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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Miercoles, 16 de febrero de 2000 Pág. 1.949

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 10 de febrero de 2000 por la que se desarrolla el procedimiento para el nombramiento de miembros de la Comisión Autonómica del Sistema Acreditador de la Formación Continuada de los profesionales sanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La formación continuada de los profesionales sanitarios concebida como el conjunto de actividades formativas destinadas a mantener o mejorar la competencia profesional, una vez obtenida la titulación básica o la especialidad correspondiente, puede ser acreditada a través de un sistema único y válido para todo el Sistema Nacional de Salud, que se coordina eficazmente entre todas las administraciones públicas.

El Decreto 8/2000, de 7 de enero, que regula la organización del sistema acreditador de la formación continuada de los profesionales sanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia dispone la creación de la Comisión Autonómica de Formación Continuada, del Comité de Acreditación y de una Secretaría Técnica que dé soporte técnico-administrativo a ambas.

La disposición final segunda del antedicho decreto establece que en el plazo de un mes desde su publicación debe constituirse la Comisión Autonómica de Formación Continuada. A tal fin, de acuerdo con las atribuciones que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, reformada por la Ley 11/1998, de 20 de octubre,

DISPONGO:

Artículo 1º

Los nombramientos y ceses de los miembros de la Comisión Autonómica se harán mediante orden comunicada, dirigida a las personas que en su momento ostenten los cargos que se relacionan en el artículo 2 del Decreto 8/2000, de 7 de enero.

Con el fin de nombrar al representante de los directores de escuelas de enfermería, fisioterapia y podología, el representante de los colegios oficiales de farmacéuticos de Galicia y al representante de la Mesa Sectorial de Sanidad, se convocarán a los interesados para que propongan el nombramiento de la persona electa, el cual se le notificará mediante orden comunicada. La elección se hará según los criterios que los propios interesados consideren más oportunos.

El representante del Consejo Universitario de Galicia se hará a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria.

Artículo 2º

El responsable de la Secretaría Técnica se nombrará a propuesta del director general de la División de

Asistencia Sanitaria, donde se ubicará funcionalmente esta unidad técnico-administrativa.

Santiago de Compostela, 10 de febrero de 2000.

José María Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales