Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuacion se detalla:
-Solicitante: Unión Eléctrica-Fenosa, S.A.
-Domicilio social: Avda. García Barbón, 38, 36201 Vigo.
-Título: L.M.T., C.T. y R.B.T. Liñares II.
-Situación: As Neves.
-Características técnicas: L.M.T. aérea a 20 kV, 279 m de longitud, con conductor tipo LA-56, sobre apoyos de hormigón, desde el apoyo 5 de la L.M.T. Bouza-Salvaterra hasta el C.T. que se proyecta en Liñares II, ayuntamiento de As Neves. C.T. de 100 kVA, relación de transformación 20 kV-380/220 V. R.B.T. aérea, de 980 m de longitud, con conductor tipo R.Z., sobre apoyos de hormigón.
Realizada la notificación individual, con acuse de recibo, a cada uno de los propietarios de las fincas afectadas, los propietarios de la 9 y 12 presentan alegaciones que se resumen en los puntos siguientes: a) realizar una variante siguiendo los linderos de las fincas y b) si no es posible realizar la variante, que el trazado discurra por el extremo de las mismas. Trasladadas las alegaciones a la empresa eléctrica ésta contesta que, para realizar la variante y en el caso de no existir dificultades técnicas, los vecinos tienen que comprometerse a acreditar la conformidad previa de los nuevos propietarios afectados, y que la línea discurre a 2 m del lindero norte en la finca nº 12 y aproximada al lindero norte en la nº 9, ocasionando el menor perjuicio posible.
Considerando que las alegaciones realizadas se cumplen para la finca nº 9 y respecto a la 12, aunque no variase, se acerca sensiblemente a la linde con la finca nº 11, colindante.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en los capítulos III y IV de los decretos 2617 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas, esta delegación provincial resuelve:
Autorizar, declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad
establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en los expedientes.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Pontevedra, 8 de septiembre de 1999.
Carmen Bianchi Valcarce
Delegada provincial de Pontevedra