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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Jueves, 24 de junio de 1999 Pág. 8.133

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 1 de junio de 1999 por la que se le notifica a José Fernández Jiménez la resolución acordada en el expediente de desahucio de la vivienda del expediente C82030, cuenta 91.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a José Fernández Jiménez, beneficiario de la vivienda de protección oficial identificada como expediente C82030 cuenta 91, la resolución del director general del IGVS del 26 de marzo de 1999 por la que se acuerda la resolución de pleno derecho del contrato de alquiler de la vivienda que le fue adjudicada y el lanzamiento de la vivienda, por falta de pago.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2º de la Ley 30/1992, se transcribe el texto íntegro de dicha resolución:

«Expediente de desahucio administrativo.

Resolución.

Visto el expediente de desahucio administrativo seguido contra José Fernández Jiménez, beneficiario de la vivienda objeto de la presente resolución, situada en la calle Rafael Alberti nº 10-2-C en A Coruña, correspondiente al:

expediente: C82030, cuenta 91, por incumplimiento de contrato en cuanto a la falta de pago de las cuotas, con infracción del régimen que regula las viviendas de protección oficial de promoción pública.

Teniendo en cuenta los siguientes:

Hechos.

1. Que por la entidad colaboradora en la gestión y recaudación de viviendas de la Xunta de Galicia se emite certificado en el que se comprueba la falta de pago de los recibos pendientes por un importe total que asciende a 734.112 ptas. a fecha 5 de junio de 1998.

2. Que, requerido por carta certificada con acuse de recibo, que se encuentra incorporada al expediente, para que en el plazo de diez días efectuase el pago de las cantidades adeudadas a esa fecha, dicho requerimiento no fue atendido.

3. Con fecha 12 de marzo de 1999 la empresa recaudadora informa que la deuda acumulada se sitúa en 815.346 ptas.

Fundamentos de derecho.

1. Es competente para la resolución del presente expediente el director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

2. Los hechos denunciados constituyen causa legal suficiente de resolución de contrato, desahucio y lanzamiento de la vivienda.

3. En la tramitación del expediente se observaron las normas vigentes contenidas en los artículos 138 a 144 del Reglamento de VPO, Decreto 2114/1968, de 24 de julio, artículo 30 del texto refundido, Real decreto 2960/1975, de 12 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, y artículo 8.5º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vistos.

Los preceptos legales invocados y demás normas de aplicación general resuelvo.

1. Acordar la resolución de pleno derecho del contrato y el lanzamiento de la vivienda que se llevará a cabo por el representante de la entidad colaboradora Hnos. Alonso Garrán, S.L. que se designe, con credencial al efecto subscrita y firmada por el director general del IGVS y con la preceptiva autorización judicial para la entrada en el domicilio de particulares en la ejecución forzosa de actos de administración, incorporada al expediente y con auxilio de las fuerzas de seguridad del Estado, autonómicas o locales.

Se le advierte al interesado que de conformidad con lo establecido en el Reglamento de VPO, podrá evitar el lanzamiento abonando el total de la deuda con recargo del 10% en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a aquél en el que tenga lugar la notificación o publicación.

2. La resolución firme del contrato conllevará la prohibición para contratar con la administración en los términos previstos en el artículo 20 c) de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de contratos de las administraciones públicas.

Notifíquese la presente resolución a los interesados con expresión de los recursos legales que procedan.

Santiago de Compostela, 26 de marzo de 1999.

José Antonio Redondo López

Director general del IGVS

Contra dicha resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, conforme a lo que establecen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 1 de junio de 1999.

José Antonio Redondo López

Director general del Instituto Gallego de la

Vivienda y Suelo