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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Jueves, 18 de noviembre de 1999 Pág. 13.541

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 296/1999, de 21 de octubre, por el que se desarrollan determinados aspectos de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional específica en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, dispone en su artículo 4 que les corresponde a las administraciones educativas competentes establecer los currículos de los ciclos formativos.

En cumplimiento de dicho artículo, de acuerdo con las atribuciones recogidas en el Estatuto de autonomía, en el Real decreto 1763/1982, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de educación, y en el Real decreto 676/1993, de 7 de mayo, que establece las directrices generales sobre los títulos de formación profesional y sus enseñanzas mínimas, se dicta el Decreto 239/1985, de 22 de julio, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional y las directrices sobre sus títulos en la Comunidad Autónoma de Galicia, determinando los aspectos que deben cumplir los currículos de los diferentes ciclos formativos.

En el desarrollo de este decreto, se dictan las siguientes disposiciones: Decreto 223/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en desarrollo de aplicaciones informáticas; Decreto 224/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en administración de sistemas informáticos; Decreto 228/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en gestión administrativa; Decreto 230/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en operaciones, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque; Decreto 231/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título

de técnico superior en desarrollo y aplicación de proyectos de construcción; Decreto 232/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en electromecánica de vehículos; Decreto 233/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en producción acuícola; Decreto 234/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en pesca y transporte marítimo; Decreto 240/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en equipos e instalaciones elec

trotécnicas; y Decreto 256/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en operaciones de cultivo acuícola.

El Real decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos da ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, establece modificaciones que afectan a los títulos de formación profesional específica. De acuerdo con esta disposición, se han ido publicando nuevos decretos de currículos de ciclos formativos para la Comunidad Autónoma de Galicia, incorporando las modificaciones allí establecidas. Procede, pues, adaptar los decretos de currículo publicados con anterioridad a esa norma básica.

Por todo ello, a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, con informe del Consello Galego de Ensinanzas Técnico-profesionais y del Consello Escolar de Galicia, y previa deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión del día ventiuno de octubre de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Artículo primero.

Se modifica el Decreto 256/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en operaciones de cultivo acuícola, en los términos que se especifican a continuación:

1. Los puntos 1 y 2 del artículo séptimo quedan redactados de la siguiente forma:

«1. Las personas que estén en posesión del título de técnico, por haber superado la formación profesional específica de grado medio, tienen acceso directo a las distintas modalidades de bachillerato.

2. Los módulos susceptibles de convalidación por estudios de formación profesional ocupacional o correspondencia con la práctica laboral son los que se especifican, respectivamente, en los apartados 4.3.1 y 4.3.2. del anexo de este decreto».

2. Al artículo octavo se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

3. En el apartado 3.3 del anexo, el «Módulo profesional 8 (transversal): relaciones en el equipo de trabajo» se sustituye por el «Módulo profesional 8 (transversal): relaciones en el entorno de trabajo» que figura no anexo XI deste decreto.

4. El apartado 3.5 del anexo «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XII de este decreto.

5. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo I de este decreto.

Artículo segundo.

Se modifica el Decreto 230/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque, en los términos que se especifican a continuación:

1. En el artículo quinto se sustituye el punto 2 por el siguiente:

«2. Las materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades definidas en el presente ciclo son las que se expresan en el apartado 4.1.2 del anexo de este decreto».

Y se añade un punto 3:

«3. Las titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia son las que se expresan en el apartado 4.1.3 del anexo de este decreto».

2. Los puntos 1 y 2 del artículo séptimo quedan redactados de la siguiente forma:

«1. Las personas que estén en posesión del título de técnico, por haber superado la formación profesional específica de grado medio, tienen acceso directo a las distintas modalidades de bachillerato.

2. Los módulos susceptibles de convalidación por estudios de formación profesional ocupacional o correspondencia con la práctica laboral son los que se especifican, respectivamente, en los apartados 4.3.1 y 4.3.2. del anexo de este decreto».

3. Al artículo octavo se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

4. En el apartado 3.3 del anexo, el «Módulo profesional 8 (transversal): relaciones en el equipo de trabajo» se sustituye por el «Módulo profesional 8 (transversal): relaciones en el entorno de trabajo» que figura en el anexo XI de este decreto.

5. El apartado 3.5 del anexo «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XII de este decreto.

6. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo II de este decreto.

Artículo tercero.

Se modifica el Decreto 234/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico

en pesca y transporte marítimo, en los términos que se especifican a continuación:

1. En el artículo quinto, se sustituye el punto 2 por el siguiente:

«2. Las materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades definidas en el presente ciclo son las que se expresan en el apartado 4.1.2 del anexo de este decreto».

Y se añade un punto 3:

«3. Las titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia son las que se expresan en el apartado 4.1.3 del anexo de este decreto».

2. Los puntos 1 y 2 del artículo séptimo quedan redactados de la siguiente forma:

«1. Las personas que estén en posesión del título de técnico, por haber superado la formación profesional específica de grado medio, tienen acceso directo a las distintas modalidades de bachillerato.

2. Los módulos susceptibles de convalidación por estudios de formación profesional ocupacional o correspondencia con la práctica laboral son los que se especifican, respectivamente, en los apartados 4.3.1 y 4.3.2. del anexo de este decreto».

3. Al artículo octavo se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

4. En el apartado 3.3 del anexo, el «Módulo profesional 8 (transversal): relaciones en el equipo de trabajo» se sustituye por el «Módulo profesional 8 (transversal): relaciones en el entorno de trabajo» que figura en el anexo XI de este decreto.

5. El apartado 3.5 del anexo «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XII de este decreto.

6. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo III de este decreto.

Artículo cuarto.

Se modifica el Decreto 233/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en producción acuícola, en los términos que se especifican a continuación:

1. El artículo quinto queda redactado de la siguiente forma:

«Los criterios de prioridad en la admisión de alumnado para acceder a este ciclo formativo en centros sostenidos con fondos públicos son los que se expresan en el punto 4.1 del anexo de este decreto».

2. Al artículo noveno se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

3. El apartado 3.5 del anexo «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XIII de este decreto.

4. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo IV de este decreto.

Artículo quinto.

Se modifica el Decreto 228/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en gestión administrativa, en los términos que se especifican a continuación:

1. Los puntos 1 y 2 del artículo séptimo quedan redactados de la siguiente forma:

«1. Las personas que estén en posesión del título de técnico, por haber superado la formación profesional específica de grado medio, tienen acceso directo a las distintas modalidades de bachillerato.

2. Los módulos susceptibles de convalidación por estudios de formación profesional ocupacional o correspondencia con la práctica laboral son los que se especifican, respectivamente, en los apartados 4.3.1 y 4.3.2. del anexo de este decreto».

2. Al artículo octavo se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

3. El apartado 3.5 del anexo «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XII de este decreto.

4. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo V de este decreto.

Artículo sexto.

Se modifica el Decreto 231/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en desarrollo y aplicación de proyectos de

construcción, en los términos que se especifican a continuación:

1. El artículo quinto queda redactado de la siguiente forma:

«Los criterios de prioridad en la admisión de alumnado para acceder a este ciclo formativo en centros sostenidos con fondos públicos son los que se expresan en el punto 4.1 del anexo de este decreto».

2. Al artículo noveno se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, as capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

3. El apartado 3.5 del anexo «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XIII de este decreto.

4. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo VI de este decreto.

Artículo séptimo.

Se modifica el Decreto 240/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en equipos e instalaciones electrotécnicas, en los términos que se especifican a continuación:

1. Los puntos 1, 2 y 3 del artículo séptimo quedan redactados de la siguiente forma:

«1. Las personas que estén en posesión del título de técnico, por haber superado la formación profesional específica de grado medio, tienen acceso directo a las distintas modalidades de bachillerato.

2. Los módulos susceptibles de convalidación por estudios de formación profesional ocupacional o correspondencia con la práctica laboral son los que se especifican, respectivamente, en los apartados 4.3.1 y 4.3.2. del anexo de este decreto.

3. Las convalidaciones con las materias de bachillerato, en su caso, se establecen en el apartado 4.3.3 del anexo de este decreto».

2. Al artículo octavo se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

3. El apartado 3.5 «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XII de este decreto.

4. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo VII de este decreto.

Artículo octavo.

Se modifica el Decreto 224/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en administración de sistemas informáticos, en los términos que se especifican a continuación:

1. El artículo quinto queda redactado de la siguiente forma:

«Los criterios de prioridad en la admisión de alumnado para acceder a este ciclo formativo en centros sostenidos con fondos públicos son los que se expresan en el punto 4.1 del anexo de este decreto».

2. En el artículo sexto se sustituye el punto 2 por el siguiente:

«2. Las materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en el presente título son las que se expresan en el punto 4.2.2 del anexo de este decreto».

Y se añade un punto 3:

«3. Las titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia son las que se expresan en el punto 4.2.3. del anexo de este decreto».

3. Al artículo noveno se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

4. El apartado 3.5 «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XIII de este decreto.

5. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo VIII de este decreto.

Artículo noveno.

Se modifica el Decreto 223/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en desarrollo de aplicaciones informáticas, en los términos que se especifican a continuación:

1. El artículo quinto queda redactado de la siguiente forma:

«Los criterios de prioridad en la admisión de alumnado para acceder a este ciclo formativo en centros

sostenidos con fondos públicos son los que se expresan en el punto 4.1 del anexo de este decreto».

2. En el artículo sexto se sustituye el punto 2 por el siguiente:

«2. Las materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en el presente título son las que se expresan en el punto 4.2.2 del anexo de este decreto».

Y se añade un punto 3:

«3. Las titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia son las que se expresan en el punto 4.2.3. del anexo de este decreto».

3. Al artículo noveno se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

4. El apartado 3.5 «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XIII de este decreto.

5. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo IX de este decreto.

Artículo décimo.

Se modifica el Decreto 232/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en electromecánica de vehículos, en los términos que se especifican a continuación:

1. Los puntos 1 y 2 del artículo séptimo quedan redactados de la siguiente forma:

«1. Las personas que estén en posesión del título de técnico, por haber superado la formación profesional específica de grado medio, tienen acceso directo a las distintas modalidades de bachillerato.

2. Los módulos susceptibles de convalidación por estudios de formación profesional ocupacional o correspondencia con la práctica laboral son los que se especifican, respectivamente, en los apartados 4.3.1 y 4.3.2. del anexo de este decreto».

2. Al artículo octavo se le añade el párrafo siguiente:

«Las horas de libre disposición que se incluyen en este punto serán utilizadas por los centros educativos para reforzar, en los módulos asociados a unidades de competencia, las capacidades de formación profesional de base o de formación profesional específica, para dar respuesta a las características de los alumnos, y tener en cuenta las necesidades de desarrollo económico, social y de recursos humanos de su entorno socio-productivo».

3. El apartado 3.5 «Módulo profesional de formación y orientación laboral» queda redactado como figura en el anexo XII de este decreto.

4. El apartado 4 del anexo de dicho decreto queda redactado como figura en el anexo X de este decreto.

Artículo undécimo.-Requisitos mínimos de espacios formativos.

1. Los requisitos mínimos de espacios formativos para la impartición de los ciclos formativos de formación profesional específica son los que se indican en el anexo XIV del presente decreto.

El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio, prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

2. Los espacios formativos definidos para cada ciclo formativo podrán ser utilizados, de forma no simultánea, para otros ciclos formativos o para otras enseñanzas, siempre que las actividades formativas sean afines y se disponga de los equipamientos requeridos.

3. La autorización concedida a un centro para impartir un determinado ciclo, tras su solicitud, podrá ser extensiva a otros ciclos formativos de la misma familia profesional y del mismo grado del que ya tiene autorizado, tras la comprobación por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de que los espacios formativos sean similares y cumplan los requisitos requeridos para el nuevo ciclo.

4. Las instalaciones necesarias para impartir los ciclos formativos de formación profesional específica, señaladas como singulares en el anexo XIV, podrán situarse en un recinto distinto del resto de las instalaciones del centro educativo, garantizando la unidad funcional del centro y acreditando documentalmente que tiene concedida autorización para su uso exclusivo o preferente de las referidas instalaciones durante el tiempo en que tengan lugar las actividades formativas.

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria para dictar las disposiciones que sean precisas para la aplicación de lo dispuesto en este decreto.

Segunda.-El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, ventiuno de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I

Técnico en operaciones de cultivo acuícola

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Profesorado.

4.1.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de técnico en operaciones de cultivo acuícola.

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1Instalaciones y equipos de cultivoInstalaciones y equipos de cría y cultivoProfesor técnico de FP

2Técnicas del cultivo de moluscosProcesos de cultivo acuícola

(1)

Profesor de enseñanza secundaria

3Técnicas del cultivo de crustáceosProcesos de cultivo acuícola

(1)

Profesor de enseñanza secundaria

4Técnicas del cultivo de pecesProcesos de cultivo acuícola

(1)

Profesor de enseñanza secundaria

5Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresaFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

6Técnicas de cultivos auxiliaresInstalaciones y equipos de cría y cultivoProfesor técnico de FP

7Parámetros y condiciones de cultivoInstalaciones y equipos de cría y cultivoProfesor técnico de FP

8Relaciones en el entorno de trabajoFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

9Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

(1) Los profesores de enseñanza secundaria de la especialidad de biología y geología, en posesión del título de licenciado en biología o en ciencias del mar, tienen competencia docente para impartir este módulo profesional sin perjuicio de la prioridad y obligación que para impartir este módulo tienen los profesores de las especialidades citadas en la tabla.

4.1.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

Biología y geologíaProcesos de cultivo acuícolaProfesor de enseñanza secundaria

BiologíaProcesos de cultivo acuícolaProfesor de enseñanza secundaria

EconomíaFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

Economía y organización de empresasFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.1.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y administración pública

4.2. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado medio de operaciones de cultivo acuícola requiere, para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes espacios mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Taller instalación de cultivo300 m260 m45%

Laboratorio de análisis90 m60 m25%

Aula polivalente60 m40 m30%

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.3. Convalidaciones y correspondencias.

4.3.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.

-Instalaciones y equipos de cultivo.

-Técnicas del cultivo de moluscos.

-Técnicas del cultivo de crustáceos.

-Técnicas del cultivo de peces.

4.3.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Instalaciones y equipos de cultivo.

-Técnicas del cultivo de moluscos.

-Técnicas del cultivo de crustáceos.

-Técnicas del cultivo de peces.

-Formación en centros de trabajo.

-Formación y orientación laboral.

4.4. Distribución horaria.

* Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3º trimestre

110Instalaciones y equipos de cultivo

185Técnicas del cultivo de moluscos

80Técnicas del cultivo de custáceos

160Técnicas del cultivo de peces

80Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa

80Técnicas de cultivos auxiliares

80Parámetros y condiciones de los cultivos

55Relaciones en el entorno de trabajo

55Formación y orientación laboral

4º trimestre

740Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición del centro en este ciclo formativo son 75, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO II

Técnico en operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Profesorado.

4.1.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque:

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1Operación y mantenimiento de los equipos de propulsión y serviciosMáquinas, servicios y producciónProfesor técnico de FP

2

Instalaciones y máquinas eléctricas

Navegación e instalaciones marinas

Sistemas electrotécnicos y automáticos

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

3

Automatización: regulación y control

Navegación e instalaciones marinas

Sistemas electrotécnicos y automáticos

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

4Operación y mantenimiento de los sistemas frigoríficos y de producciónMáquinas, servicios y producción

Instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos

Profesor técnico de FP

Profesor técnico de FP

5Operaciones auxiliares de mantenimiento industrialMáquinas, servicios y producciónProfesor técnico de FP

6Seguridad, supervivencia y primeros auxilios en el marNavegación e instalaciones marinasProfesor de enseñanza secundaria

7Lengua extranjeraInglésProfesor de enseñanza secundaria

8Relaciones en el entorno de trabajoFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

9Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

4.1.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

Tecnología Industrial I y IISistemas electrónicos y automáticosProfesor de enseñanza secundaria

ElectrotecniaSistemas electrotécnicos y automáticosProfesor de enseñanza secundaria

EconomíaFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

Economía y organización de empresasFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.1.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Navegación e instalaciones marinas-Diplomado en máquinas navales-Diplomado en navegación marítima-Diplomado en radioelectrónica naval-Ingeniero técnico naval (todas sus especialidades)

Sistemas electrótecnicos y automáticos-Diplomado en radioeléctronica naval

-Ingeniero técnico aeronáutico (especialidad de aeronavegación).

-Ingeniero técnico en informática de sistemas

-Ingeniero técnico industrial (especialidad en electricidad y especialidad en electrónica industrial)

-Ingeniero técnico de telecomunicación (todas sus especialidades)

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y administración pública

4.2. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado medio de operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque requiere para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes espacios mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Taller de máquinas240 m180 m30%

Taller de electricidad/electrónica120 m90 m25%

Taller de seguridad y supervivencia120 m90 m15%

Aula polivalente60 m40 m30%

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.3. Convalidaciones y correspondencias.

4.3.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Operación y mantenimiento dos equipos de propulsión y servicios.

-Instalaciones y máquinas eléctricas.

-Operación y mantenimiento de los sistemas frigoríficos y de producción.

-Operaciones auxiliares de mantenimiento industrial.

-Seguridad, supervivencia y primeros auxilios en el mar.

4.3.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Operación y mantenimiento de los equipos de propulsión y servicios.

-Instalaciones y máquinas eléctricas.

-Automatización: regulación y control.

-Operación y mantenimiento de los sistemas frigoríficos y de producción.

-Operaciones auxiliares de mantenimiento industrial.

-Formación en centros de trabajo.

-Formación y orientación laboral.

4.4. Distribución horaria.

* Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3 trimestre

160Operación y mantenimiento de los equipos de propulsión y servicios

160Instalaciones y máquinas eléctricas

130Automatización: regulación y control

290Operaciones auxiliares de mantenimiento industrial

110Lengua extranjera (inglés)

55Relaciones en el entorno de trabajo

4º, 5º y 6º trimestre

165Operación y mantenimiento de los sistemas frigoríficos y de producción

110Seguridad, supervivencia y primeros auxilios en el mar

55Formación y orientación laboral

710Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición del centro en este ciclo formativo son 55, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO III

Técnico en pesca y transporte marítimo

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Profesorado.

4.1.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de pesca y transporte marítimo.

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1Administración del buqueNavegación e instalaciones marinasProfesor de enseñanza secundaria

2Estabilidad y maniobra del buqueMáquinas, servicios y producciónProfesor técnico de FP

3Navegación y comunicaciones del buqueMáquinas, servicios y producciónProfesor técnico de FP

4

Pesca: extracción y conservación

Máquinas, servicios y producción

Profesor especialista (1)

Profesor técnico de FP

Profesor especialista (1)

5Seguridad, supervivencia y primeros auxilios en el marNavegación e instalaciones marinasProfesor de enseñanza secundaria

6

Automatización, regulación y control

Navegación e instalaciones marinas

Sistemas electrónicos y automáticos

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

7Lengua extranjeraInglésProfesor de enseñanza secundaria

8Relaciones en el entorno de trabajoFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

9Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

(1)Profesor especialista de los previstos en el artículo 33.2º de la LOGSE.

4.1.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

Tecnología Industrial I y IISistemas electrotécnicos y automáticosProfesor de enseñanza secundaria

ElectrotecniaSistemas electrotécnicos y automáticosProfesor de enseñanza secundaria

EconomíaFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

Economía y organización de empresasFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.1.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Navegación e instalaciones marinas-Diplomado en máquinas navales-Diplomado en navegación marítima-Diplomado en radioelectrónica naval-Ingeniero técnico naval (todas sus especialidades)

Sistemas electrotécnicos y automáticos-Diplomado en radioelectrónica naval-Ingeniero técnico aeronáutico (especialidad de aeronavegación)-Ingeniero técnico en informática de sistemas-Ingeniero técnico industrial (especialidad en electricidad y especialidad en electrónica industrial)-Ingeniero técnico de telecomunicación (todas sus especialidades)

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y administración pública

4.2. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado medio de pesca y transporte marítimo requiere, para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes espacios mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Taller de artes y aparejos240 m180 m20%

Laboratorio de pesca60 m60 m15%

Taller de seguridad y supervivencia120 m90 m15%

Buque de prácticas(1)15%

Aula polivalente60 m40 m35%

(1) Espacio singular no necesariamente ubicado en el centro docente.

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.3. Convalidaciones y correspondencias.

4.3.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Administración del buque.

-Estabilidad y maniobra del buque.

-Navegación y comunicaciones del buque.

-Seguridad, supervivencia y primeros auxilios en el mar.

4.3.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Administración del buque.

-Estabilidad y maniobra del buque.

-Navegación y comunicaciones del buque.

-Pesca: extracción y conservación.

-Automatización: regulación y control.

-Formación en centros de trabajo.

-Formación y orientación laboral.

4.4. Distribución horaria.

* Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3 trimestre

110Seguridad, supervivencia y primeros auxilios en el mar

80Administración del buque

240Navegación y comunicaciones del buque

240Pesca: extracción y conservación

130Automatización: regulación y control

110Lengua extranjera (inglés)

4º, 5º y 6º trimestre

220Estabilidad y maniobra del buque

55Relaciones en el entorno de trabajo

55Formación y orientación laboral

710Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición del centro en este ciclo formativo son 50, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO IV

Técnico superior en producción acuícola

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Criterios de prioridad en la admisión de alumnado para acceder a este ciclo formativo.

En la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos a este ciclo formativo, cuando no existan plazas suficientes, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios de prioridad:

* Haber cursado alguna de las siguientes modalidades de bachillerato:

-Ciencias de la naturaleza y de la salud.

-Tecnología.

* El expediente académico del alumno, en el que se valorará sucesivamente la nota media y haber cursado la siguiente materia de bachillerato:

-Biología.

4.2. Profesorado.

4.2.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de producción acuícola.

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1Organización del proceso productivo acuícolaProcesos de cultivo acuícolaProfesor de enseñanza secundaria

2Cultivo de moluscosProcesos de cultivo acuícola

(1)

Profesor de enseñanza secundaria

3Cultivo de crustáceosProcesos de cultivo acuícola

(1)

Profesor de enseñanza secundaria

4Cultivo de pecesProcesos de cultivo acuícola

(1)

Profesor de enseñanza secundaria

5Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresaFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

6Producción de cultivos auxiliaresInstalaciones y equipos de cría y cultivoProfesor técnico de FP

7Relaciones en el entorno de trabajoFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

8Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

(1) Los profesores de enseñanza secundaria de la especialidad de biología y geología, en posesión del título de licenciado en biología o en ciencias del mar, tienen competencia docente para impartir este módulo profesional sin perjuicio de la prioridad y obligación que para impartir este módulo tienen los profesores de las especialidades citadas en la tabla.

4.2.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

Biología y geologíaProcesos de cultivo acuícolaProfesor de enseñanza secundaria

BiologíaProcesos de cultivo acuícolaProfesor de enseñanza secundaria

EconomíaFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

Economía y organización de empresasFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.2.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y administración pública

4.3. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado superior de producción acuícola requiere, para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes espacios mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Taller instalación de cultivo300 m260 m50%

Laboratorio de análisis90 m60 m15%

Aula polivalente60 m40 m35%

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.4. Convalidaciones, correspondencias y acceso a estudios universitarios.

4.4.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Cultivo de moluscos.

-Cultivo de crustáceos.

-Cultivo de peces.

-Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.

4.4.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Cultivo de moluscos.

-Cultivo de crustáceos.

-Cultivo de peces.

-Formación en centros de trabajo.

-Formación y orientación laboral.

4.4.3. Acceso a estudios universitarios.

-Diplomado en máquinas navales.

-Diplomado en navegación marítima.

-Diplomado en radioelectrónica naval.

-Ingeniero técnico aeronáutico (todas las especialidades).

-Ingeniero técnico agrícola (especialidad en industrias agrarias y alimentarias).

-Ingeniero técnico forestal (todas las especialidades).

-Ingeniero técnico industrial (todas las especialidades).

-Ingeniero técnico naval (todas las especialidades).

-Ingeniero técnico de telecomunicación (todas las especialidades).

4.5. Distribución horaria.

* Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3 trimestre

240Organización del proceso productivo acuícola

265Cultivo de moluscos

215Cultivo de peces

185Producción de cultivos auxiliares

4º, 5º y 6º trimestre

180Cultivo de crustáceos

80Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa

55Relaciones en el entorno do trabajo

55Formación y orientación laboral

230Proyecto integrado

440Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición del centro en este ciclo formativo son 55, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO V

Técnico en gestión administrativa

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Profesorado.

4.1.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de gestión administrativa.

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1Comunicación, archivo de la información y operatoria de tecladosProcesos de gestión administrativaProfesor técnico de F.P.

2

Gestión administrativa de compraventa

Procesos de gestión administrativa

Procesos comerciales

Profesor técnico de F.P.

Profesor técnico de F.P.

3Gestión administrativa de personalProcesos de gestión administrativaProfesor técnico de F.P.

4Contabilidad general y tesoreríaAdministración de empresasProfesor de enseñanza secundaria

5Productos y servicios financieros y de seguros, básicosAdministración de empresasProfesor de enseñanza secundaria

6Principios de gestión administrativa públicaProcesos de gestión administrativaProfesor técnico de F.P.

7

Aplicaciones informáticas

Procesos de gestión administrativa

Sistemas y aplicaciones informáticas

Profesor técnico de F.P.

Profesor técnico de F.P.

8Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

4.1.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

EconomíaAdministración de empresas

Formación y orientación laboral (1)

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza sedundaria

Economía y organización de empresasAdministración de empresas

Formación y orientación laboral (1)

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.1.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Administracióni de empresas-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en gestión y administración pública

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y administración pública.

4.2. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado medio de gestión administrativa requiere, para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes espacios mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Aula de gestión90 m60 m50%

Aula de informática60 m45 m25%

Aula polivalente60 m40 m25%

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.3. Convalidaciones y correspondencias.

4.3.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Comunicación, archivo de la información y operatoria de teclados.

-Gestión administrativa de compraventa.

-Gestión administrativa de personal.

-Contabilidad general y tesorería.

-Productos y servicios financieros y de seguros, básicos.

-Aplicaciones informáticas.

4.3.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Comunicación, archivo de la información y operatoria de teclados.

-Gestión administrativa de compraventa.

-Gestión administrativa de personal.

-Contabilidad general y tesorería.

-Productos y servicios financieros y de seguros, básicos.

-Aplicaciones informáticas.

-Formación y orientación laboral.

-Formación en centros de trabajo.

4.4. Distribución horaria.

* Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3 trimestre

160Comunicación, archivo de información y operatoria de teclado

80Gestión administrativa de compraventa

80Gestión administrativa de personal

130Contabilidad general y tesorería

130Productos y servicios financieros y de seguros, básicos

80Principios de gestión administrativa pública

160Aplicaciones informáticas

55Formación y orientación laboral

4º trimestre

340Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición del centro en este ciclo formativo son 85, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO VI

Técnico superior en desarrollo y aplicación de proyectos de construcción

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Criterios de prioridad en la admisión de alumnado para acceder a este ciclo formativo.

En la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos a este ciclo formativo, cuando no existan plazas suficientes, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios de prioridad:

* Haber cursado alguna de las siguientes modalidades de bachillerato:

-Ciencias de la naturaleza y de la salud.

-Tecnología.

* El expediente académico del alumno, en el que se valorará sucesivamente la nota media y haber cursado las siguientes materias de bachillerato:

-Dibujo técnico.

-Mecánica.

4.2. Profesorado.

4.2.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo for

mativo de desarrollo y aplicación de proyectos de construcción.

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1Normas y proyectos de construcciónConstrucciones civiles y edificaciónProfesor de enseñanza secundaria

2Representaciones de construcciónOficina de proyectos de construcciónProfesor técnico de F.P.

3Mediciones y valoracionesConstrucciones civiles y edificaciónProfesor de enseñanza secundaria

4Planes de obraConstrucciones civiles y edificaciónProfesor de enseñanza secundaria

5Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresaFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

6Proyecto de edificaciónOficina de proyectos de construcciónProfesor técnico de F.P.

7Proyecto de obra civilConstrucciones civiles y edificaciónProfesor de enseñanza secundaria

8Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

4.2.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

Dibujo técnicoConstrucciones civiles y edificaciónProfesor de enseñanza secundaria

Economía

Administración de empresas

Formación y orientación laboral (1)

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

Economía y organización de empresas

Administración de empresas

Formación y orientación laboral (1)

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.2.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Construcciones civiles y edificación-Arquitecto técnico-Ingeniero técnico industrial (todas las especialidades)-Ingeniero técnico de obras públicas (todas las especialidades)-Ingeniero técnico en topografía

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y administración pública

4.3. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado superior de desarrollo y aplicación de proyectos de construcción requiere,

para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes espacios mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Aula técnica90 m60 m85%

Aula polivalente60 m40 m15%

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.4. Convalidaciones, correspondencias y acceso a estudios universitarios.

4.4.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Representaciones de construcción.

-Mediciones y valoraciones.

-Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.

4.4.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Normas y proyectos de construcción.

-Representaciones de construcción.

-Mediciones y valoraciones.

-Formación en centros de trabajo.

-Formación y orientación laboral.

4.4.3. Acceso a estudios universitarios.

-Diplomado en máquinas navales.

-Diplomado en navegación marítima.

-Diplomado en radioelectrónica naval.

-Arquitecto técnico.

-Ingeniero técnico aeronáutico (todas las especialidades).

-Ingeniero técnico agrícola (especialidad en mecanización y construcciones rurales).

-Ingeniero técnico en diseño industrial.

-Ingeniero técnico industrial (todas las especialidades).

-Ingeniero técnico de minas (todas las especialidades).

-Ingeniero técnico naval (todas las especialidades).

-Ingeniero técnico en obras públicas (todas las especialidades).

-Ingeniero técnico en Topografía.

4.5. Distribución horaria.

* Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3 trimestre

265Normas y proyectos de construcción

350Representaciones de construcciones

130Planes de obra

80Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa

55Formación y orientación laboral

4º, 5º y 6º trimestre

110Mediciones y valoraciones

290Proyectos de edificación

260Proyecto de obra civil

380Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición del centro en este ciclo formativo son 80, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO VII

Técnico en equipos e instalaciones electrotécnicas

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Profesorado.

4.1.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de equipos e instalaciones electrotécnicas.

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1Instalaciones eléctricas de enlace y centros de transformaciónSistemas electrotécnicos y automáticosProfesor de enseñanza secundaria

2Instalaciones singulares en viviendas y edificiosInstalaciones electrotécnicas

Equipos electrónicos

Profesor técnico de FP

Profesor técnico de FP

3Instalaciones automatizadas en viviendas y edificiosInstalaciones electrotécnicasProfesor técnico de FP

4Mantenimiento de máquinas eléctricasInstalaciones electrotécnicasProfesor técnico de FP

5Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresaFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

6Relaciones en el equipo de trabajoFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

7CalidadSistemas electrotécnicos y automáticosProfesor de enseñanza secundaria

8Seguridad en las instalaciones eléctricasSistemas electrotécnicos y automáticosProfesor de enseñanza secundaria

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

9

Electrotecnia

Sistemas electrotécnicos y automáticos

Organización y proyectos de sistemas energéticos

Sistemas electrónicos

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

10Instalaciones eléctricas de interiorInstalaciones electrotécnicasProfesor técnico de FP

11Automatismos y cuadros eléctricosInstalaciones electrotécnicasProfesor técnico de FP

12Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

4.1.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

Tecnología industrial I y II

Sistemas electrotécnicos y automáticos

Sistemas electrónicos

Organización y proyectos de sistemas energéticos

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

Electrotecnia

Sistemas electrotécnicos y automáticos

Sistemas electrónicos

Organización y proyectos de sistemas energéticos

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

MecánicaOrganización y proyectos de sistemas energéticosProfesor de enseñanza secundaria

EconomíaFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

Economía y organización de empresasFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.1.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Sistemas electrotécnicos y automáticos-Diplomado en radioelectrónica naval-Ingeniero técnico aeronáutico (especialidad de aeronavegación)-Ingeniero técnico en informática de sistemas-Ingeniero técnico industrial (especialidad en electricidad)-Ingeniero técnico industrial (especialidad en electrónica industrial)-Ingeniero técnico de telecomunicación (todas sus especialidades)

Sistemas electrónicos-Diplomado en radioelectrónica naval-Ingeniero técnico aeronáutico (especialidad en aeronavegación)-Ingeniero técnico en informática de sistemas-Ingeniero técnico industrial (especialidad en electricidad)-Ingeniero técnico industrial (especialidad en electrónica industrial)-Ingeniero técnico de telecomunicación (todas sus especialidades)

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Organización y proyectos de sistemas energéticos-Ingeniero técnico industrial (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico aeronáutico (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico de obras públicas (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico de telecomunicación (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico naval (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico agrícola (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico de minas (todas sus especialidades)-Diplomado en máquinas navales

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y administración pública

4.2. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado medio de equipos e instalaciones electrotécnicas requiere, para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes espacios mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Taller de electricidad-electrónica120 m90 m40%

Taller de instalaciones electrotécnicas120 m90 m45%

Aula polivalente60 m40 m15%

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.3. Convalidaciones y correspondencias.

4.3.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Instalaciones eléctricas de interior.

-Instalaciones eléctricas de enlace y centros de transformación.

-Instalaciones singulares en viviendas y edificios.

-Instalaciones automatizadas en viviendas y edificios.

-Mantenimiento de máquinas eléctricas.

-Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.

-Electrotecnia.

-Automatismos y cuadros eléctricos.

4.3.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Instalaciones eléctricas de interior.

-Instalaciones eléctricas de enlace y centros de transformación.

-Instalaciones singulares en viviendas y edificios.

-Instalaciones automatizadas en viviendas y edificios.

-Mantenimiento de máquinas eléctricas.

-Electrotecnia.

-Automatismos y cuadros eléctricos.

-Formación y orientación laboral.

-Formación en centros de trabajo.

4.3.3. Convalidaciones con materias de bachillerato.

Módulo profesionalMateria del bachillerato

ElectrotecniaElectrotecnia

4.4. Distribución horaria.

* Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3 trimestre

185Electrotecnia

240Instalaciones eléctricas de interior

240Automatismos y cuadros eléctricos

55Relaciones en el equipo de trabajo

55Calidad

55Seguridad en las instalaciones eléctricas

55Formación y orientación laboral

4º, 5º y 6º trimestre

130Instalaciones eléctricas de enlace y centros de transformación

160Instalaciones singulares en viviendas y edificios

130Instalaciones automatizadas en viviendas y edificios

160Mantenimiento de máquinas eléctricas

80Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa

380Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición del centro en este ciclo formativo son 75, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO VIII

Técnico superior en administración de sistemas informáticos

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Criterios de prioridad en la admisión de alumnado para acceder a este ciclo formativo.

En la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos a este ciclo formativo, cuando no existan plazas suficientes, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios de prioridad:

* Haber cursado alguna de las siguientes modalidades de bachillerato:

-Ciencias de la naturaleza y de la salud.-Humanidades y ciencias sociales.

-Tecnología.

* El expediente académico del alumno, en el que se valorará la nota media.

4.2. Profesorado.

4.2.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de administración de sistemas informáticos.

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1Sistemas informáticos monousuario y multiusuarioSistemas y aplicaciones informáticasProfesor técnico de F.P.

2

Redes de área local

Informática

Sistemas electrónicos

Profesor de enseñanza secundaria

Profesor de enseñanza secundaria

3Implantación de aplicaciones informáticas de gestiónSistemas y aplicaciones informáticasProfesor técnico de F.P.

4Fundamentos de programaciónInformática Profesor de enseñanza secundaria

5Desarrollo de funciones en el sistema informáticoInformáticaProfesor de enseñanza secundaria

6Sistemas gestores de bases de datosInformática Profesor de enseñanza secundaria

7Relaciones en el entorno de trabajoFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

8Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

4.2.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

Tecnología industrial I y IISistemas electrónicosProfesor de enseñanza secundaria

ElectrotecniaSistemas electrónicosProfesor de enseñanza secundaria

EconomíaFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

Economía y organización de empresasFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.2.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades

del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Sistemas electrónicos-Diplomado en radioelectrónica naval-Ingeniero técnico aeronáutico (especialidad de aeronavegación)-Ingeniero técnico en informática de sistemas-Ingeniero técnico Industrial (especialidad de electricidad)-Ingeniero técnico industrial (especialidad de electrónica industrial)-Ingeniero técnico de telecomunicación (todas sus especialidades)

Informática-Diplomado en estadística-Ingeniero técnico en informática de gestión-Ingeniero técnico en informática de sistemas

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y Administración pública

4.3. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado superior de administración de sistemas informáticos requiere, para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Aula de informática60 m45 m50%

Aula polivalente60 m40 m50%

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.4. Convalidaciones, correspondencias y acceso a estudios universitarios.

4.4.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Sistemas informáticos monousuario y multiusuario.

-Redes de área local.

-Implantación de aplicaciones informáticas de gestión.

-Sistemas gestores de bases de datos.

4.4.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Sistemas informáticos monousuario y multiusuario.

-Redes de área local.

-Implantación de aplicaciones informáticas de gestión.

-Sistemas gestores de bases de datos.

-Formación y orientación laboral.

-Formación en centro de trabajo.

4.4.3. Acceso a estudios universitarios.

-Maestro (todas sus especialidades).

-Diplomado en biblioteconomía y documentación.

-Diplomado en ciencias empresariales.

-Diplomado en educación social.

-Diplomado en estadística.

-Diplomado en gestión y administración pública.

-Diplomado en relaciones laborales.

-Diplomado en trabajo social.

-Diplomado en turismo.

-Ingeniero técnico en informática de gestión.

-Ingeniero técnico en informática de sistemas.

4.5. Distribución horaria.

-Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3 trimestre

240Sistemas informáticos monousuario y multiusuario

265Redes de área local

265Fundamentos de programación

55Relaciones en el entorno de trabajo

55Formación y orientación laboral

4º, 5º y 6º trimestre

185Implantación de aplicaciones informáticas de gestión

160Desarrollo de funciones en el sistema informático

185Sistemas gestores de base de datos

130Proyecto integrado

380Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición del centro en este ciclo formativo son 80, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO IX

Técnico superior en desarrollo de aplicaciones informáticas

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Criterios de prioridad en la admisión de alumnado para acceder a este ciclo formativo.

En la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos a este ciclo formativo, cuando no existan plazas suficientes, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios de prioridad:

* Haber cursado alguna de las siguientes modalidades de bachillerato:

-Ciencias de la naturaleza y de la salud.

-Humanidades y ciencias sociales.

-Tecnología.

* El expediente académico del alumno, en el que se valorará la nota media.

4.2. Profesorado.

4.2.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de desarrollo de aplicaciones informáticas.

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1Sistemas informáticos multiusuario y en redSistemas y aplicaciones informáticasProfesor técnico de FP

2Análisis y diseño detallado de aplicaciones informáticas de gestiónInformáticaProfesor de enseñanza secundaria

3Programación en lenguajes estructuradosInformática Profesor de enseñanza secundaria

4Desarrollo de aplicaciones en entornos de cuarta generación y con herramientas CASEInformáticaProfesor de enseñanza secundaria

5Diseño y realización de servicios de presentación en entornos gráficosSistemas y aplicaciones informáticasProfesor técnico de FP

6Relaciones en el entorno de trabajoFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

7Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

4.2.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

EconomíaFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

Economía y organicación de empresasFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.2.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades

del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencia las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Informática-Diplomado en estadística-Ingeniero técnico en informática de gestión-Ingeniero técnico en informática de sistemas

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y administración pública

4.3. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado superior de desarrollo de aplicaciones informáticas requiere, para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes espacios mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Aula de informática60 m45 m50%

Aula polivalente60 m40 m50%

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.4. Convalidaciones, correspondencias y acceso a estudios universitarios.

4.4.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Sistemas informáticos multiusuario y en red.

-Programación en lenguajes estructurados.

-Desarrollo de aplicaciones en entornos de cuarta generación y con herramientas CASE.

4.4.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Sistemas informáticos multiusuario y en red.

-Programación en lenguajes estructurados.

-Desarrollo de aplicaciones en entornos de cuarta generación y con herramientas CASE.

-Formación y orientación laboral.

-Formación en centros de trabajo.

4.4.3. Acceso a estudios universitarios.

-Maestro (todas sus especialidades).

-Diplomado en biblioteconomía y documentación.

-Diplomado en ciencias empresariales.

-Diplomado en educación social.

-Diplomado en estadística.

-Diplomado en gestión y administración pública.

-Diplomado en relaciones laborales.

-Diplomado en trabajo social.

-Diplomado en turismo.

-Ingeniero técnico en informática de gestión.

-Ingeniero técnico en informática de sistemas.

4.5. Distribución horaria.

* Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3 trimestre

240Sistemas informáticos multiusuarios y en red

265Análisis y diseño detallado de aplicaciones informáticas de gestión

320Programación en lenguajes estructurados

55Formación y orientación laboral

4º, 5º y 6º trimestre

220Desarrollo de aplicaciones en entornos de cuarta generación y con herramientas CASE

220Diseño y realización de servicios de presentación en entornos gráficos

55Relaciones en el entorno de trabajo

165Proyecto integrado

380Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición en este ciclo formativo son 80, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO X

Técnico en electromecánica de vehículos

4. Ordenación académica e impartición.

4.1. Profesorado.

4.1.1. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de electromecánica de vehículos.

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

1MotoresMantenimiento de vehículosProfesor técnico de FP

2Sistemas auxiliares del motorMantenimiento de vehículosProfesor técnico de FP

3Circuitos de fluidos. Suspensión y direcciónMantenimiento de vehículosProfesor técnico de FP

Módulo profesionalEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

4Sistemas de transmisión y frenoMantenimiento de vehículosProfesor técnico de FP

5Circuitos electrotécnicos básicos. Sistemas de carga y arranque del vehículoOrganización y procesos de mantenimiento de vehículosProfesor de enseñanza secundaria

6Circuitos eléctricos auxiliares del vehículoOrganización y procesos de mantenimiento de vehículosProfesor de enseñanza secundaria

7Sistemas de seguridad y confortabilidadMantenimiento de vehículosProfesor técnico de FP

8Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresaFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

9Técnicas de mecanizado para el mantenimiento de vehículosMantenimiento de vehículos

Mecanizado y mantenimiento de máquinas

Profesor técnico de FP

Profesor técnico de FP

10Seguridad en el mantenimiento de vehículosOrganización y procesos de mantenimiento de vehículosProfesor de enseñanza secundaria

11Formación y orientación laboralFormación y orientación laboralProfesor de enseñanza secundaria

4.1.2. Materias de bachillerato que pueden ser impartidas por el profesorado de las especialidades relacionadas en este decreto.

MateriasEspecialidad

del profesorado

Cuerpo

MecánicaOrganización y procesos de mantenimineto de vehículosProfesor de enseñanza secundaria

Tecnología industrial I y IIOrganización y procesos de mantenimiento de vehículosProfesor de enseñanza secundaria

EconomíaFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

Economía y organización de empresasFormación y orientación laboral (1)Profesor de enseñanza secundaria

(1) Título de licenciado en administración y dirección de empresas, licenciado en ciencias empresariales, licenciado en ciencias actuariales y financieras, licenciado en economía, licenciado en investigación y técnicas de mercado, diplomado en ciencias empresariales y diplomado en gestión y administración pública.

4.1.3. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia.

* Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de este título son las que figuran en la tabla. También son equivalentes a efectos de docencias las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real decreto 1954/1994, de 30 de septiembre.

Especialidad del profesorado

Titulación declarada equivalente a

efectos de docencia

Organización y procesos de mantenimiento de vehículos-Diplomado en navegación marítima-Diplomado en radioelectrónica naval-Diplomado en máquinas navales-Ingeniero técnico aeronáutico (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico agrícola (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico forestal (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico de minas (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico naval (especialidad en propulsión y servicios del buque)-Ingeniero técnico de obras públicas (todas sus especialidades)-Ingeniero técnico industrial (todas sus especialidades)

Formación y orientación laboral-Diplomado en ciencias empresariales-Diplomado en relaciones laborales-Diplomado en trabajo social-Diplomado en educación social-Diplomado en gestión y administración pública

* Las titulaciones declaradas equivalentes, a efectos de docencia, para el ingreso en las especialidades del cuerpo de profesores de técnicos de formación profesional de este título son las que figuran en la tabla.

Especialidad del profesoradoTitulación declarada equivalente a efectos de docencia

Mantenimiento de vehículosTécnico superior en automoción

Mecanizado y mantenimiento de máquinasTécnico superior en producción por mecanizado

4.2. Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir estas enseñanzas.

De conformidad con lo establecido en el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, el ciclo formativo de formación profesional de grado medio de electromecánica de vehículos requiere, para la impartición de las enseñanzas relacionadas en este decreto, los siguientes espacios mínimos:

Espacio formativo

Superficie

(30 alumnos)

Superficie

(20 alumnos)

Grado de

utilización

Taller mecánica de automoción300 m270 m65%

Taller de electricidad y neumohidráulica90 m60 m20%

Aula polivalente60 m40 m15%

* La superficie indicada en la segunda columna de la tabla corresponde al número de puestos escolares establecido en el artículo 35 del Real decreto 1004/1991, de 14 de junio. Podrán autorizarse unidades para menos de treinta puestos escolares, por lo que será posible reducir los espacios formativos proporcionalmente al número de alumnos, tomando como referencia para la determinación de las superficies necesarias las cifras indicadas en las columnas segunda y tercera de la tabla.

* El grado de utilización expresa en tanto por ciento la ocupación en horas del espacio prevista para la impartición de las enseñanzas, por un grupo de alumnos, respecto de la duración total de estas enseñanzas.

* En el margen permitido por el grado de utilización, los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por otros grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, u otras etapas educativas.

* En todo caso, las actividades de aprendizaje asociadas a los espacios formativos (con la ocupación expresada por el grado de utilización) podrán realizarse en superficies utilizadas también para otras actividades formativas afines.

* No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

4.3. Convalidaciones y correspondencias.

4.3.1. Módulos profesionales que pueden ser objeto de convalidación con la formación profesional ocupacional.

-Motores.

-Sistemas auxiliares del motor.

-Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección.

-Sistemas de transmisión y freno.

-Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo.

-Sistemas de seguridad y confortabilidad.

-Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.

-Técnicas de mecanizado para el mantenimiento de vehículos.

4.3.2. Módulos profesionales que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral.

-Motores.

-Sistemas auxiliares del motor.

-Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección.

-Sistemas de transmisión y freno.

-Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo.

-Sistemas de seguridad y confortabilidad.

-Formación en centros de trabajo.

-Formación y orientación laboral.

4.4. Distribución horaria.

-Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizan de la siguiente forma:

Horas totalesDenominación de los módulos

1º, 2º y 3 trimestre

160Motores

210Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección

210Circuitos electrotécnicos básicos. Sistemas de carga y arranque del vehículo

80Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa

110Técnicas de mecanizado para el mantenimiento del vehículo

55Seguridad en el mantenimiento de vehículos

55Formación y orientación laboral

4º, 5º y 6º trimestre

220Sistemas auxiliares del motor

165Sistemas de transmisión y frenado

145Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo

130Sistemas de seguridad y de confortabilidad

380Formación en centros de trabajo

* Las horas de libre disposición del centro en este ciclo formativo son 80, que se utilizarán en los tres primeros trimestres.

ANEXO XI

Módulo profesional 8 (transversal): Relaciones en el entorno de trabajo

Capacidades terminales elementales

* Describir las distintas vías y sentidos de la comunicación en el ámbito laboral que permitan recibir y emitir instrucciones e información, así como intercambiar ideas, asignar tareas y coordinar proyectos.

* Utilizar eficazmente los sistemas de información en el medio laboral.

* Analizar los conflictos que se originen en el entorno de trabajo y darles respuesta mediante la nego

ciación y participación de todos los miembros del grupo.

* Aplicar el método adecuado para preparar una negociación, identificando las estrategias idóneas para la resolución de conflictos en la empresa.

* Identificar los aspectos que caracterizan el proceso de toma de decisiones respetando y teniendo en cuenta las opiniones de los demás.

* Liderar un equipo de trabajo adoptando el estilo más apropiado en cada situación.

* Analizar comparativamente las funciones de dirección o mando y las de liderazgo, teniendo en cuenta el tipo de autoridad que se ejerce y la responsabilidad que entrañan las tareas y compromisos asumidos.

* Conducir, moderar y/o participar en reuniones colaborando activamente o consiguiendo la colaboración de los participantes.

* Describir las teorías y principios que sustentan la dinámica de grupos, así como las ventajas del trabajo en grupo frente al trabajo individual.

* Impulsar el proceso de motivación en el entorno laboral, facilitando la mejora en el ambiente de trabajo y el compromiso de las personas con los objetivos de la empresa.

* Dinamizar los factores que favorecen la motivación en el trabajo y en especial las políticas generales de empresa sobre recursos humanos.

Contenidos (duración 55 horas)

Contenidos procedimentales

Comunicación en la empresa:

* Producción de documentos.

* Descripción de las diferentes formas y tipos de envío de información y documentación.

* Identificación de las alteraciones producidas en la comunicación de un mensaje, en el que existe disparidad entre lo emitido y lo percibido.

* Análisis de los procedimientos de control de entrada y salida de documentación e información.

Conflictos:

* Identificación de la existencia de un conflicto.

* Análisis de las causas del conflicto.

* Selección de la alternativa adecuada para la resolución del conflicto.

* Elección de supuestos conflictivos de actualidad al objeto de elaborar un método para la recogida de información del conflicto, evaluación de los intereses puestos en juego y procedimiento interno para su solución.

Negociación:

* Identificación de los principales aspectos de la negociación.

* Aplicación de las técnicas concretas de negociación.

* Cierre de la negociación.

Toma de decisiones:

* Identificación de los aspectos que caracterizan el proceso de toma de decisiones.

* Análisis de los factores que influyen en una decisión.

* Determinación de la alternativa más adecuada aplicando el método de búsqueda.

Liderazgo:

* Análisis comparativo de las funciones de dirección y las de liderazgo, teniendo en cuenta el tipo de autoridad que se ejerce.

* Investigación mediante entrevistas u observaciones sobre el estilo de mando que predomina en las empresas del sector.

* Delimitación del papel y competencias del mando intermedio.

Conducción y dirección de equipos de trabajo:

* Análisis de la incidencia de la dinámica de grupos en el mundo laboral.

* Selección de la técnica de trabajo en grupo más adecuada en función de las variables grupales.

* Determinación de las habilidades sociales más elementales para conducir una reunión de trabajo.

* Identificación de las distintas tipologías de participantes.

* Descripción de problemas que pueden desencadenarse en el desarrollo de una reunión, y propuesta de solución.

* Simulación del desarrollo de una reunión de trabajo en la que se debe tomar una decisión sobre un problema laboral.

Motivación en el entorno laboral:

* Análisis del proceso de motivación tomando ejemplos de la realidad.

* Identificación de los elementos del proceso de la motivación diferenciando el significado de cada uno de ellos.

* Contraste de las teorías de la motivación estableciendo relaciones entre ellas.

* Análisis de la actitud humana ante el trabajo.

* Selección de incentivos según las actitudes constatadas.

* Aplicación de incentivos y sus efectos.

Contenidos conceptuales:

La comunicación en la empresa:

* Tipos de comunicación.

* Etapas de un proceso de comunicación.

* Canales y redes de comunicación.

* Dificultades y barreras en la comunicación.

* Recursos para manipular los datos de la percepción.

* Comunicación en la empresa.

* Control de la información.

Conflictos:

* Clases.

* Causas.

* Formas de exteriorización.

* Solución de conflictos.

Negociación:

* Condiciones.

* Estilos de negociación.

* Fases en una negociación.

Toma de decisiones:

* Factores que influyen en la toma de decisiones.

* Fases del proceso decisorio.

* Tipos de decisiones.

Liderazgo:

* Características.

* Teorías del liderazgo.

* Estilos de dirección.

* Supervisión del trabajo.

* Delegación eficaz.

* Políticas de empresa.

Conducción y dirección de equipos de trabajo:

* Características de los grupos.

* Funcionamiento de los grupos.

* Técnicas de dinámica y dirección de grupos.

* Tipos de reuniones.

* Preparación de reuniones.

* Desarrollo.

* Problemas que presentan las reuniones.

Motivación en el entorno laboral:

* Concepto.

* Principales teorías de motivación.

* Factores motivacionales.

* Sistemas de motivación en el entorno laboral: programas de formación y políticas salariales.

Contenidos actitudinales

La comunicación en la empresa:

* Cuidado en la elaboración y la transmisión de mensajes para facilitar su comprensión.

* Reacción creativa ante las barreras comunicativas.

* Aceptación de la necesidad de integrar los propios comunicados en un sistema de información empresarial planificado.

* Hábito y capacidad para el manejo de grandes bloques de información sintetizando su contenido en función de los objetivos y destinatarios.

Conflictos:

* Cordialidad a la hora de establecer relaciones con los demás.

* Respeto ante opiniones, conductas o ideas no coincidentes con las propias, demostrando una actitud tolerante con ellas.

* Comportamiento hábil para manipular situaciones de confrontación entre individuos.

* Comportamiento responsable y coherente para resolver un conflicto.

Negociación:

* Sensibilización para captar los matices de una negociación, valorando sus implicaciones.

* Imparcialidad a la hora de escuchar cada una de las partes.

* Apreciación del poder de influencia.

* Destreza para elegir la alternativa de resolución más adecuada.

Toma de decisiones:

* Toma de conciencia de la importancia que implica el proceso de toma de decisiones para la vida personal, social y laboral.

* Valoración crítica de las técnicas que se utilizan en la resolución de problemas.

* Predisposición responsable para aceptar la toma de decisión que el grupo hubiese considerado como la más adecuada.

* Responsabilidad en la acción de integrar las decisiones adoptadas en el ámbito laboral.

Liderazgo:

* Valoración de la entrega y la responsabilidad que implican las funciones de dirección.

* Cuidado en el modo y la forma de organizar y dirigir las tareas de los subordinados.

* Aplicación de los mecanismos necesarios para realizar una delegación eficaz.

* Interés y curiosidad por descubrir las posibilidades y tipos de liderazgo en un mismo y en los miembros de los grupos a los que se pertenece.

Conducción/dirección de equipos de trabajo:

* Fomento de iniciativas dirigidas al trabajo en grupo.

* Toma de conciencia de que la participación y colaboración son necesarias para el logro de los objetivos de la empresa.

* Valoración del papel y competencias del mando intermedio en una organización.

* Respeto por las personas y su libertad individual dentro de un grupo social.

Motivación en el entorno laboral:

* Valoración de la influencia de la motivación en el desarrollo profesional.

* Responsabilidad ante los perjuicios existentes acerca de las actividades humanas en el mundo laboral.

* Fomento de los sistemas de motivación de carácter responsable y creativo, y que potencien el desarrollo personal.

ANEXO XII

Ciclos formativos de grado medio

Módulo profesional de formación y orientación laboral

Capacidades terminales elementales

* Analizar las situaciones de riesgo más habituales en el ámbito laboral que puedan afectar a la salud.

* Aplicar, en el ámbito laboral, las medidas de protección y prevención que correspondan a las situaciones de riesgos existentes.

* Analizar las actuaciones para seguir en el caso de accidentes de trabajo.

* Aplicar las medidas sanitarias básicas inmediatas en el lugar del accidente en situaciones simuladas.

* Analizar las formas y procedimientos de inserción en la realidad laboral como trabajador por cuenta propia o por cuenta ajena.

* Analizar las propias capacidades e intereses, así como los itinerarios profesionales más idóneos.

* Identificar el proceso para una buena orientación e integración del trabajador en la empresa.

* Identificar las ofertas de trabajo en el sector productivo referido a sus intereses.

* Analizar los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.

* Describir el sistema de protección social.

* Analizar la evolución socio-económica del sector productivo en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Contenidos (duración 55 horas)

Contenidos procedimentales

Salud laboral:

* Localización de la normativa aplicable en materia de seguridad, tanto para la empresa como para los trabajadores.

* Aplicación de las medidas sanitarias básicas inmediatas en el lugar del accidente, en una situación simulada.

* Identificación de los factores de riesgo en un contexto concreto.

* Determinación de las formas de actuación ante los riesgos encontrados.

* Identificación de anomalías en las máquinas y herramientas del taller.

* Determinación de los equipos de protección individual.

Legislación y relaciones laborales:

* Identificación de las distintas modalidades de contratación.

* Identificación de los derechos y obligaciones de los empresarios y trabajadores.

* Interpretación de un convenio colectivo, relacionándolo con las normas del Estatuto de los trabajadores.

* Elaboración de una nómina.

* Aplicación de la normativa de la Seguridad Social en cada caso concreto.

Orientación e inserción socio-laboral:

* Elaboración del currículum vitae y sus actividades complementarias.

* Identificación y definición de actividades profesionales.

* Localización de instituciones formativas, investigación y temporalización de sus planes de estudios.

El sector productivo en la Comunidad Autónoma de Galicia:

* Análisis de una empresa del sector.

* Comparación y clasificación de las distintas empresas del sector.

* Lectura y análisis de un convenio colectivo del sector.

Contenidos conceptuales

Salud laboral:

* Condiciones de trabajo y seguridad.

* Factores de riesgo: físicos, químicos, biológicos y organizativos.

* Daños profesionales.

* Medidas de prevención y protección.

* Marco legal de prevención laboral.

* Notificación e investigación de accidentes.

* Estadística para la seguridad.

* Primeros auxilios.

Legislación y relaciones laborales:

* Derecho laboral estatal y comunitario.

* Contrato de trabajo.

* Modalidades de contratación.

* Modificación, suspensión y extinción de la relación laboral.

* Órganos de representación de los trabajadores.

* Convenios colectivos.

* Conflictos colectivos.

* Seguridad Social y otras prestaciones.

Orientación e inserción socio-laboral:

* Mercado de trabajo.

* La autoorientación profesional.

* El proceso de búsqueda de empleo. Fuentes de información y empleo.

* Trabajo asalariado, en la Administración y por cuenta propia. La empresa social.

* Análisis y evaluación del propio potencial profesional y de los intereses personales.

* Itinerarios formativos/profesionalizadores.

El sector productivo en la Comunidad Autónoma de Galicia:

* Tipología y funcionamiento de las empresas.

* Evolución socio-económica del sector.

* Situación y tendencia del mercado de trabajo.

Contenidos actitudinales

* Respeto por la salud personal y colectiva.

* Interés por las condiciones de salud en el trabajo.

* Valoración del medio ambiente como patrimonio común.

* Interés por conocer y respetar las disposiciones legales por las que se rigen los contratos laborales.

* Valoración de la necesidad del cumplimiento de la normativa laboral.

* Igualdad ante las diferencias socio-culturales y trato no discriminatorio en todos los aspectos inherentes a la relación laboral.

* Toma de conciencia de los valores personales.

* Actitud emprendedora y creativa para adaptarse a las propias necesidades y aspiraciones.

* Preocupación por el mantenimiento de la ética profesional.

ANEXO XIII

Ciclos formativos de grado superior

Módulo profesional de formación y orientación laboral

Capacidades terminales elementales

* Analizar las situaciones de riesgo más habituales en el ámbito laboral que puedan afectar a la salud.

* Aplicar, en el ámbito laboral, las medidas de protección y prevención que correspondan a las situaciones de riesgo existentes.

* Analizar las actuaciones que se seguirán en caso de accidentes de trabajo.

* Aplicar las medidas sanitarias básicas inmediatas en el lugar del accidente, en situaciones simuladas.

* Analizar las formas y procedimientos de inserción en la realidad laboral como trabajador por cuenta propia o por cuenta ajena.

* Analizar las propias capacidades e intereses, así como los itinerarios profesionales más idóneos.

* Identificar el proceso para una buena orientación e integración del trabajador en la empresa.

* Identificar las ofertas de trabajo en el sector productivo referido a sus intereses.

* Analizar los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.

* Describir el sistema de protección social.

* Interpretar los datos de la estructura socioeconómica de la Comunidad Autónoma de Galicia, identificando las diferentes variables implicadas y las consecuencias de sus posibles variaciones.

* Analizar la organización y la situación económica de una empresa del sector, interpretando los parámetros económicos que la determinan.

* Analizar el tejido empresarial de Galicia comparándolo con el de otras comunidades autónomas.

* Analizar la evolución socio-económica del sector productivo en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Contenidos (duración 55 horas)

Contenidos procedimentales

Salud laboral:

* Localización de la normativa aplicable en materia de seguridad tanto para la empresa como para los trabajadores.

* Aplicación de las medidas sanitarias básicas inmediatas en el lugar del accidente en una situación simulada.

* Identificación de los factores de riesgo en un contexto concreto.

* Determinación de las formas de actuación ante los riesgos encontrados.

* Identificación de anomalías en las máquinas y herramientas del taller.

* Determinación de los equipos de protección individual.

Legislación y relaciones laborales:

* Identificación de las distintas modalidades de contratación.

* Identificación de los derechos y obligaciones de los empresarios y trabajadores.

* Interpretación de un convenio colectivo, relacionándolo con las normas del Estatuto de los trabajadores.

* Elaboración de una nómina.

* Aplicación de la normativa de la Seguridad Social en cada caso concreto.

Orientación e inserción socio-laboral:

* Elaboración del currículum vitae y sus actividades complementarias.

* Identificación y definición de actividades profesionales.

* Localización de instituciones formativas, investigación y temporalización de sus planes de estudios.

Principios de economía:

* Lectura e interpretación de diferentes artículos de prensa y de textos técnicos sobre diferentes temas económicos.

* Manejo e interpretación de tablas económicas.

* Analizar las causas o variables que pueden influir en la inversión, consumo y ahorro, tanto en las economías domésticas como en las empresas.

Economía y organización de la empresa:

* Análisis de las empresas de la localidad donde esté situado el instituto para estudiar las características generales, comerciales, financieras, etc.

* Confección de organigramas de diferentes empresas y estudio de las necesidades específicas de cada una.

El sector productivo en la Comunidad Autónoma de Galicia:

* Análisis de una empresa del sector.

* Comparación y clasificación de las distintas empresas del sector.

* Lectura y análisis de un convenio colectivo del sector.

Contenidos conceptuales

Salud laboral:

* Condiciones de trabajo y seguridad.

* Factores de riesgos: físicos, químicos, biológicos y organizativos.

* Daños profesionales.

* Medidas de prevención y protección.

* Marco legal de prevención laboral.

* Notificación e investigación de accidentes.

* Estadística para la seguridad.

* Primeros auxilios.

Legislación y relaciones laborales:

* Derecho laboral estatal y comunitario.

* Contrato de trabajo.

* Modalidades de contratación.

* Modificación, suspensión y extinción de la relación laboral.

* Órganos de representación de los trabajadores.

* Convenios colectivos.

* Conflictos colectivos.

* Seguridad Social y otras prestaciones.

Orientación e inserción socio-laboral:

* Mercado de trabajo.

* La autoorientación profesional.

* El proceso de búsqueda de empleo. Fuentes de información y empleo.

* Trabajo asalariado, en la Administración y por cuenta propia. La empresa social.

* Análisis y evaluación del propio potencial profesional y de los intereses personales.

* Itinerarios formativos y profesionalizadores.

Principios de economía:

* Variables macroeconómicas e indicadores socioeconómicos.

* Relaciones socioeconómicas internacionales.

Economía y organización de la empresa:

* La empresa: tipos de modelos organizativos. Áreas funcionales. Organigramas.

* Funcionamiento económico de la empresa:

-Patrimonio de la empresa.

-Obtención de recursos: financiación propia y ajena.

-Interpretación de estados de cuentas anuales.

-Costes fijos y variables.

El sector productivo en la Comunidad Autónoma de Galicia:

* Tipología y funcionamiento de las empresas.

* Evolución socio-económica del sector.

* Situación y tendencia del mercado de trabajo.

Contenidos actitudinales

* Respeto por la salud personal y colectiva.

* Interés por las condiciones de salud en el trabajo.

* Valoración del medio ambiente como patrimonio común.

* Interés por conocer y respetar las disposiciones legales por las que se rigen los contratos laborales.

* Valoración y cumplimiento de la normativa laboral.

* Igualdad ante las diferencias socio-culturales y trato no discriminatorio en todos los aspectos inherentes a la relación laboral.

* Toma de conciencia de los valores personales.

* Actitud emprendedora y creativa para adaptarse a las propias necesidades y aspiraciones.

* Preocupación por el mantenimiento de la ética profesional.

* Valoración de la importancia de la utilización de los bienes de uso común y público, así como bienes libres de uso cotidiano, como por ejemplo el agua.

* Valoración crítica de una economía de mercado.

* Valoración positiva de la actuación del trabajo en equipo.

* Toma de conciencia de que las cooperativas se están constituyendo con la finalidad fundamental de crear empleo.

ANEXO XIV

REQUISITOS MÍNIMOS DE ESPACIOS FORMATIVOS

Familia profesional

Ciclo formativo

Espacio formativo

Superficie m

30 alumnos

Superficie m

20 alumnos

Grado

utilización %

Actividades agrariasExplotaciones agrarias extensivasAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller agrario

Alojamientos ganaderos (1)

Finca: superficie de cultivos (1)

60

90

150

350

5 ha

40

60

120

350

5 ha

20

20

15

20

25

Explotaciones agrícolas intensivasAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller agrario

Superficie de cultivos (1)

60

90

150

2 ha

40

60

120

2 ha

25

25

15

35

Explotaciones ganaderasAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller agrario

Alojamientos ganaderos (1)

Finca: superficie de cultivos (1)

60

90

150

750

5 ha

40

60

120

750

5 ha

15

20

15

30

20

JardineríaAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller agrario

Superficie de vivero y jardín (1)

60

90

150

1 ha

40

60

120

1 ha

20

25

15

40

Trabajos forestales y de conservación del medio naturalAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller agrario

Finca: espacio natural (1)

60

90

150

5 ha

40

60

120

5 ha

20

20

15

45

Gestión y organización de empresas agropecuariasAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller agrario

Alojamientos ganaderos (1)

Finca: superficie de cultivos (1)

60

90

150

750

5 ha

40

60

120

750

5 ha

25

20

15

15

25

Gestión y organización de recursos naturales y paisajísticosAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller agrario

Finca: espacio natural (1)

Superficie de vivero y de jardín (1)

60

90

150

5 ha

1 ha

40

60

120

5 ha

1 ha

25

20

15

20

20

Actividades físicas y deportivasConducción de actividades físico-deportivas en el medio naturalAula polivalente

Taller de bicicletas

Gimnasio

Cuadras (1)

Baja y media montaña (1)

60

90

90

150-

40

60

90

150-

30

10

10

15

35

Animación de actividades físicas y deportivasAula polivalente

Gimnasio

Pista Polideportiva

Piscina (1)

60

90

44x22 m

25 m largo

40

90

44x22 m

25 m largo

30

20

40

10

Actividades marítimo pesquerasBuceo a media profundidad Aula polivalente

Taller de buceo/embarcación

Piscina (4 m de profundidad)

60

240

25 m largo

40

180

25 m largo

35

45

20

Operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buqueAula polivalente

Taller de electricidad/electrónica

Taller de máquinas

Taller de seguridad y supervivencia

60

120

240

120

40

90

180

90

30

25

30

15

Operaciones de cultivo acuícolaAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller/instalación de cultivo

60

90

300

40

60

260

30

25

45

Pesca y transporte marítimoAula polivalente

Laboratorio de pesca

Taller de artes y aparejos

Taller de seguridad y supervivencia

Buque de prácticas (1)

60

60

240

120-

40

60

180

90-

35

15

20

15

15

Navegación, pesca y transporte marítimoAula polivalente

Laboratorio de pesca

Taller de artes y aparejos

Taller de seguridad y supervivencia

Buque de prácticas (1)

60

60

240

120-

40

60

180

90-

35

20

15

15

15

Producción acuícolaAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller/instalación de cultivo

60

90

300

40

60

260

35

15

50

Familia profesional

Ciclo formativo

Espacio formativo

Superficie m

30 alumnos

Superficie m

20 alumnos

Grado

utilización %

Supervisión y control de máquinas e instalaciones del buqueAula polivalente

Taller de electricidad-electrónica

Taller de máquinas

Taller de seguridad y supervivencia

60

120

240

120

40

90

180

90

30

25

30

15

AdministraciónGestión administrativaAula polivalente

Aula de informática

Aula de gestión

60

60

90

40

45

60

25

25

50

Administración y finanzasAula polivalente

Aula de informática

Aula de gestión

60

60

90

40

45

60

25

25

50

SecretariadoAula polivalente

Aula de informática

Aula de gestión

60

60

90

40

45

60

25

50

25

Artes gráficasEncuadernación y manipulados de papel y cartónAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de impresión

Taller de encuadernación y manipulados

60

60

240

240

40

60

180

180

15

20

20

45

Impresión en artes gráficasAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de impresión

Taller de preimpresión

60

60

240

240

40

60

180

180

15

15

55

15

Preimpresión en artes gráficasAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de preimpresión

60

60

240

40

60

180

15

15

70

Diseño y producción editorialAula polivalente

Aula técnica

Laboratorio de ensayos

Taller de preimpresión

60

90

60

240

40

60

60

180

40

20

15

25

Producción en industrias de artes gráficasAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de encuadernación y manipulados

Taller de impresión

Taller de preimpresión

60

60

240

240

240

40

60

180

180

180

25

20

15

20

20

Comercio y marketingComercioAula polivalente

Aula de gestión

Taller de comercio

60

90

90

40

60

90

20

50

30

Comercio internacionalAula polivalente

Aula de gestión

60

90

40

60

40

60

Gestión comercial y marketingAula polivalente

Aula de gestión

60

90

40

60

35

65

Gestión del transporteAula polivalente

Aula de gestión

60

90

40

60

40

60

Servicios al consumidorAula polivalente

Aula de gestión

60

90

40

60

40

60

Comunicación, imagen y sonidoLaboratorio de imagenAula polivalente

Aula técnica

Laboratorio fotoquímico

Taller de fotografía

60

90

90

120

40

60

60

90

15

25

40

20

ImagenAula polivalente

Aula técnica

Laboratorio fotoquímico

Taller de fotografía

Taller de producciones audiovisuales

60

90

90

120

180

40

60

60

90

180

15

15

15

30

25

Producción de audiovisuales, radio y espectáculosAula polivalente

Taller de sonido

Taller de producciones audiovisuales

60

90

180

40

90

180

55

15

30

Realización de audiovisuales y espectáculosAula polivalente

Aula técnica

Taller de producciones audiovisuales

Taller de montaje y postproducción

60

90

180

90

40

60

180

90

15

20

40

25

SonidoAula polivalente

Aula técnica

Taller de sonido

Taller de producciones audiovisuales

60

90

90

180

40

60

90

180

15

15

35

35

Edificación y obra civilAcabados de construcciónAula polivalente

Taller de técnicas de construcción

60

240

40

180

40

60

Obras de albañileríaAula polivalente

Taller de técnicas de construcción

Espacio de terreno cercado al aire libre (1)

60

240

2.000

40

180

2.000

40

40

20

Obras de hormigónAula polivalente

Taller de técnicas de construcción

Espacio de terreno cercado al aire libre (1)

60

240

2.000

40

180

2.000

40

20

40

Familia profesional

Ciclo formativo

Espacio formativo

Superficie m

30 alumnos

Superficie m

20 alumnos

Grado

utilización %

Operación y mantenimiento de maquinaria de construcciónAula polivalente

Taller de maquinaria

Espacio de terreno cercado al aire libre (1)

60

240

8.000

40

180

8.000

40

20

40

Desarrollo y aplicación de proyectos de construcciónAula polivalente

Aula técnica

60

90

40

60

15

85

Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficasAula polivalente

Aula técnica

60

90

40

60

15

85

Realización y planes de obraAula polivalente

Aula técnica

Taller de técnicas de construcción

60

90

240

40

60

180

15

70

15

Electricidad-electrónicaEquipos electrónicos de consumoAula polivalente

Taller de equipos electrónicos

Taller de electricidad-electrónica

60

120

120

40

90

90

15

35

50

Equipos e instalaciones electrotécnicasAula polivalente

Taller de electricidad-electrónica

Taller de instalaciones electrotécnicas

60

120

120

40

90

90

15

40

45

Desarrollo de productos electrónicosAula polivalente

Aula técnica

Taller de electricidad-electrónica

60

90

120

40

60

90

15

20

65

Instalaciones electrotécnicasAula polivalente

Aula técnica

Taller de instalaciones electrotécnicas

60

90

120

40

60

90

20

35

45

Sistemas de regulación y control automáticosAula polivalente

Aula técnica

Taller de sistemas automáticos

60

90

120

40

60

90

20

35

45

Sistemas de telecomunicación e informáticosAula polivalente

Aula técnica

Taller de electricidad-electrónica

60

90

120

40

60

90

20

45

35

Fabricación mecánicaFundiciónAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de automatismos

Taller de moldeo

Taller de fusión y colada

60

60

90

180

210

40

60

60

150

180

20

20

15

25

20

MecanizadoAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de automatismos

Taller de CNC

Taller de mecanizado

Taller de mecanizados especiales

60

60

90

60

150

150

40

60

60

60

120

120

15

20

10

15

25

15

Soldadura y caldereríaAula polivalente

Aula técnica

Laboratorio de ensayos

Taller de construcciones metálicas

60

90

60

300

40

60

60

210

15

15

15

55

Tratamientos superficiales y térmicosAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de automatismos

Taller de tratamientos superficiales y térmicos

60

60

90

180

40

60

60

150

15

20

15

50

Construcciones metálicasAula polivalente

Aula técnica

Laboratorio de ensayos

Taller de construcciones metálicas

60

90

60

300

40

60

60

210

15

45

15

25

Desarrollo de proyectos mecánicosAula polivalente

Aula técnica

Laboratorio de ensayos

Taller de automatismos

Taller de mecanizado

60

90

60

90

150

40

60

60

60

120

10

55

10

15

10

Producción por fundición y pulvimetalurgiaAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de automatismos

Taller de fusión y colada

Taller de moldeo

60

60

90

210

180

40

60

60

180

150

25

20

10

15

30

Producción por mecanizadoAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de automatismos

Taller de CNC

Taller de mecanizado

Taller de mecanizados especiales

60

60

90

60

150

150

40

60

60

60

120

120

25

20

10

15

15

15

Hostelería y turismoCocinaAula polivalente

Taller de cocina

Taller de hostelería

Taller de pastelería y panadería

60

210

90

60

40

180

60

60

25

45

15

15

Pastelería y panaderíaAula polivalente

Taller de cocina

Taller de pastelería y panadería

60

210

60

40

180

60

25

25

50

Familia profesional

Ciclo formativo

Espacio formativo

Superficie m

30 alumnos

Superficie m

20 alumnos

Grado

utilización %

Servicios de restaurante y barAula polivalente

Taller de cocina

Taller de hostelería

60

210

90

40

180

60

25

15

60

Agencias de viajesAula polivalente

Aula de gestión

60

90

40

60

75

25

AlojamientoAula polivalente

Aula de gestión

Taller de hostelería

60

90

90

40

60

60

65

15

20

Información y comercialización turísticasAula polivalente

Aula de gestión

60

90

40

60

65

35

RestauraciónAula polivalente

Aula de gestión

Taller de cocina

Taller de hostelería

Taller de pastelería y panadería

60

90

210

90

60

40

60

180

60

60

50

7

20

8

15

Imagen personalCaracterizaciónAula polivalente

Taller de imagen personal

60

120

40

90

35

65

Estética personal decorativaAula polivalente

Taller de estética

60

120

40

90

35

65

PeluqueríaAula polivalente

Taller de peluquería

60

120

40

90

35

65

Asesoría de imagen personalAula polivalente

Taller de imagen personal

60

120

40

90

85

15

EstéticaAula polivalente

Taller de estética

60

120

40

90

40

60

Industrias alimentariasConservería vegetal, cárnica y de pescadoAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de conservería

60

90

240

40

60

210

15

40

45

Elaboración de aceites y jugosAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de aceites y zumos

60

90

240

40

60

210

15

40

45

Elaboración de productos lácteosAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de productos lácteos

60

90

240

40

60

210

15

40

45

Elaboración de vinos y otras bebidasAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller bodega

60

90

240

40

60

210

15

40

45

Matadero y carnicería-charcuteríaAula polivalente

Laboratorio de análisis

Sala de despiece y carnicería

Obrador de charcutería

60

90

120

120

40

60

90

90

15

35

25

25

Molinería e industrias cerealistasAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de molinería-tratamientos

60

90

240

40

60

210

15

40

45

Panificación y repostería Aula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de panificación y repostería

60

90

150

40

60

120

15

40

45

Industria alimentariaAula polivalente

Laboratorio de análisis

Planta de elaboración

60

90

150

40

60

120

25

45

30

InformáticaAdministración de sistemas informáticosAula polivalente

Aula de informática

60

60

40

45

50

50

Desarrollo de aplicaciones informáticasAula polivalente

Aula de informática

60

60

40

45

50

50

Madera y muebleFabricación a medida e instalación de carpintería y muebleAula polivalente

Aula técnica

Taller de mecanizado de madera

Taller de montaje, instalación y acabado de carpintería y mueble

60

90

240

240

40

60

180

180

10

30

20

40

Fabricación industrial de carpintería y muebleAula polivalente

Aula técnica

Taller de mecanizado de madera

Taller de montaje, instalación y acabado de carpintería y mueble

60

90

240

240

40

60

180

180

10

20

35

35

Transformación de madera y corchoAula polivalente

Aula técnica

Taller tratamientos de la madera

Taller de mecanizado de madera

60

90

150

240

40

60

120

180

10

25

20

45

Desarrollo de productos en carpintería y muebleAula polivalente

Aula técnica

Taller de mecanizado de madera

60

90

240

40

60

180

20

60

20

Familia profesional

Ciclo formativo

Espacio formativo

Superficie m

30 alumnos

Superficie m

20 alumnos

Grado

utilización %

Producción de madera y muebleAula polivalente

Aula técnica

Taller de mecanizado de madera

Taller de montaje, instalación y acabado de carpintería y mueble

60

90

240

240

40

60

180

180

15

50

20

15

Mantenimiento de vehículos autopropulsadosCarroceríaAula polivalente

Taller de carrocería

60

240

40

180

30

70

Electromecánica de vehículosAula polivalente

Taller de electricidad y neumohidráulica

Taller de mecánica de automoción

60

90

300

40

60

270

15

20

65

AutomociónAula polivalente

Taller de carrocería

Taller de electricidad y neumohidráulica

Taller de mecánica de automoción

60

240

90

300

40

180

60

270

25

20

30

25

Mantenimiento aeromecánicoAula polivalente

Laboratorio de fluidos

Taller de electricidad-electrónica

Taller de motores de aeronaves

Taller de sistemas y estructuras de aeronaves (1)

60

120

120

210

240

40

90

90

180

210

20

10

10

20

40

Mantenimiento de aviónicaAula polivalente

Taller de aviónica

Taller de electricidad-electrónica

Taller de motores y sistema

60

120

120

150

40

90

90

120

10

40

40

10

Mantenimiento y servicio a la producciónInstalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneasAula polivalente

Taller de instalaciones electrotécnicas

Taller de mantenimiento

Taller de mecanizado

Taller de sistemas automáticos

60

120

180

150

120

40

90

150

120

90

15

20

30

20

15

Mantenimiento ferroviarioAula polivalente

Taller instalaciones electrotécnicas

Taller de mantenimiento

Taller de mantenimiento ferroviario (1)

Taller de mecanizado

Taller de sistemas automáticos

60

120

180

500

150

120

40

90

150

400

120

90

10

15

25

25

15

10

Montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calorAula polivalente

Taller de instalaciones electrotécnicas

Taller de instalaciones térmicas

Taller de mecanizado

Taller de sistemas automáticos

60

120

180

150

120

40

90

150

120

90

10

15

50

15

10

Desarrollo de proyectos de instalaciones de fluidos, térmicas y de manutenciónAula polivalente

Aula técnica

Taller de instalaciones térmicas

Taller de mecanizado

Taller de sistemas automáticos

60

90

180

150

120

40

60

150

120

90

15

30

20

20

15

Mantenimiento de equipo industrialAula polivalente

Aula técnica

Taller de instalaciones electrotécnicas

Taller de mantenimiento

Taller de mecanizado

Taller de sistemas automáticos

60

90

120

180

150

120

40

60

90

150

120

90

15

30

10

15

10

20

Mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y procesoAula polivalente

Aula técnica

Taller de instalaciones electrotécnicas

Taller de instalaciones térmicas

Taller de sistemas automáticos

60

90

120

180

120

40

60

90

150

90

15

30

20

20

15

QuímicaLaboratorioAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de ensayos

Laboratorio de microbiología

60

90

60

60

40

60

60

60

20

50

15

15

Operaciones de fabricación de productos farmacéuticosAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de química industrial

60

90

180

40

60

150

25

25

50

Operaciones de proceso de pasta y papelAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de ensayos

Taller de química industrial

60

90

60

180

40

60

60

150

15

20

15

50

Operaciones de proceso en planta químicaAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de química industrial

60

90

180

40

60

150

25

25

50

Operaciones de transformación de plásticos y cauchoAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de ensayos

Taller de química industrial

60

90

60

180

40

60

60

150

20

15

15

50

Análisis y controlAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de ensayos

Laboratorio de microbiología

60

90

60

60

40

60

60

60

20

50

15

15

Familia profesional

Ciclo formativo

Espacio formativo

Superficie m

30 alumnos

Superficie m

20 alumnos

Grado

utilización %

Fabricación de productos farmacéuticos y afinesAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de química industrial

60

90

180

40

60

150

30

25

45

Industrias de proceso de pasta y papelAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de química industrial

60

90

180

40

60

150

30

20

50

Industrias de proceso químicoAula polivalente

Laboratorio de análisis

Taller de química industrial

60

90

180

40

60

150

30

20

50

Plásticos y cauchoAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de ensayos

Taller de química industrial

60

90

60

180

40

60

60

150

30

15

15

40

Química ambientalAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de microbiología

Taller de química industrial

60

90

60

180

40

60

60

150

35

25

15

25

SanidadCuidados auxiliares de enfermeríaAula polivalente

Taller de enfermería

60

150

40

120

30

70

FarmaciaAula polivalente

Laboratorio de análisis

60

90

40

60

50

50

Anatomía patológica y citologíaAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de microbiología

60

90

60

40

60

60

20

40

40

DietéticaAula polivalente

Laboratorio de análisis

60

90

40

60

70

30

Documentación sanitariaAula polivalente

Aula de informática

60

90

40

60

45

55

Higiene bucodentalAula polivalente

Aula bucodental

60

120

40

90

45

55

Imagen para el diagnósticoAula polivalente

Laboratorio de TAC/RM

Laboratorio de radiología

60

60

90

40

60

60

25

30

45

Laboratorio de diagnóstico clínicoAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de microbiología

60

90

60

40

60

60

15

35

50

OrtoprotésicaAula polivalente

Laboratorio técnico

Taller de productos ortoprotésicos

60

60

120

40

60

90

35

25

40

Prótesis dentalesAula polivalente

Taller dental

60

120

40

90

15

85

RadioterapiaAula polivalente

Laboratorio de radioterapia

60

120

40

90

40

60

Salud ambientalAula polivalente

Laboratorio de análisis

60

90

40

60

40

60

Servicios socio-culturales a la comunidadAnimación socioculturalAula polivalente

Taller de servicios sociales

60

120

40

90

20

80

Educación infantilAula polivalente

Taller de servicios sociales

60

120

40

90

20

80

Integración socialAula polivalente

Taller de servicios sociales

60

120

40

90

20

80

Interpretación de la lengua de signosAula polivalente

Taller de servicios sociales

60

120

40

90

20

80

Textil, confección y pielCalzado y marroquineríaAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de calzado y marroquinería

60

60

240

40

60

180

25

15

60

ConfecciónAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de confección

60

60

240

40

60

180

25

15

60

Operaciones de ennoblecimiento textilAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de ensayos

Taller de ennoblecimiento textil

60

90

60

180

40

60

60

150

15

20

15

50

Producción de hilatura y tejeduría de caladaAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de hilatura y tejeduría de calada

60

60

330

40

60

270

20

15

65

Producción de tejidos de puntoAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de tejeduría de punto

60

60

330

40

60

270

20

15

65

Familia profesional

Ciclo formativo

Espacio formativo

Superficie m

30 alumnos

Superficie m

20 alumnos

Grado

utilización %

CurtidosAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de ensayos

Taller de curtición

60

90

60

180

40

60

60

150

45

15

15

25

PatronajeAula polivalente

Aula técnica

Laboratorio de ensayos

60

90

60

40

60

60

25

60

15

Procesos de confección industrialAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de confección, calzado y marroquinería

60

60

270

40

60

210

45

15

40

Procesos de ennoblecimiento textilAula polivalente

Laboratorio de análisis

Laboratorio de ensayos

Taller de ennoblecimiento textil

60

90

60

180

40

60

60

150

45

15

15

25

Procesos textiles de hilatura y tejeduría de caladaAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de hilatura y tejeduría de calada

60

60

330

40

60

270

40

20

40

Procesos textiles de tejeduría de puntoAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de tejeduría de punto

60

60

330

40

60

270

40

15

45

Vidrio y cerámicaOperaciones de fabricación de productos cerámicosAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de fabricación de cerámica

60

60

300

40

60

260

30

20

50

Operaciones de fabricación de vidrio y transformadosAula polivalente

Laboratorio de ensayos

Taller de fabricación y transformación de vidrio

60

60

300

40

60

260

35

30

35

Desarrollo y fabricación de productos cerámicosAula polivalente

Aula técnica

Laboratorio de ensayos

Taller de fabricación de cerámica

60

90

60

300

40

60

60

260

10

25

35

30

Fabricación y transformación de productos de vidrioAula polivalente

Aula técnica

Laboratorio de ensayos

Taller de fabricación y transformación de vidrio

60

90

60

300

40

60

60

260

25

15

40

20

(1) Espacio singular no necesariamente ubicado en el centro docente.