Visto el escrito presentado por Rosalía Ordóñez Fernández, con DNI nº 35.397.956-L en el que solicita cambio de ubicación de la batea Mariño V.
Teniendo en cuenta los informes emitidos por el sector, y a propuesta de la Dirección General de Recursos Marinos, conforme al artículo 9 del Decreto 406/1996, de 7 de noviembre (DOG nº 228), considerando que en la tramitación del expediente se verificaron todas las diligencias procedentes en estos casos, esta consellería
RESUELVE:
Autorizar el cambio de ubicación del siguiente establecimiento:
Batea denominada: Mariño V.
Titular: Rosalía Ordóñez Fernández.
Cultivo: mejillón.
Fin de la vigencia de la concesión: 10-4-2002.
Ubicación anterior: polígono Caramiñal E, cuadrícula nº 145.
Nueva ubicación: polígono Ribeira B, cuadrícula nº 70.
Bajo las siguientes condiciones:
1. El traslado de la batea a la nueva ubicación contará con la pertinente autorización de los organismos competentes en la materia.
2. El fondeo se realizará en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la presente orden.
3. La fecha del fondeo deberá ser comunicada con antelación suficiente a la Delegación Provincial de esta consellería en Ribeira, a los efectos de que éste se realice bajo la supervisión y el control de personal técnico del Servicio de Protección de Recursos.
4. La concesión mantendrá los plazos, derechos y obligaciones del anterior emplazamiento.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella procederá recurso contencioso-administrativo, que se interpondrá en el plazo de dos meses cotnados a partir del día siguiente a su recepción, ante el tribunal contencioso-administrativo competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 12 de marzo de 1999.
Amancio Landín Jaráiz
Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura