Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 04 de marzo de 1999 Pág. 2.485

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 8 de febrero de 1999 por la que se establecen convalidaciones entre determinadas materias de las enseñanzas de música reguladas por el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, con otras correspondientes al nuevo sistema educativo.

Las equivalencias entre los estudios de música que establece el anexo III del Real decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación del nuevo sistema educativo, permiten la incorporación a 2º y 3º cursos del grado medio a aquellos alumnos que estuvieran en posesión del diploma elemental de música.

Las órdenes de 1 de octubre de 1992 (BOE del 8) y 17 de mayo de 1994 (BOE del 24) establecen las convalidaciones entre las materias de solfeo y teoría de la música de 2º, 3º y 4º del plan de estudios que establece el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, por los correspondientes cursos de la materia de lenguaje musical del nuevo sistema educativo que regula el Real decreto 756/1992, de 26 de junio.

Por la Orden de 1 de junio de 1998 (BOE del 24) se reconoce la convalidación de determinadas materias correspondientes al grado medio de los estudios de música que regula el Decreto 2618/1966 por otras que pertenecen al mismo grado de estos estudios del nuevo sistema educativo, conforme dispone el Real decreto 756/1992 por el que se establecen los aspectos básicos del currículo de los grados elemental y medio de las enseñanzas de música para todo el estado.

Es necesario, pues, determinar la convalidación entre materias correspondientes al plan de estudios que se extingue por las del plan de estudios que regula el Decreto 253/1993, de 29 de julio, por el que se establece el currículo del grado elemental y del grado medio de las enseñanzas de música en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria

DISPONE:

Artículo 1º

La presente orden es de aplicación en todos los conservatorios de música y centros autorizados de música de la Comunidad Autónoma de Galicia que impartan el grado medio del plan de estudios regulado por el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, y los tres ciclos del grado medio de las enseñanzas de música.

Artículo 2º

Se aprueban las convalidaciones entre materias del plan de estudios de música establecido en el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, y las materias de las enseñanzas de música de la nueva ordenación del sistema educativo reguladas en el Decreto 253/1993, de 29 de julio, por el que se establece el currículo del grado elemental y del grado medio de las enseñanzas de música, que se recogen en el anexo de la presente orden.

Artículo 3º

Las convalidaciones establecidas en el anexo de esta orden, serán reconocidas, a petición del interesado, por la dirección del centro educativo en el que se encuentre su expediente académico, al que se incorporará la solicitud de convalidación.

Artículo 4º

La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 8 de febrero de 1999.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Plan de estudios de 1966Plan de estudios LOGSE

MateriaCursoMateriaGradoCicloCurso

Conjunto coralCoroElemental

Piano Piano complementarioMedio

Piano Piano complementarioMedio

Piano Piano complementarioMedio

Piano Piano complementarioMedio

Historia de la MúsicaHistoria de la MúsicaMedio

Historia de la MúsicaHistoria de la MúsicaMedio