De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de réxime xurídico das administracións públicas e do procedemento administrativo común, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo, la resolución del delegado de esta consellería en Pontevedra, recaida en el expediente sancionador, por los hechos señalados, constitutivos de una infracción a la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas (en adelante LC) y su Reglamento general para desarrollo y ejecución de la LC, aprobado por el Real decreto 1471/1989, de 1 de diciembre y modificado por los reales decretos 1112/19992, de 18 de septiembre y 1771/1994, de 5 de agosto (en adelante RC).
Contra la presente resolución se puede interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.
Pontevedra, 22 de julio de 1999.
José Luis Díez Yáñez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente número: 72.3/97.
Denunciado/a: Roberto Roupeiro López.
Condición: promotor.
Último domicilio conocido: Tuimil-O Viso-Redondela.
Hechos sancionados: adecentamiento de una caseta existente, destinada a guardar aperos de pesca, para uso habitacional, en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, careciendo de la preceptiva autorización de esta comunidad autónoma.
Lugar: playa de Cesantes.
Ayuntamiento: Redondela.
Preceptos infringidos: Arts. 25.1º a), 25.2º y 26.1º de la LC y Arts. 45.1º a), 46.1º y 48.1º del RC.
Preceptos sancionadores: Arts. 90 c), 91.2º e) y 97.1º b) de la LC y Arts. 174 c), 175.2º e) y 183 b) del RC.
Calificación de la infracción: grave.
Sanción: 61.474 ptas.
Medidas correctoras: al amparo de lo establecido en los artículos 95.1º de la LC y 179.1º del RC, el infractor estará obligado a la restitución de las cosas y reposición a su estado anterior, debiendo realizarlo en el plazo de un mes desde que la resolución sea definitiva en vía administrativa.