Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Miercoles, 10 de noviembre de 1999 Pág. 13.232

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 6 de octubre de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la resolución de los expedientes sancionadores en materia de pesca fluvial OU 16/99P y OU 105/99P (pesca-Ourense).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de los expedientes sancionadores por infracciones a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151 del 5 de agosto) y a su Reglamento, aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106 del 4 de junio).

El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia nº 2091-0388-90-3110001181, de la Caixa de Aforros de Galicia, en el plazo de quince días hábiles a contar a partir del día siguiente al de firmeza de la presente resolución. Para efectuarlo deberán emplear los impresos normalizados que les serán facilitados en esta delegación provincial, sita en la calle Paseo, nº 18-5ª planta, en Ourense. Transcurrido el citado plazo se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.

No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 114.1º y concordantes de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe

formular recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado igualmente a partir del siguiente al de publicación de esta notificación.

Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se presente, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.

Ourense, 6 de octubre de 1999.

Agustín Prado Verdeal.

Delegado provincial de Ourense

ANEXO I

Expediente: OU 16/99-P.

Denunciado: Óscar Rodríguez Pérez.

DNI : 76.724.401.

Última dirección conocida: A Moa, s/n. A Pobra de Trives (Ourense).

Hecho probado: pescar con caña u otras artes autorizadas en época de veda.

Precepto infringido y sancionador: artículo 34.8º de la Ley de pesca fluvial.

Calificación: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. e inhabilitación para obtener la licencia de pesca durante un año.

Expediente: OU 105/99-P.

Denunciado: Víctor Manuel Vidal Núñez.

DNI: 76.724.401.

Última dirección conocida: A Moa, s/n. A Pobra de Trives (Ourense).

Hecho probado: pescar sin licencia.

Precepto infringido y sancionador: artículo 34.1º de la Ley de pesca fluvial.

Calificación: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. e inhabilitación para obtener la licencia de pesca durante un año.