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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 175 Jueves, 09 de septiembre de 1999 Pág. 11.085

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 3 de agosto de 1999 por la que se autoriza definitivamente al centro privado Montegrande de A Coruña para impartir educación secundaria obligatoria y ciclos formativos de grado superior.

Examinado el expediente instruido a instancia del titular del centro privado Montegrande de A Coruña, solicitando autorización para poder impartir educación secundaria obligatoria y ciclos formativos de grado superior de salud ambiental, secretariado, administración de sistemas informáticos e integración social.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña, que se remite con los informes correspondentes.

Vistos la Lei 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4), de ordenación general del sistema educativo, Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, Real decreto 777/1998 (BOE del 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, Real decreto 540/1995 (BOE del 10 de junio), por el que se establece el título de técnico superior en salud ambiental; Real decreto 1658/1994 (BOE del 30 de septiembre), por el que se establece el título de técnico superior en secretariado, Real decreto 1660/1994 (BOE del 30 de septiembre) por el que se establece el título de técnico superior en administración de sistemas informáticos, Real decreto 2061/1995 (BOE del 24-2-1996) por el que se establece el título de técnico superior en integración social, Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del

22), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Considerando que concurre en el expediente los requisitos esixidos en las disposiciones vigentes.

Esta consellería, por propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar al centro privado Montegrande de A Coruña para poder impartir 4 unidades de educación secundara obligatoria y los ciclos formativos de grado superior de secretariado, administración de sistemas informáticos, salud ambiental e integración social. Los ciclos formativos de grado superior mencionados, se deberán desarrollar en sesiones de tarde-noche, teniendo en cuenta que, las instalaciones de dicho centro, no reúnen los requisitos para la presencia simultánea de la totalidad del alumnado.

Segundo.-El centro podrá seguir impartiendo las enseñanzas de BUP y COU hasta que se extingan, según el calendario de aplicación de la Ley 1/1990, de ordenación general del sistema educativo.

Tercero.-Antes del inicio de las enseñanzas que se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro.

Cuarto.-El centro que por la presente orden se autoriza, deberá cumplir la Norma Básica da Edificación NBE-CPI/1996, de condiciones de protección contra

incendios en los edificios, aprobada por Real decreto 2177/1996, de 4 de octubre (BOE del 29). Todo esto sin perjuicio de que tengan que cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal u autonómica.

Quinto.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Santiago de Compostela, 3 de agosto de 1999.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: A Coruña.

Municipio: A Coruña.

Localidad: A Coruña.

Domicilio: carretera de A Zapateira, 33.

Código del centro: 15022000.

Denominación específica: Montegrande.

Titular: Matilde Fernández Vázquez.

Composición resultante:

Turno: diurno.

a) Centro de educación infantil: 3 unidades.

b) Centro de educación primaria: 6 unidades.

c) Centro de educación secundaria: 4 unidades de educación secundaria obrigatoria.

Turno: tarde-noche.

1 ciclo formativo de grado superior de secretariado de la familia profesional de administración (1 unidad para 30 alumnos).

1 ciclo formativo de grado superior de administración de sistemas informáticos de la familia profesional de informática (2 unidades, 30 alumnos/unidad).

1 ciclo formativo de grado superior de salud ambiental de la familia profesional de sanidad (2 unidades, 30 alumnos/unidad).

1 ciclo formativo de grado superior de integración social de la familia profesional de servicios socioculturales y a la comunidad. (1 unidad para 30 alumnos).