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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Viernes, 06 de agosto de 1999 Pág. 10.053

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 236/1999, de 23 de julio, por el que se acepta la cesión a título gratuito a la Comunidad Autónoma de Galicia de un terreno situado en la zona de A Charca, en el término municipal de Fisterra (A Coruña), para la construcción de un centro de educación secundaria.

El Pleno de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Fisterra, reunido en sesión celebrada el día 14 de octubre de 1998, acordó ceder a la Comu

nidad Autónoma de Galicia un terreno de una superficie de 3.662 m situado en la zona de A Charca, en el término municipal de Fisterra (A Coruña), para la construcción de un centro de educación secundaria.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 34 de su Reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la conselleriro de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de la misma ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Fisterra acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta la cesión gratuita de un terreno, situado en el término municipal de Fisterra (A Coruña), que a continuación se describe:

-Terreno de 3.662 m de superficie, situado en la zona de A Charca, en el término municipal de Fisterra (A Coruña). Linda: norte, terrenos de Laura Canosa y en parte terrenos del campo de fútbol; sur, camino público; este, terrenos del recinto del pabellón polideportivo municipal y otros; oeste, terrenos de herederos de José Suárez Tuñas y Cándido Suárez Sixto.

La finca situada en la zona de A Charca es el resultado de la agrupación de los siguientes terrenos, que según certificación del Registro de la Propiedad de Corcubión de fecha 7 de mayo de 1999, aparecen inscritos de la siguiente forma:

a) Inscrita en el tomo 704, libro 77, folio 174, finca número 8.697, inscripción 2ª.

b) Inscrita en el tomo 792, libro 86, folio 223, finca número 9.601, inscripción 1ª.

c) Inscrita en el tomo 792, libro 86, folio 224, finca número 9.603, inscripción 1ª.

d) Inscrita en el tomo 792, libro 86, folio 225, finca número 9.605, inscripción 1ª.

e) Inscrita en el tomo 809, libro 88, folio 1, finca número 9.607, inscripción 1ª.

f) Inscrita en el tomo 909, libro 88, folio 2, finca número 9.609, inscripción 1ª.

Artículo 2º

El terreno cedido se destinará a centro público de educación secundaria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda