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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Lunes, 31 de mayo de 1999 Pág. 6.585

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

ORDEN de 27 de mayo de 1999 por la que se determinan los servicios mínimos durante la huelga convocada para los días 1 y 2 de junio en la unidad de mina del centro de trabajo de la Empresa Nacional de Electricidad, S.A. (Endesa) en As Pontes de García Rodríguez.

El artículo 28.2º de la Constitución española reconoce el derecho de huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses, a pesar de que limite su ejercicio para garantizar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. El Decreto 155/1988, de 9 de junio, en su artículo 3 faculta al conselleiro competente por razón de los servicios esenciales afectados para que, mediante orden, y ante una situación de huelga, decida el mínimo de actividad necesaria para asegurar el mantenimiento de los servicios, así como para determinar el personal preciso para su prestación.

Por esta razón, es necesaria la determinación de servicios mínimos al tener carácter esencial los de abastecimiento y mantenimiento de bienes de utilidad pública, tal como reconoce el propio Decreto 155/1988, de 9 de junio, de la Xunta de Galicia, y, convocada la huelga que comenzará a las 6 horas del día 1 de junio de 1999 y finalizará a las 6 horas del día 3 de junio de 1999 en el centro de trabajo de la mina de Endesa en As Pontes de García Rodríguez, esta consellería, oído el comité de huelga, y en virtud de las competencias que le atribuye el mencionado decreto y demás disposiciones de aplicación,

DISPONE:

Artículo 1º

Mientras dure la huelga anunciada para los días 1 y 2 de junio del presente año, que comenzará a las 6 horas del citado día 1-6-1999 y finalizará a las 6 horas del día 3-6-1999 en el centro de trabajo de la mina de Endesa en As Pontes de García Rodríguez, los servicios mínimos serán los siguientes:

1) Días 1 y 2 de junio (martes y miércoles).

Caben tres supuestos dependiendo del volumen previsto de carbón almacenado en el parque de carbones de la central térmica a las 6 horas de los días 1 y 2.

A) Mina parada.

B) Funcionamiento de una excavadora, una apiladora y parque de regulación.

C) Funcionamiento de dos excavadoras, una apiladora y parque de regulación.

Situación C.T. prevista martes 1-6-1999

Toneladas mezcla previstas en parque C.T. (martes 6 h)*C.T. Parada o C.T. un grupoC.T. dos gruposC.T. tres o cuatro grupos

Situación C.T. prevista martes 1-6-1999

Menos de 70.000ABC

Entre 70.000 y

100.000

AAB

Más de 100.000AAA

* Estimación que se realizará el lunes día 31-5-1999, a las 11 horas.

Situación C.T. prevista miércoles 2-6-1999

Toneladas mezcla previstas en parque C.T. (miércoles 6 h)*C.T. Parada o C.T. un grupoC.T. dos gruposC.T. tres o cuatro grupos

Menos de 70.000ABC

Entre 70.000 y

100.000

AAB

Más de 100.000AAA

* Estimación que se realizará el martes día 1-6-1999, a las 11 horas.

A) Servicios mínimos mina parada

Producción:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Operador subestación Tesoro3

1Operador centro control3

Obras:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Jefe equipo bombeo3

1Bombero3

Sección eléctrica:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

2Eléctricos6

B) Servicios mínimos para una excavadora, una apiladora y parque de regulación.

Producción:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Jefe de turno 3

3Técnicos de tercera 9

4Operadores Esc. y apiladora12

2Maquinista parque regulación 6

9Ayudantes Esc. y apiladora27

2Vigilantes de cintas 6

4Maquinistas de Bulldozer12

1Subjefe de servicio C. control 3

1Operador centro de control 3

1Operador subestación Tesoro 3

Obras:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Jefe equipo obras-bombeo3

1Bombero3

Mantenimiento eléctrico:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Subjefe servicio3

1Jefe equipo3

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

2Oficiales6

1Subj. servicio STC3

1Jefe equipo u oficial STC3

Mantenimiento mecánico:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Subjefe servicio3

1Jefe equipo3

2Oficiales retén6

Almacén:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Almacenero2

Maquinaria y equipos:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Conductores vehículos3

C) Servicios mínimos para dos escavadoras, una apiladora y parque de regulación.

Producción:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Jefe de turno 3

4Técnicos de tercera12

6Operadores Esc. y apiladora18

2Maquinista parque regulación 6

12 Ayudantes Esc. y apiladora36

2Vigilantes de cintas 6

5Maquinistas de Bulldozer15

1Subjefe de servicio C. control 3

1Operador centro de control 3

1Operador subestación Tesoro 3

Obras:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Jefe equipo obras-bombeo3

1Bombero3

Mantenimiento eléctrico:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Subjefe servicio3

2Jefe equipo6

3Oficiales9

1Subj. servicio STC3

1Jefe equipo u oficial STC3

Mantenimiento mecánico:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Subjefe servicio3

1Jefe equipo3

4Oficiales en retén12

Almacén mina:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Almacenero2

Maquinaria y equipos:

Puestos de trabajoDenominación del puestoNº personas/día

1Conductores vehículos3

En todas las situaciones anteriores, en caso de producirse alguna avería o incidente de carácter grave o desabastecimiento del parque de carbón de la central térmica, la dirección y el comité de huelga se reunirán a fin de acordar el personal necesario para la correspondiente reparación.

Artículo 2º

El incumplimiento de esta obligación de mantener los servicios mínimos fijados en la presente orden será sancionado de conformidad con la legislación vigente aplicable.

Artículo 3º

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 1999.

Antonio Couceiro Méndez

Conselleiro de Industria y Comercio