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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Miercoles, 01 de marzo de 2000 Pág. 2.786

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

SERVICIO GALLEGO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2000, de la División de Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso voluntario de traslados para la provisión de plazas de personal sanitario no facultativo y personal no sanitario de las instituciones sanitarias dependientes del Servicio Gallego de Salud.

De conformidad con lo previsto en la base sexta de la Resolución de 25 de maio de 1999, por la que se hace pública la convocatoria del concurso voluntario de traslados para la provisión de plazas de personal sanitario no facultativo y personal no sanitario

de las instituciones sanitarias dependientes del Servicio Gallego de Salud, (DOG nº 107, del 7 de junio de 1999), esta división, en el ejercicio de las competencias que tiene delegadas por el artículo 19.2º del Decreto 49/1998, de 5 de febrero (DOG nº 33, del 18 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de los servicios centrales del Servicio Gallego de Salud, y en el artículo 4 de la Orden de 21 de abril de 1998 (DOG nº 88, del 11 de mayo),

ACUERDA:

Primero.-Resolver definitivamente el concurso voluntario de traslados para la provisión de plazas

de personal sanitario no facultativo y personal sanitario de las instituciones sanitarias dependientes del Servicio Gallego de Salud, convocado por Resolución de 25 de mayo de 1999, en los términos que aparecen reflejados en el anexo de la presente resolución.

En la lista definitiva incluida en el anexo figura la relación por cada categoría de los concursantes admitidos, la puntuación definitiva otorgada a cada uno y, en su caso, el destino adjudicado. Asímismo, también se incluyen en esta lista los aspirantes excluidos por alguna de las causas de exclusión relacionadas en la misma.

Segundo.-La publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia servirá de notificación a los interesados.

Tercero.-De conformidad con lo establecido en la base 7.10 de la convocatoria, a la toma de posesión de los nuevos destinos adjudicados en esta resolución se efectuaran de modo simultáneo a la de los aspirantes que sean seleccionados en el proceso selectivo convocado por resolución de esta división de 28 de diciembre de 1998 (DOG nº 9, del 15 de enero de 1999), lo que oportunamente se publicará en el Diario Oficial de Galicia. A partir de este publicación los concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles seguintes. No obstante, el gerente de la institución, por necesidades asistenciales, podrá ampliar este plazo hasta un máximo de veinte días hábiles, comunicando tal decisión a la institución en la que obtuviese nuevo destino.

La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse en el centro de gestión de destino dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad, en el plazo de quince días hábiles, si las plazas son de distinta localidad y de la misma área de salud, o en el de un mes, si pertenecen a distinta localidad y área de salud.

No dispondrán de ninguno de los dos plazos posesorios señalados aquellos adjudicatarios de plaza en el concurso que ya vinieran ocupando plaza en el mismo centro de destino o localidad, en virtud de comisión de servicios o reingreso provisional.

Los plazos posesorios del personal en situación de comisión de servicios se entenderán siempre referidos a la plaza que vienen ocupando en comisión de servicios.

Si así lo permiten las necesidades del servicio y a petición del interesado, los plazos a que se refieren los apartados anteriores podrán ser prorrogados por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.

Cuarto.-El plazo de toma de posesión se iniciará cuando finalice el permiso o licencia que, en su caso, fuese concedido al interesado, a no ser que, por causas justificadas, se acuerde suspender su disfrute.

Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión y, en su caso, la prórroga de este tendrá la consideración de servicio activo percibiéndose los correspondientes haberes conforme a las normas establecidas en la Orden de 14 de enero de 2000 por la que se dictan instrucciones sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica para el año 2000 (DOG nº 15, del 24 de enero).

En el caso de que la adjudicación de plazas suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes.

Los procesos derivados de este concurso tienen carácter voluntario, y no generando derecho al abono de ninguna clase de indemnización.

Quinto.-Conforme a lo establecido en el articulo 11.4º de la Ley 30/1999, de 5 de octubre, de selección y provisión de plazas de personal estatutario de los servicios de salud, las plazas adjudicadas serán irrenunciables, a menos que durante el plazo de toma de posesión se obtuviese otro destino mediante convocatoria publica, caso en el que el interesado podrá optar entre los puestos que le fueron adjudicados, estando obligado a comunicar la opción realizada a los organismos convocantes de los concursos en que participase, dentro del plazo de tres días.

Sexto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 11.4º de la Ley 30/1999, de 5 de octubre, cuando un concursante no tome posesión de su nueva plaza dentro del plazo de toma de posesión o, en su caso, de la prórroga que a su petición motivada le fuese concedida, se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular y será declarado de oficio en tal situación.

Séptimo.-Los concursantes que no obtengan plaza en el concurso se mantendrán en la situación de destino que ostentan, con excepción de los reingresados provisionales que podrán ejercer la opción a la que se refiere la base 2.6 de la Resolución de 25 de mayo de 1999, por la que se convocó el concurso de traslados.

Octavo.-Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán formular recurso contencioso-administrativo ante el juzgado competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este centro directivo.

Santiago de Compostela, 14 de febrero de 2000.

Valeriano Martínez García

Director general de la División de Recursos Humanos