Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Lunes, 10 de enero de 2000 Pág. 272

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 30 de diciembre de 1999 por la que se delegan atribuciones en materia de urbanismo.

En virtud de la Orden de 19 de agosto de 1997 (DOG nº 166, del 29 de agosto) se delegaron determinadas atribuciones en materia de urbanismo en los delegados provinciales de esta consellería, al amparo de lo dispuesto por el artículo 189.3º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

La experiencia acumulada durante los años de ejercicio de las competencias urbanísticas desde la entrada en vigor del nuevo régimen competencial establecido por la Ley 7/1995, de 29 de junio, de delegación y distribución de competencias en materia de urbanismo, las innovaciones introducidas en el ordenamiento jurídico urbanístico -y muy especialmente la aprobación del Reglamento de disciplina urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley del suelo de Galicia- la incidencia del nuevo régimen de recursos administrativos como consecuencia de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, do 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como la reciente aprobación del decreto por el que se establece la estructura orgánica de esta consellería, que reorganiza la estructura y funciones de la Dirección General de Urbanismo son algunas de las razones que aconsejan la aprobación de una nueva orden

de delegación de competencias en materia de urbanismo, adecuada a la complejidad de las nuevas competencias y la nueva estructura organizativa.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 43.3º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, y por el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se delega en el director general de Urbanismo el ejercicio de las competencias que la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, atribuye al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas e Vivienda, en los siguientes supuestos:

a) Emisión de informes sobre instrumentos de planeamiento de desarrollo (planes parciales y especiales), previstos por los artículos 41 y 42 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

b) Otorgamiento de autorización autonómica para construcciones e instalaciones en el medio rural, según lo dispuesto por el artículo 77.4º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

c) Otorgamiento de la autorización autonómica prevista por la disposición adicional tercera, apartado 2, de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, para edificaciones en núcleos rurales.

d) Aprobación definitiva del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta, previsto por el artículo 145 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

d) Inscripciones y ejercicio de las funciones que corresponden al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, previsto por el Reglamento de gestión urbanística, aprobado por el Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

e) Ejercicio de las competencias autonómicas previstas en relación con los instrumentos de gestión urbanística regulados por los títulos III y IV de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

Artículo 2º

Los actos dictados por delegación harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán como propios del órgano delegante que, en cualquier momento, podrá revocar total o parcialmente la delegación otorgada.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden de 19 de agosto de 1997 por la que se delegan atribuciones en materia de urbanismo, (DOG nº 166, del 29 de agosto) y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 1999.

José Cuíña Crespo

Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda