Intentada notificación en el último domicilio conocido y no pudiendo practicarse al ser devuelta por el servicio de correos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica, mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Bergondo y en el Diario Oficial de Galicia, lo siguiente:
La Dirección General de Industrias y Alimentación está iniciando el procedimiento de revocación de la ayuda concedida al amparo de la orden de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes, de 8 de septiembre de 1995, sobre el procedimiento de gestión de las ayudas comunitarias relativas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y silvícolas, a favor de la empresa Natural Cook, S.L., (Expd. C-95-866-96), de la que es representante Ramón Sánchez-Dopico Rey.
La ayuda fue concedida por resolución de fecha 14 de marzo de 1997, aprobándose una subvención de 6.967.777 ptas., correspondientes al 47% de la inversión considerada subvencionable, que fue de 14.825.057 ptas., consistiendo el proyecto aprobado en la instalación de una industria elaboradora de callos precocinados y congelados, en el polígono industrial de Bergondo, estableciendo la propia resolución como fecha límite para la presentación de la justificación de las inversiones el 31 de octubre de 1997.
Transcurrido ampliamente este plazo, sin que el interesado presentase documentación ninguna a pesar de solicitársela desde el Servicio Provincial de ICA de A Coruña, esta dirección general, de acuerdo con lo previsto en los apartados b) y c) del artículo 9.1º de la citada orden, comunica al interesado la incoación
del procedimiento de revocación de la ayuda concedida, por incumplimiento de lo previsto en las cláusulas I.4 y II.2 de la resolución de concesión y de lo establecido en el artículo 7.1º de dicha orden.
Asimismo, se le otorga un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación o exposición en el tablón municipal de anuncios, tomándose para el inicio del cómputo el último entre ellos, para que formule las alegaciones y presente la documentación y justificaciones que estime pertinentes, de conformidad con el artículo 84 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Previo a la realización de este trámite puede el interesado, si lo cree conveniente, examinar el expediente en las dependencias de la Dirección General de Industrias y Alimentación de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, San Caetano s/n, Santiago de Compostela, en horario de atención al público, de 9 h a 14 h.
Transcurrido el citado plazo sin presentar alegaciones, el contenido de la iniciación del procedimiento de revocación será considerado propuesta de resolución.
Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 1999.
Secundino Grobas Mosquera
Director general de Industrias y Alimentación