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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Miercoles, 16 de junio de 1999 Pág. 7.632

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 7 de mayo de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la propuesta de resolución del expediente sancionador OU 40/98C (caza-Ourense).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan, que con esta fecha he resuelto publicar la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores por presuntas infracciones de la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia (DOG nº 33, del 11 de julio), por no ser posible su notificación.

El expedientado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que pueda examinar el expediente en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo, nº 18-5º Ourense, y formular las alegaciones y allegar los documentos que considere convenientes en su defensa.

Rematado el plazo que se señala, esta propuesta, junto con todos los documentos que constan en el expediente se remitirán al director xeral de Montes y Medio Ambiente Natural de la Consellería de Medio Ambiente, para la resolución del procedimiento.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto ( BOE nº 189, del 9 de agosto).

Ourense, 7 de mayo de 1999.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU 40/98 C.

Denunciado: Ángel Fernández Mosquera.

DNI: 34.902.330.

Última dirección conocida: Outeiro, nº 7, Velle (Ourense).

Hecho probado: cazar en un coto sin estar en posesión del permiso reglamentario.

Precepto infringido y sancionador: artículo 58.27º de la Ley de caza.

Sanción: 100.001 pesetas e inhabilitación durante un año y un día para obtener la licencia.