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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Viernes, 12 de marzo de 1999 Pág. 2.877

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

ORDEN de 24 de febrero de 1999 por la que se convocan los programas Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea.

La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo viene desarrollando estos últimos años una serie de acciones tendentes al acercamiento de la población al Camino de Santiago, mereciendo especial atención la convocatoria de los programas Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea.

Estos programas nacieron con el objetivo de dar a conocer la realidad del Camino y su entorno, así como sus valores y sensibilidades. Por otra parte, pretenden promover el interés por el Camino entre los jóvenes y las instituciones encaminadas a la formación y organización de actividades de ocio y tiempo libres siendo su fin último la promoción de las distintas rutas jacobeas.

Los objetivos señalados se cumplieron sobradamente y, dado el elevado número de interesados en participar en los referidos programas, se considera necesario convocar una nueva edición de los mismos.

Por todo lo expuesto y a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago en el uso de sus competencias conferidas por el Decreto 8/1998, de 8 de enero, que regula el desarrollo de la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo y de las facultades que me confieren los artículos 34 y 38 de la Ley 1/1983, reguladora de la Xunta y su presidente,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo convoca los programas Ven al Camino y Ven a la Ruta Marítima Jacobea, dirigidos a los jóvenes de acuerdo con las bases que figuran en los anexos de la presente orden.

a) El programa Ven al Camino ofrece dos días de estancia y recorrido por puntos emblemáticos y significativos del Camino Francés, con alojamiento de una noche en los albergues que se señalan en la base novena del anexo I de la presente orden.

b) El programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea ofrece un viaje con salida de Vilagarcía de Arousa, remontando el Ulla hasta Pontecesures o Padrón, y un itinerario terrestre por los lugares emblemáticos de esta zona señalados en la base primera del anexo II de la presente disposición.

Artículo 2º

1. Estos programas son excluyentes, lo que significa que sólo se podrá optar a uno de los descritos en los apartados a) y b) del artículo anterior y que cada entidad solicitante deberá remitir única y exclusivamente una instancia y para un solo grupo.

2. El desarrollo de los programas se hará de acuerdo con lo dispuesto en las bases que figuran en los anexos de la presente orden.

Artículo 3º

El libramiento de los gastos originados por estos programas se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 10.01.353-G.640.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1999.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de febrero de 1999.

Jesús Pérez Varela

Conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo

ANEXO I

Bases que rigen la convocatoria del programa Ven al Camino

Primera.-Podrán acogerse a este programa todas las instituciones y organismos tradicionalmente vinculados a actividades con jóvenes: centros de enseñanza, clubs juveniles, catequesis parroquiales, escuelas de tiempo libre, corales y rondallas juveniles, etc.

Segunda.-La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago y en el desarrollo de este programa, pondrá a disposición de los participantes:

-Los albergues.

-Un informador del camino especializado en la zona.

-La cantidad de 50.000 ptas. en concepto de ayuda para los gastos de transporte por cada institución u organismo.

La atención y cuidado del grupo, su traslado y manutención serán responsabilidad de la institución u organismo participante, responsable también del comportamiento del grupo en relación con las normas del albergue. La falta de un comportamiento mínimamente adecuado a estas normas y convenientemente valorado por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago podrá ser motivo de anulación de la subvención y, en su caso, de exclusión de la entidad en posteriores convocatorias.

Tercera.-El número de participantes por cada grupo no será inferior a 15 ni superior a 30, incluyendo en este número los adultos acompañantes, que no excederán de 5.

Los grupos participantes en el programa no excederán de 40 y serán seleccionados por orden de recepción de solicitud, siempre que cumplan los requisitos que figuran en las bases.

Cuarta.-Cada agrupación llevará carteles promocionales del programa, facilitados por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el vehículo en el que efectúen los viajes.

Quinta.-Los interesados enviarán sus solicitudes, en el modelo oficial que figura al final de esta orden, a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, edificio administrativo San Caetano, bloque 3, 15771 Santiago de Compostela. También podrán presentar las mismas en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo. Todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En consecuencia, no serán admitidas solicitudes enviadas a través de fax, teléfono o cualquera de los medios que no figuren en el artículo citado.

Sexta.-En las solicitudes se incluirán los datos identificadores del grupo: colegio o institución, número de participantes inicialmente previsto, persona o personas responsables, teléfono de contacto, itinerarios y fechas preferentes para el viaje (se recomienda poner varias, por orden de preferencia).

La fecha finalmente adjudicada y comunicada a la entidad solicitante no podrá ser modificada, de forma que la imposibilidad de realizar el viaje en la fecha prevista supondrá la renuncia al mismo.

Séptima.-La presentación de las solicitudes se hará en el plazo de 30 días desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Su tramitación se llevará a cabo por los servicios técnicos de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

La resolución, que le corresponderá al conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo, se notificará a los interesados según lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Octava.-Los viajes se celebrarán ente el 1 de abril y el 1 de mayo, ambos inclusive, o entre el 1 y el 31 de octubre, ambos también inclusive, de 1999. La duración será de dos días (una noche), que pueden ser o no en fin de semana.

Cada grupo solicitante estará obligado a confirmar su asistencia con tres días de antelación a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, por escrito o mediante fax 981 54 48 70.

Novena.-Los albergues en los que se podrán alojar a los solicitantes son los siguientes:

Triacastela, Portomarín, Melide, Lourenzá, Fisterra y Padrón.

Los itinerarios que se sugieren son meramente indicativos, pudiendo ser ajustados y acortados, pero sin variar el albergue que deba servir de alojamiento.

R-1. O Cebreiro-Triacastela-Samos, con alojamiento en el albergue de Triacastela.

R-2. Sarria-Paradela-Portomarín, con alojamiento en el albergue de Portomarín.

R-3. Monterroso-Palas de Rei-Melide-Arzúa-Toques-Sobrado-O Pino, con alojamiento en el albergue de Melide.

R-4. Ribadeo-Barreiros-Trabada-Lourenzá-Mondoñedo-Abadín-Vilalba, con alojamiento en el albergue de Lourenzá.

R-5. Muxía-Cee-Corcubión-Fisterra, con alojamiento en el albergue de Fisterra.

R-6- Área de Padrón, con alojamiento en el albergue de esta villa.

Décima.-Para que se pueda tramitar el pago y como condición indispensable para el cobro de la subvención, una vez realizado el viaje, es imprescindible enviar a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el plazo de 20 días naturales desde la realización del viaje, la siguiente documentación:

-Factura original que justifique suficientemente los gastos de transporte, y que será expedida por la empresa transportista.

-Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.

-Certificación bancaria original, acreditativa de la titularidad de la cuenta donde desea recibir la transferencia el beneficiario.

-Parte firmado por el informador cultural o, en su caso, por el encargado del albergue, así como por la persona responsable del grupo, para justificar la realización del viaje.

Si la citada justificación no tuviese lugar en el plazo anteriormente establecido se procederá a la anulación de la subvención.

Undécima.-La Gerencia de Promoción del Camino de Santiago resolverá cualquier duda que pueda surgir de las bases que regulan este programa, sin que, en ningún caso, pueda haber contradicción con lo dispuesto en éstas.

ANEXO II

Bases que rigen la convocatoria del programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea.

Primera.-El recorrido constará de dos fases:

a) El remonte fluvial del Ulla entre Vilagarcía de Arousa y Padrón.

b) Un itinerario en autobús por el área de esta zona. En este segundo itinerario, el grupo contará con el apoyo de un informador cultural que ofertará un recorrido único, pero adaptable a las necesidades del grupo y con dos bloques temáticos:

-Lugares de interés jacobeo: iglesia de Santiago de Padrón, con el Pedrón, puente del Sar y fuente del Carmen, subida al Santiaguiño del Monte y visita a la Colegiata de Iria. Este itinerario puede ser complementado con otras visitas: puente de Pontecesures e iglesia de San Xulián de Requeixo, paseo del Espolón, convento del Carmen y casco antiguo de Padrón.

-Lugares de interés cultural: parque del Trovador Macías, casa-museo de Rosalía, Fundación Camilo José Cela, museo de Arte Sacro (Casa de los Canónigos) y Santuario de A Escravitude.

Segunda.-Podrán acogerse a este programa todas las instituciones y organismos tradicionalmente vinculados a actividades con jóvenes: centros de enseñanza, clubs juveniles, catequesis parroquiales, escuelas de tiempo libre, corales y rondallas juveniles, etc.

Tercera.-La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago y en el desarrollo de este programa, pondrá a disposición de los participantes:

-Billete gratuito para poder realizar el viaje consistente en remontar el río Ulla desde Vilagarcía de Arousa hasta Pontecesures o Padrón.

-Un informador cultural del área de Padrón especializado en la zona.

-La cantidad de 25.000 ptas. a cada institución u organismo solicitante, en concepto de ayuda para los gastos de transporte.

La atención y cuidado del grupo, así como su traslado y manutención, serán responsabilidad de la institución u organismo participante, responsable también del comportamiento del grupo. La ausencia de un comportamiento mínimamente adecuado y convenientemente valorado por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago podría ser motivo de la anulación de la subvención y , en su caso, de la exclusión de la entidad en posteriores convocatorias.

Cuarta.-El número de participantes por cada grupo será de 40, incluyendo en este número los adultos acompañantes, que no excederán de 5.

Los grupos participantes no excederán de 40, y serán seleccionados por orden de recepción de solicitud, siempre que cumplan los requisitos que figuran en las bases.

Quinta.-Cada agrupación llevará carteles promocionales del programa, facilitados por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

Sexta.-Los interesados enviarán sus solicitudes en el modelo oficial que figura al final de esta orden, a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, edificio administrativo San Caetano, bloque 3, 15771 Santiago de Compostela. También podrán presentar las mismas en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo. Todo esto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En consecuencia, no serán admitidas las solicitudes envíadas por fax, teléfono, o cualquier otro medio que no figure en el artículo citado.

Séptima.-En las solicitudes se incluirán los datos identificadores del grupo: colegio o institución, número de participantes, persona o personas responsables, teléfono de contacto y fechas preferentes para el viaje (se recomienda poner varias por orden de preferencia).

La fecha finalmente adjudicada y comunicada a la entidad solicitante no podrá ser modificada, de forma que la imposibilidad de realizar el viaje en la fecha prevista supondrá la renuncia al mismo.

Octava.-La presentación de las solicitudes se hará en el plazo de 30 días desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Su tramitación se llevára a cabo por los servicios técnicos de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

La resolución, que corresponderá al conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo, se notificará a los interesados según lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Novena.-Los viajes se celebrarán entre el 12 de abril y el 12 de mayo de 1999, ambos inclusive, excepto domingos y festivos.

Cada grupo solicitante estará obligado a confirmar su asistencia con 3 días de antelación a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago por escrito o mediante fax.

Los tickets para el viaje podrán recogerse en las dependencias de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

Décima.-Para que se pueda tramitar el pago y como condición indispensable para el cobro de la subvención, una vez realizado el viaje, es imprescindible enviar a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el plazo de 20 días naturales desde la realización del viaje, la siguiente documentación:

-Factura original que justifique suficientemente los gastos del transporte, y que será expedida por la empresa transportista.

-Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.

-Certificación bancaria original acreditativa de la titularidad de la cuenta donde desea recibir la transferencia del beneficiario.

-Parte firmado por el informador cultural y por la persona responsable del grupo, para justificar la realización del viaje.

Si la citada justificación no tuviera lugar en el plazo anteriormente establecido, se procederá a a la anulación de la subvención.

Undécima.-La Gerencia de Promoción del Camino de Santiago resolverá cualquier duda que pueda surgir de las bases que regulan este programa, sin que en ningún caso pueda haber contradicción con lo dispuesto en éstas.