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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Lunes, 19 de abril de 1999 Pág. 4.567

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 1999, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se notifican las resoluciones de los expedientes P-86/98 y tres más, incoados por infracción a la Ley de pesca fluvial y devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan, las resoluciones de dichos expedientes, por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre pesca fluvial.

Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Medio Ambiente (Decreto 482/1997, de 30 de diciembre, DOG del 8-1-1998, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente). Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

El importe de la sanción así como el de la indemnización, se hará efectivo dentro del plazo de un mes contando desde el momento en que la resolución sea

firme, en la cuenta nº 2091-0388-90-3110001181 de Caixa de Galicia. De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Para proceder al abono de la sanción, deberá utilizar los impresos normalizados que le serán facilitados en esta Delegación Provincial de Lugo, Ronda da Muralla, nº 70, 1ª planta.

ANEXO

-Expediente Nº: P-86/98.

Denunciado: Javier Pérez García.

DNI: 34.225.673

Domicilio: c/Pescadería, 8-2º, Betanzos, A Coruña.

Hecho denunciado: no respetar las limitaciones de tamaño fijadas por la Consellería de Medio Ambiente al capturar cuatro truchas de tamaño inferior, hechos constatados el 19-3-1998, en el Rego de Roxán-Palas de Rei.

Precepto sancionador: Art.33.9º de la Ley 7/1992.

Calificación: leve.

Sanción: 10.000 ptas. de multa y 6.000 ptas. de indemnización por daños y perjuicios.

-Expediente Nº: P-135/98.

Denunciado: César Martínez Folgueira.

DNI: 33.311.708

Domicilio: c/Lamas de Prado, 103-1º D, Lugo.

Hecho denunciado: pescar en el río Lea, cerca del puente de la carretera que une Mos y Matodoso, sin estar en posesión de la licencia de pesca en vigor, el día 24-4-1998.

Precepto sancionador: Art.34.1º de la Ley 7/1992.

Calificación: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad desde que la resolución sea firme por período de un año.

-Expediente Nº: P-201/98.

Denunciado: Pedro Quintas Fernández.

DNI: 15.340.501

Domicilio: c/Alejandro Pedrosa, 50-1º, Ourense.

Hecho denunciado: pescar cebando las aguas con fines de pesca, empleando pienso, el día 21-6-1998, en el río Miño, embalse de Belesar-Taboada.

Precepto sancionador: Art.34.14º de la Ley 7/1992.

Calificación: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad desde que la resolución sea firme por período de un año.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción, están depositadas en esta Delegación Provincial.

-Expediente Nº: P-207/98.

Denunciado: Artur Evanjelista Rodríguez.

DNI: OR.007.272

Domicilio: Monte Penamá, Ourense.

Hecho denunciado: pescar sin estar en posesión de la preceptiva licencia de pesca, el día 28-6-1998, en el río Miño, margen derecha, presa de Belesar-Chantada.

Precepto sancionador: Art.34.1º de la Ley 7/1992.

Calificación: menos grave.

Sanción: 50.001 ptas. de multa.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad desde que la resolución sea firme por período de un año.

Artes decomisadas: devolución previo abono de la sanción, están depositadas en la oficina de Seprona en Monforte de Lemos, Lugo.

Lugo, 10 de marzo de 1999.

Luis González Vázquez

Delegado provincial de Lugo