Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Automóviles Tuy, S.A., que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 21-4-1999, suscrito en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social por el comité de empresa, en fecha 16-4-1999. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los tarbajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo que consta en esta delegación provincial y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 26 de abril de 1999.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra
Tabla de salarios
Categorías Pesetas Transp. Ent. Re.
Plus
Plus
-Personal administrativo Oficial de primera 98.155 mes 4.900 mes - Oficial de segunda 91.394 mes 4.900 mes - Auxiliar administrativo 86.034 mes - - Aspirante (salario mínimo según edad)
-Personal de movimiento Inspector 3.348 día 4.900 mes - Conductor 3.294 día 4.900 mes - Conductor-perceptor 3.294 día 4.900 mes 2.177 mes Cobrador 2.860 día 4.900 mes 2.177 mes
-Personal de taller Jefe de taller 123.258 mes 4.900 mes - Oficial de primera 3.379 día 4.900 mes - Oficial de segunda 3.294 día 4.900 mes - Oficial de tercera 3.170 día 4.900 mes - Mozo de taller 2.773 día 4.900 mes - Aprendices (salario mínimo según edad)
Lavacoches 87.665 mes 4.900 mes -
Taquilleros 90.666 mes - -