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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Viernes, 21 de mayo de 1999 Pág. 6.179

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 12 de abril de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la incoación del expediente sancionador de referencia OU 295/1998P (pesca-Ourense).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE do 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en los anexos se mencionan la incoación de expediente san

cionador por presuntas infracciones de la Ley 7/1992 de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151 del 5 de agosto) y de su reglamento aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106 del 4 de junio).

Se nombra instructora del expediente a Miriam López Areal, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo, nº 18-5º, y formular las alegaciones y allegar los documentos que consideren convenientes en su defensa.

De no efectuarse alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto nº 1398/1993, de 4 de agosto.

Ourense, 12 de abril de 1999.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO:

Expediente: OU 295/98 P

Denunciado: Luis Roca Domingo.

DNI: 36.941.182-P.

Última dirección conocida: c/ Merced, nº 7. Verín (Ourense).

Hecho denunciado: pescar sin llevar la licencia.

Precepto infringido y sancionador: Art. 33.1º de la Ley de pesca fluvial.

Sanción: 10.000 pesetas.