Visto el acta de la reunión de la comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa Frigoríficos de Galicia, S.A.-Frigalsa, que tuvo entrada en esta delegación provincial con fecha de 23 de julio de 1999, suscrita por una representación empresarial y por el comité de empresa, en la que se acordó la modificación de los artículos 11 y 14 de dicho
convenio, así como la tabla salarial para 1999 (de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del citado convenio), esta autoridad laboral, al amparo de lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 27 de julio de 1999.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra
Anexo convenio colectivo 1999
Se mantiene en vigor todo el texto del convenio colectivo para 1998, excepto en los siguientes artículos:
Artículo 11º.-Plus de transporte y distancia.
Se establece un plus de transporte y distancia en la cuantía total de 192 pesetas por un día efectivo de trabajo.
Artículo 14º.-Valor de las horas extraordinarias.
El valor de cada hora extraordinaria será de 1.308 ptas., excepto las trabajadas en sábados y festivos que serán de 2.401 ptas. A partir de las 22 horas, las horas extraordinarias tendrán un valor de 3.002 ptas., en los sábados y festivos, y de 1.636 ptas., en los restantes días.
Vigo, julio 1999.
Anexo convenio 1999
Tabla salarial
nocturno voluntariaCategoría Sueldo base Plus convenio Tox. penoso o
Gratif.
Total mes Cuatrienio
Director administrativo 124.034 41.509 - 98.837 264.380 7.074
Jefe sección 105.342 38.978 - 74.121 218.441 6.006
Oficial 1ª administrativo 105.342 37.989 - 61.777 205.108 6.006
Oficial 2ª administrativo 99.529 33.047 - 36.018 168.594 5.675
Oficial 3ª administrativo 93.630 31.087 - 33.887 158.604 5.324
Auxiliar Admtvo. nivel 1 87.298 30.578 - 35.023 152.899 4.963
Auxiliar Admtvo. nivel 2 62.713 20.820 - 22.698 106.231 3.565
Auxiliar Admtvo. nivel 3 59.351 19.706 - 21.480 100.537 3.374
Telefonista 55.994 18.591 - 20.265 94.850 3.207
Aprendiz Admtvo. 54.872 18.220 - 19.859 92.951 3.119
Botones/ordenanza 53.753 17.848 - 19.454 91.055 3.056
Jefe de sección 105.342 38.978 - 74.121 218.441 6.006
Oficial 1ª 98.360 29.644 19.671 27.111 174.786 5.593
Oficial 2ª 96.908 26.574 19.381 27.445 170.308 5.510
Oficial 3ª 89.898 27.091 17.980 24.782 159.751 5.112
Peón especialista 87.296 26.305 17.459 24.059 155.119 4.977
Ayudante 93.126 27.611 18.625 13.623 152.985 5.294
Peón estibador 80.909 15.067 16.181 - 112.157 4.600
Peón 69.955 13.034 13.992 - 96.981 3.977
Jefe de sección 105.342 38.978 - 74.121 218.441 6.006
Maquinista 102.232 30.579 20.448 27.278 180.537 5.813
Oficial 1ª maquinista 101.369 29.551 20.274 24.052 175.246 5.762
Oficial 2ª maquinista 96.908 26.574 19.381 27.445 170.308 5.510
Ayudante máquinas N-1 93.124 26.687 18.625 20.294 158.730 5.293
nocturno voluntariaCategoría Sueldo base Plus convenio Tox. penoso o
Gratif.
Total mes Cuatrienio
Ayudante máquinas N-2 93.124 26.687 18.625 14.553 152.989 5.293
Ayudante máquinas N-3 66.739 19.122 13.347 14.544 113.752 3.795
Ayudante máquinas N-4 55.611 15.937 11.122 12.120 94.790 3.162
Vigilante N-1 84.905 21.438 8.491 17.945 132.779 4.828
Vigilante N-2 67.270 16.977 6.727 14.225 105.199 3.824
Mujer limpieza N-1 83.665 21.866 - 24.962 130.493 4.757
Mujer limpieza N-2 61.339 16.027 - 18.299 95.665 3.487
2.635.280 803.100 260.329 924.398 4.623.107 149.968