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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Viernes, 18 de junio de 1999 Pág. 7.793

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 1999, de la Delegación Provincial de A Coruña, de autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 108/1998).

Vista la solicitud para autorización administrativa, reconocimiento de utilidad pública, con la relación

concreta e individualizada de los bienes o derechos que se consideran de necesaria expropiación, así como la aprobacion del proyecto de ejecucion que se cita:

-Solicitante: Unión Eléctrica-Fenosa, S.A.

-Domicilio social: Avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

-Denominación: L.M.T., C.T. y R.B.T. Pena-Domente (Cerdido).

Línea eléctrica aérea a 20 kV sobre apoyos de hormigón (6) y con conductor LA-56, de 699 m de longitud, con origen en la línea Cerdido-Fergosa y final en el C.T. a instalar en Pena. Línea eléctrica aérea de media tensión, a 20 kV sobre apoyos de hormigón (5) y con conductor LA-56, de 668 m de longitud, con origen en el apoyo nº 4 de la línea, arriba descrita, y final en el C.T. a instalar en Domende. Centros de transformación, tipo intemperie, de 50 kVA y tensiones de 20/0,380-0,220 kV, en Pena y Domende, de los que parten redes de baja tensión a enlazar con las existentes, sobre apoyos de hormigón y conductor R.Z. en longitudes de 15 y 105 m, respectivamente en el término municipal de Cerdido.

La petición se sometió a información pública, con la relación de propietarios, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 21-7-1998, en el BOP del 11-6-1998 en el periódico El Ideal Gallego del 8-6-1998, y en los tablones de anuncios de la casa del Ayuntamiento de Cerdido, al mismo tiempo, se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuren en dicha relación.

Por esta delegación provincial se comprobó que la línea, a su paso por las fincas realcionadas en la información pública, no incurre en ninguna de las prohibiciones cotempladas en el artículo 57.A de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE del 28 de noviembre) y en el artículo 25 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre (BOE del 24 de octubre).

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del sector eléctrico, los decretos 2617/1966 y 2619/1966, de 20 de octubre sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de las citadas instalaciones y declarar, en concreto, la utilidad pública de los mismos que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de Ley de expropiación forzosa.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.

A Coruña, 20 de mayo de 1999.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña

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