De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en los anexos se mencionan la incoación de expediente sancionador por presuntas infracciones de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto) y de su reglamento aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106, del 4 de junio).
Se nombra instructora del expediente a Miriam López Areal, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.
Para los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo, 18-5º, y formular las alegaciones y allegar los documentos que consideren convenientes en su defensa.
De no efectuarse alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
Ourense, 9 de marzo de 1999.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO I
Expediente: OU 207/98P.
Denunciado: Jesús Pueyo Giménez.
DNI: 18.985.333.
Último domicilio conocido: c/ Pascual, 4, Castellón.
Hecho denunciado: pescar sin licencia.
Precepto infringido y sancionador: artículo 34.1º de la Ley de pesca fluvial.
Sanción: 50.001 pesetas y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.
Instructora: Miriam López Areal.
ANEXO II
Expediente: OU 251/98P.
Denunciado: Miguel González Sepúlveda.
DNI: 34.958.376.
Último domicilio conocido: c/ Curros Enríquez, 26-4 I, Ourense.
Hecho denunciado: pescar sin licencia.
Precepto infringido y sancionador: artículo 34.1º de la Ley de pesca fluvial.
Sanción: 50.001 pesetas y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.
Instructora: Miriam López Areal.