De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE
do 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que se mencionan en los anexos la resolución del expediente sancionador por presuntas infracciones de la Ley 7/92, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto) y de su reglamento aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106, del 4 de junio).
A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de un mes (30) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Medio Ambiente, de la Xunta de Galicia, de no ser el caso, ésta será firme a todos los efectos.
Ourense, 12 de abril de 1999.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO I
Expediente: OU 209/1998P.
Denunciado: Manuel Rua Falgueira.
DNI: 34.717.489.
Última dirección conocida: Vilardecervos. Vilardevós (Ourense).
Hechos probados: pescar con una caña a quince metros aproximadamente del pescador.
Precepto infringido y sancionador: Art. 33.3º de la Ley de pesca fluvial.
Sanción: 15.000 pesetas.
ANEXO II
Expediente: OU 120/1998P.
Denunciado: Modesto Vilar García.
DNI: 35.556.203.
Última dirección conocida: c/ Prado da Canda, s/n. O Covelo (Pontevedra).
Hechos probados: pescar con más cañas de las permitidas.
Precepto infringido y sancionador: Art. 33.4º de la Ley de pesca fluvial.
Sanción: 50.000 pesetas.