Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Viernes, 25 de febrero de 2000 Pág. 2.549

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2000, de la Delegación Provincial de A Coruña, de notificación de los acuerdos de iniciación de los procedimientos sancionadores de conservación de espacios naturales y de la flora y fauna silvestres 99/041 y dos más.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del pro

cedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha resolví publicar los acuerdos de iniciación de los procedimientos sancionadores por infracción administrativa de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, (BOE nº 74, del 28 de marzo), por no haberse podido realizar su notificación.

Se nombra instructora del procedimiento a Ana Mª Díaz López y secretaria a Mª Jesús Budiño Rodríguez, funcionarias de esta delegación, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince diás, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para que puedan examinar el expediente en la Delegación Provincial de esta consellería en A Coruña, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples-Monelos y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas estimen convenientes en defensa de sus derechos, así como para la recusación de la persona designada como instructora, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinandose, a estos efectos, el importe de la sanción.

Al amparo delo dispuesto en el artículo 8.2º del R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, cuando la sanción tenga carácter pecuniario, el pago voluntario por el imputado en cualquier momento anterior a la resolución pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberán emplear los impresos normalizados que les serán facilitados en esta Delegación Provincial, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples-Monelos, A Coruña.

Lo que se les comunica de acuerdo con la normativa antes citada, con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y con lo establecido en el R.D. 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9).

A Coruña, 10 de febrero de 2000.

Rogelio Aramburu Núñez

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

Expediente: 99/041.

Denunciado: Manero Serrano, Eduardo Daniel.

Último domicilio conocido: c/ Nueva 422, La Canonja, Tarragona.

Hecho denunciado: acampar en lugar prohibido dentro del parque natural Fragas del Eume.

Tipificación: leve. Artículo 38.2º de la Ley 4/1989, de 27 de marzo.

Sanción propuesta: 15.000 pesetas.

Expediente: 99/064.

Denunciado: Rascado Ruiz, Enrique.

Último domicilo conocido: c/ Zamora, 39-2º D, Vigo (Pontevedra).

Hecho denunciado: circular con el vehículo fuera de las pistas e itinerarios permitidos, en el parque natural de Corrubedo.

Tipificación: leve. Artículo 38.13º de la Ley 4/1989, de 27 de marzo.

Sanción propuesta: 15.000 pesetas.

Expediente: 99/068.

Denunciado: Paz Paz, Juan Manuel.

Último domicilio conocido: Avda. de A Coruña, 81-3º, Riveira.

Hecho denunciado: circular con el ciclomotor fuera de las pistas e itinerarios permitidos en el parque natural de Corrubedo.

Tipificación: leve. Artículo 38.13º de la Ley 4/1989, de 27 marzo.

Sanción propuesta: 15.000 pesetas.