Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Jueves, 19 de agosto de 1999 Pág. 10.403

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 5 de agosto de 1999 por la que se resuelve el concurso público convocado por Orden de 14 de enero de 1999, por la que se regula la concesión de subvenciones a empresas privadas encaminadas a aumentar el conocimiento y el uso social de la lengua gallega.

Visto el informe-propuesta realizado por la comisión reunida el 26 de julio de 1999, de acuerdo con los artículos 7 y 8 de la Orden de 14 de enero de 1999, por la que se regula la concesión de subvenciones a empresas privadas encaminadas a aumentar el conocimiento y el uso social de la lengua gallega (DOG del 8 de febrero), y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 9 de la misma orden,

DISPONGO:

1. Conceder las ayudas a los proyectos y por las cuantías relacionados en el anexo I de esta orden. En esta relación se incluyen los proyectos que no se subvencionan por no alcanzar suficiente prioridad de acuerdo con los criterios establecidos en la orden de convocatoria.

2. Desestimar los proyectos que aparecen relacionados en el anexo II por no atender al requerimiento de subsanación de errores en el plazo establecido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3. Excluir los proyectos relacionados en el anexo III de esta orden, por haber sido presentados fuera del plazo previsto en el artículo 6 de la orden de convocatoria.

4. De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la orden de convocatoria, las empresas a las que se subvencionen proyectos deberán comunicar por escrito a la Dirección General de Política Lingüística la aceptación de las subvenciones concedidas, con los compromisos que ello impone, en el plazo máximo de diez días contados a partir de la publicación de esta orden en el DOG.

5. Esta orden pone fin a la vía administrativa, según lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6. Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOG.

Santiago de Compostela, 5 de agosto de 1999.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria