santiago Santos la resolución de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de 31 de noviembre de 1999, por la que se la declara desistida de su petición de ayuda para nueva construcción del barco Galia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 4/1999, de 6 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al haber sido devuelta por el servicio de correos la resolución enviada en su día, se notifica a Olga Santiago Santos, cuyo último domicilio conocido es Rivero de Aguilar,

1-4º G, de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), la resolución de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de 31 de noviembre de 1999, por la que se declara desistida de su petición de ayuda para nueva construcción del barco Galia y que se reproduce en el anexo.

Santiago de Compostela, 31 de enero de 2000.

Amancio Landín Jaráiz

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura

ANEXO

Resolución del conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, por la que se deniega la concesión de ayuda para la creación, modernización, ampliación e innovación tecnológica de instalaciones de acuicultura

Visto el expediente nº PE205A98/180-8 presentado por Olga Santiago Santos, en representación de sí misma, sobre nueva construcción del barco Galia, al amparo de lo dispuesto en la Orden de 12 de febrero de 1998.

Antecedentes.

Una vez examinada la documentación presentada en el expediente, se requiere a Olga Santiago Santos para que aporte diversa documentación complementaria al objeto de completar el expediente, siendo devueltos en dos ocasiones los escritos de requerimiento.

Finalizado el plazo, Olga Santiago Santos no presentó la documentación que le fue requerida.

Fundamentos jurídicos.

Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia (DOG nº 101, de 1993).

Decreto 278/1994, de 8 de septiembre, modificado por el Decreto 123/1996, de 14 de marzo, por el que se establece el programa de ayudas con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de sus productos (DOG nº 181, de 1994).

Orden de 12 de febrero de 1998 por la que se establecen las normas para la concesión de las ayudas a inversiones en el ámbito de la acuicultura (DOG nº 145, de 1998).

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución de la Delegación Territorial de esta consellería en Vigo, el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación,

RESUELVO:

Declarar a Olga Santiago Santos desistida de su petición de ayuda para nueva construcción del barco Galia, por no haber aportado la solicitud de iniciación del expediente la documentación requerida en el plazo previsto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modi

ficada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produjese la desestimación presunta del recurso de reposición.

Notificación.

Mediante este documento le notifico la presente resolución según lo exigido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, citada.