Examinado el expediente 115A-98/8 relativo al proyecto de expropiación forzosa de terrenos destinados a equipamiento comunitario en Dorneda, promovido por el Ayuntamiento de Oleiros para los efectos que determina el artículo 145.6º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia (DOG nº 59, del 26 de marzo) y visto el informe propuesta del Servicio de Urbanismo y Arquitectura de A Coruña, de fecha 25 de noviembre de 1998 y la Orden de 19 de agosto de 1997, por la que se delegan atribuciones en materia de urbanismo en los delegados provinciales (DOG nº 166, del 29 de agosto de 1997).
RESUELVO:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa de terrenos destinados a equipamiento comunitario en Dorneda, en el término municipal de Oleiros, por el procedimiento de tasación conjunta previsto en los artículos 145 y siguientes de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia (DOG nº 59, del 26 de marzo), haciendo constar que la aprobación definitiva del expediente de tasación
conjunta implicará la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación de conformidad con lo establecido en el artículo 146 punto 1º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo.
En consecuencia, el pago o depósito del importe de la valoración establecida producirá los efectos previstos en los núms. 6, 7 y 8 del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del justiprecio (artículo 146 punto 2º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo).
Segundo.-Notificar la resolución aprobatoria del expediente a todos los interesados titulares de los bienes y derechos que figuran en el mismo, confiriéndoles un término de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito ante esta delegación provincial su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, conforme dispone el artículo 145 punto 7º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, advertiéndoles que transcurrido el citado plazo de veinte días sin que se formule oposición a la valoración, se entenderá aceptada la que se fijó en el acto aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el justiprecio definitivamente y de conformidad (artículo 145 punto 8º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo).
Tercero.-Publicar la presente resolución y, como anexo, la relación de los siguientes bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación, en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos del ayuntamiento.
Asimismo, la publicación y exposición en el tablón de edictos del ayuntamiento, servirá de notificación a los propietarios desconocidos, a los que se ignore el lugar de notificación, o bien, tramitada la notificación, no se pudiese realizar. Todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).
Contra la citada resolución que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativa ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de notificación de esta resolución.
A Coruña, 26 de noviembre de 1998.
Jesús Almuiña Loeda
Delegado provincial de A Coruña
ANEXO
nº Propietario m ptas.
Finca
Superficie
Valoración
1 Fernando Sanjurjo Molezún y otros 4.460,00 7.380.975,00
2 Julio Pita 158,82 262.648,57
3 Desconocido 167,00 276.176,25
4 Fernando Sanjurjo Molezún y otros 175,20 289.737,00
5 Desconocido 135,00 223.256,25
6 Herederos de Dolores Ramos Sabio 349,57 578.101,38
7 Jaime Seijo la Fuente y otra 474,00 783.877,50
8 Herederos de José Raimúndez Fernández 1.485,00 2.455.818,75
9 Teresa López Martínez 432,00 2.168.119,54
10 Marina Lastres Piña 780,00 1.289.925,00
11 Nélida Fernández González 234,00 386.977,50
12 Flora Piña Pita 246,00 485.572,50
13 Diestros de La Iglesia 326,00 581.647,50
14 Juan Vázquez Abeledo 472,00 780.570,00
15 Herederos Dolores Ramos Sabio 66,00 109.147,50
16 Manuel Ríos Longueira 76,00 125.685,00
17 Herederos María Aradas García 92,00 152.145,00
18 Herederos Esperanza Gómez Portela 68,00 112.455,00
19 Herederos María Alonso 256,00 423.360,00
20 Antonio Blanco 48,30 79.876,12
21 Desconocido 122,00 201.757,50
22 Baldío 145,00 239.793,75
23 Diestros de la Iglesia 412,00 714.945,00
24 Diestros de la Iglesia 325,00 563.718,75