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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Miercoles, 21 de julio de 1999 Pág. 9.450

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 18 de junio de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, de la notificación de la propuesta de resolución del expediente sancionador I-166/1998 y dos más (incendios-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27), se notifica a la persona que en el anexo se menciona, la propuesta de resolución por infracción a la Ley 81/1968, de

5 de diciembre, sobre incendios forestales y a su Reglamento de 23 de diciembre.

El denunciado podrá presentar en un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, las alegaciones que considere convenientes, participándole que tiene a su disposición el expediente para examinarlo, en el Servicio de Defensa Contra Incendios Forestales, sito en Cabanas-Salcedo. Conforme con lo establecido en el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9).

Pontevedra, 18 de junio de 1999.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

ExpedienteDenunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciadoPreceptosSanción
InfringidoSancionador

I-166/98Mª del Carmen Rial Estévez.

Vázquez Varela, 49.

36204 Vigo.

Abandono de un vehículo en zona forestal.Artículo 137 e) del reglamento de la LIF.Artículo 139 del reglamento de la LIF.50.000 ptas.

ExpedienteDenunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciadoPreceptosSanción
InfringidoSancionador

I-274/98Vicente A. Fernández Vázquez.

Joaquín Costa, 35-6º A.

36001 Pontevedra.

Abandono de un vehículo en zona forestal.Artículo 137 e) del reglamento de la LIF.Artículo 139 del reglamento de la LIF.50.000 ptas.
I-343/98Santiago González Ferreiro.

Sárdoma, 16.

Vigo.

Abandono de un vehículo en zona forestal.Artículo 137 e) del reglamento de la LIF.Artículo 139 del reglamento de la LIF.50.000 ptas.