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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Martes, 04 de mayo de 1999 Pág. 5.294

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 1999, de la Delegación Provincial de A Coruña, de la autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 319/1998).

Visto la solicitud para autorización administrativa, reconocimiento de utilidad pública con la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se considerán de necesria expropiación, así como la aprobación del proyecto de ejecución que se cita:

Solicitante: Unión Eléctrica-Fenosa, S.A.

Domicilio social: Avda. de Arteixo, 171. 15007 A Coruña.

Denominación: L.M.T. C.T. R.B.T. Suarriba. (As Pontes).

Línea eléctrica aérea a 20 kV con una longitud de 0,492 km, con origen en la L.M.T. a C.T. de Lameira y final en el C.T. de Cervicol. Línea de media tensión aérea a 20 kV con una longitud de 0,0026 km, con origen en la L.M.T. a C.T. de Lameira y final en el C.T. de Suarriba. Centro de transformación tipo intemperie Cervicol, con una potencia de 50 kVA y relación de transformación de 20.000/380-220 V. Centro de transformación tipo intemperie suarriba, con una potencia de 50 kVA y relación de transformación de 20.000/380-220 V. Línea de baja tensión aérea con una longitud de 0,11 km, origen en el C.T. Cer

vicol, conductor tipo R.Z. y apoyos de hormigón, línea de baja tensión aérea con una longitud de 0,165 km origen en el C.T. Suarriba, conductor tipo R.Z. y apoyos de hormigón, en el término municipal de As Pontes de García Rodríguez.

La petición se sometió a información pública, con la relación de propietarios, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 20-10-1998, en el BOP del 8-10-1998 en el periódico La Voz de Galicia del 8-10-1998, y en los tablones de anuncios de la Casa del Ayuntamiento de As Pontes, al mismo tiempo, se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.

Por esta delegación provincial se comprobó que la línea, a su paso por las fincas relacionadas en la información pública, no incurre en ninguna de las prohibiciones contempladas en el artículo 57.A. de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE 28-11-1997) y en el artículo 25 del Decreto 2619/1966 de 20 de octubre (BOE 24-10-1966).

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del sector eléctrico, los decretos 2617/1966, y 2619/1966, del 20 de octubre sobre autorización y expropiación forzosa de instalaciones eléctricas y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos, esta delegación provincial resuelve,

Autorizar y aprobar el proyecto de las citadas instalaciones y declarar, en concreto, la utilidad pública de los mismos que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario, ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

A Coruña, 8 de marzo de 1999.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña