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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Jueves, 19 de agosto de 1999 Pág. 10.403

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 3 de agosto de 1999 por la que se clasifica como de interés cultural la Fundación Laxeiro.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Laxeiro, con domicilio en Vigo.

Supuestos de hecho

1. Carlos García-Suárez Otero, en su calidad de secretario de la fundación, en escrito de veintiuno de junio de 1999, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Vigo, el día 23 de febrero de 1999, ante la notaria Palmira Delgado Martín, con el número trescientos cincuenta y seis de su protocolo, por Manuel Pérez Álvarez, María Cruz Otero Villamarín, Heriberto García-Suárez Otero y Carlos García-Suárez Otero; interviene Manuel Pérez Álvarez en nombre y representación del Ayuntamiento de Vigo, y los restantes en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 3º de sus estatutos, el objeto de la fundación es promocionar, fomentar, divulgar, prestigiar, proteger y defender especialmente en la ciudad de Vigo y en el territorio de la Xunta de Galicia y del Estado español y en el de cualquier otro estado, la obra artística y cultural del pintor José Otero Abeledo Laxeiro, y los derechos de cualquier naturaleza relacionados con ésta, así como su experiencia vital, su pensamiento y sus inquietudes, proyectos, ideas y obras; su memoria y el reconocimiento de su obra y de sus aportaciones a la bellas artes, y su preferente amor al pueblo de Vigo, y de modo especial a la instalación, mantenimiento, mejora, aplicación, gestión, administración y dirección de un museo que reúna monográficamente la obra de Laxeiro, localizado en la ciudad de Vigo.

4. El patronato de la fundación estará constituido por los miembros señalados en el artículo 6º de los estatutos de la fundación.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Laxeiro, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 26 de julio de 1999.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, del 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés cultural la Fundación Laxeiro y adscribirla a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 3 de agosto de 1999.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública