Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Jueves, 23 de diciembre de 1999 Pág. 15.013

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 328/1999, de 3 de diciembre, por el que se cede, a título gratuito, la parcela que integra el inmueble situado en la calle San Lázaro 107, en el término municipal de Santiago de Compostela (A Coruña).

La Comunidad Autónoma de Galicia, en virtud del Real decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura (BOE nº 235, del 1 de octubre), ostenta la titularidad del inmueble situado en la calle San Lázaro, 107, término municipal de Santiago de Compostela (A Coruña).

Con fecha 7 de septiembre de 1998, el Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela solicitó de la Consellería de Economía y Hacienda la cesión de una parcela de terreno que forma parte de dicho inmueble, para la construcción de una residencia o albergue juvenil de peregrinos.

Mediante Decreto 242/1999, de 29 de julio (DOG nº 159, del 18 de agosto), se desafectó del dominio público la citada parcela que forma parte de dicho inmueble, previo informe favorable de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Con fecha 30 de agosto de 1999, se firmó el acta de entrega de dicho inmueble al patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Mediante orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 19 de noviembre de 1999, se declaró la alienabilidad del citado bien inmueble.

La Secretaría General y del Patrimonio, dependiente de la antedicha consellería, previo informe favorable de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, tramitó el expediente de cesión de la titularidad de la anterior parcela de acuerdo con lo previsto en los artículos 30 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 83 y siguientes de su reglamento.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día tres de diciembre de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acuerda la cesión, a título gratuito, a favor del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela de una parcela a segregar de la que integra el inmueble situado en la calle San Lázaro, 107, término municipal de Santiago de Compostela (A Coruña), que se describe como sigue:

Parcela de terreno de 5.580 m de extensión que linda: norte, fincas particulares; sur, finca matriz con edificio de la Comunidad Autónoma de Galicia; este, pista; y oeste, con calle de Vesada.

La finca matriz se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Santiago de Compostela nº 1, en el tomo 1.330, libro 323, folio 140, finca número 30.083, inscripción 1ª.

Artículo 2º

La cesión queda sometida a las siguientes cláusulas:

a) El fin de la cesión del inmueble descrito será la construcción y puesta en funcionamiento de una residencia o albergue juvenil de peregrinos.

b) Si el bien cedido no se aplicase al fin señalado dentro del plazo de 5 años, contados desde el otorgamiento de la escritura pública, o dejase de estarlo con posterioridad, se descuidase o utilizase con grave quebrantamiento, o se incumpliesen las condiciones del acuerdo, se considerará resuelta la cesión y el inmueble revertirá a la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, que tendrá derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros que experimentase.

c) Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluido el impuesto del incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, así como los de la segregación, correrán a cargo del cesionario.

Artículo 3º

La cesión se formalizará mediante escritura pública suscrita por el secretario general y del Patrimonio o funcionario en quien delegue, debiendo constar en la misma el acuerdo de cesión y la aceptación del cesionario.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, tres de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda