Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Miercoles, 27 de octubre de 1999 Pág. 12.699

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador P-99/1999 y tres más (pesca-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación del expediente sancionador por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia.

Que, asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a Mercedes Valdés Rodríguez.

Lo que se notifica a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de quince días habiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que, de no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9).

Pontevedra, 15 de septiembre de 1999.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: 99/1999.

Denunciado: Celso Iglesias Blanco, domicilio: Alpajes 71-1º Izda. Aranjuez-Madrid.

Hechos denunciados: pescar utilizando cebo de uso no permitido en masas de aguas salmoneras (lombriz). Hechos denunciados a las 12 horas del día 16 de mayo de 1999 en el río Ulla-S. Miguel de Castro, en el ayuntamiento de A Estrada.

Fecha de acuerdo de la incoación: 29-6-1999.

Precepto infringido: 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 15.000 ptas.

Expediente: 101/1999.

Denunciado: Javier Besada Valcence, domicilio Tomás Alonso 46-6º C Vigo.

Hechos denunciados: pesca en el coto de Ponteareas sin la licencia de pesca y sin permiso de coto. Hechos acaecidos a las 18.15 horas del día 19 de mayo de 1999, en el río Tea, a su paso por Pías, del ayuntamiento de Ponteareas.

Fecha de acuerdo de la incoación: 29-6-1999.

Precepto infringido: 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 55.000 ptas.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca durante 1 año, quedando obligado a entregarla en el Servicio de Medio Ambiente Natural, en el plazo de 1 mes desde que la sanción sea firme.

Expediente: 115/1999.

Denunciado: Alfonso Piñeiro Castro, domicilio: Cristiñade-Urcela, 50 Ponteareas.

Hechos denunciados: con motivo de haber finalizado el plazo de 15 días establecido por el régimen especial para retirar las estacadas y demás instalaciones, se comprobó que los titulares de la estacada conjunta 18-19 del segundo tramo, transcurrido dicho plazo, abandonaron en el lugar parte de las instalaciones afectas a dicha estacada, dejando el entorno lleno de basura, una estructura de madera recubierta de lona de plástico, construida por los pescadores titulares de la estacada para guardarse de la lluvia y el frío, de las siguientes medidas 2x2 metros, asimismo se observan esparcidos por el entorno del lugar botellas de vidrio, plástico y un bidón. Hechos denunciados a las 8.45 horas del día 21 de mayo de 1999, en el río Tea, en el marge derecho, en el lugar de Ceña de Angoares, en el ayuntamiento de Ponteareas.

Fecha de acuerdo de la incoación: 9-8-1999.

Precepto infringido: 34.16º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 400.000 ptas. a pagar conjunta y solidariamente por todos los denunciados de este expediente.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad durante un año, debiendo entregar, en su caso, la licencia de pesca

en el Servicio Provincial de Medio Ambiente Natural en el plazo de un mes contado desde el momento en que la sanción sea firme.

Expediente: 151/1999.

Denunciado: Viales y Puentes, domicilio: Viso de Calvos, 41, Sabarís-Baiona.

Hechos denunciados: agotar el volumen del agua circulante por el lecho del río, por una obra hecha en el cauce del mismo (pequeña presa), empleando en la misma sustancias tóxicas (cemento), derivando daños a la riqueza piscícola (mortandad de truchas). Hechos denunciados a las 10 horas del día 14 de julio de 1999, en el río Carancouba/Miñor, a su paso por Devesa-Sabarís, del ayuntamiento de Baiona.

Fecha de acuerdo de la incoación: 24-8-1999.

Precepto infringido: 35.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 35 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 6.100.000 ptas.